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    <title><![CDATA[Cordópolis - Tribunales]]></title>
    <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/temas/tribunales/]]></link>
    <description><![CDATA[Cordópolis - Tribunales]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[Iryo confía al despacho Uría Menéndez la reclamación patrimonial de los daños por Adamuz]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/iryo-confia-despacho-uria-menendez-reclamacion-patrimonial-danos-adamuz_1_13166616.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/309d695b-6c99-46c2-88ca-f8793ba6d50a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Iryo confía al despacho Uría Menéndez la reclamación patrimonial de los daños por Adamuz"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un tren de la compañía italiana fue el que descarriló y acabó chocando contra un Alvia el pasado 18 de enero</p></div><p class="article-text">
        Iryo ha encargado al despacho de abogados Ur&iacute;a Men&eacute;ndez el asesoramiento integral en todos los aspectos derivados del accidente ferroviario del pasado 18 de enero en Adamuz (C&oacute;rdoba), incluyendo la reclamaci&oacute;n patrimonial de los da&ntilde;os.
    </p><p class="article-text">
        Fuentes de la operadora explican a Europa Press que se trata del despacho con el que trabaja de forma habitual y, en este caso concreto, se encargar&aacute; del asesoramiento de cualquier aspecto relacionado con este suceso en el que uno de sus trenes se vio involucrado al descarrillar y chocar con un tren Alvia de Renfe que circulaba en el otro sentido.
    </p><p class="article-text">
        Este encargo, adelantado por Expansi&oacute;n, se circunscribe en el marco de la fase de instrucci&oacute;n que est&aacute; llevando a cabo el Juzgado n&uacute;mero 2 de la Secci&oacute;n Civil y de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Montoro (C&oacute;rdoba).
    </p><p class="article-text">
        La matriz italiana de Iryo, la p&uacute;blica italiana Ferrovie dello Stato (Trenitalia), ya inform&oacute; en su &uacute;ltima cuenta de resultados que se hab&iacute;a personado en el proceso judicial como acusaci&oacute;n particular, algo que acept&oacute; la jueza y supone considerar a la empresa como &ldquo;perjudicado&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En un documento escrito en ingl&eacute;s, la compa&ntilde;&iacute;a cita que la investigaci&oacute;n preliminar llevada a cabo por la Comisi&oacute;n de Investigaci&oacute;n de Accidentes Ferroviarios (CIAF) apunta a una rotura de la v&iacute;a como principal causa, y remarca que el responsable del mantenimiento de la v&iacute;a es Adif, la empresa p&uacute;blica espa&ntilde;ola que gestiona la red ferroviaria.
    </p><p class="article-text">
        La compa&ntilde;&iacute;a italiana tambi&eacute;n recuerda que, por ahora, ninguna parte ha sido acusada penalmente y que Ilsa, la sociedad con sede en Valencia due&ntilde;a de Iryo, ha pedido participar en el proceso legal que se lleva a cabo en el Juzgado de Montoro.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Otras partes se personan</strong></h2><p class="article-text">
        En cuanto a la otra operadora ferroviaria, la francesa Ouigo, la jueza rechaz&oacute; su petici&oacute;n al no ser perjudicado directo del siniestro, seg&uacute;n lo recoge una diligencia de ordenaci&oacute;n, de fecha 7 de abril, a la que tuvo acceso Europa Press, si bien cabe interponer recurso de reposici&oacute;n ante la Letrada de la Administraci&oacute;n de Justicia.
    </p><p class="article-text">
        Tampoco se acept&oacute; a los ayuntamientos de Huelva y de Punta Umbr&iacute;a, al partido pol&iacute;tico Iustitia Europa y al Sindicato Alternativa Ferroviaria (Alferro).
    </p><p class="article-text">
        En cambio, la jueza acept&oacute; la personaci&oacute;n como actor civil de la Junta de Andaluc&iacute;a, que solo podr&aacute; reclamar gastos extraordinarios y perjuicios sufridos por el accidente, pero no podr&aacute; pedir pruebas ni diligencias de Instrucci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n admiti&oacute; al Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias, Vox, Asociaci&oacute;n HazteOir.org, Sindicato de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf), Asociaci&oacute;n V&iacute;ctima de los Pol&iacute;ticos y Asociaci&oacute;n Liberum, una personaci&oacute;n condicionada a la previa prestaci&oacute;n de una fianza de 3.000 euros para cada una de las acusaciones.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/iryo-confia-despacho-uria-menendez-reclamacion-patrimonial-danos-adamuz_1_13166616.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Apr 2026 11:16:15 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Iryo confía al despacho Uría Menéndez la reclamación patrimonial de los daños por Adamuz]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Accidente trenes Adamuz,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía mantiene su petición de cárcel para la jefa de Salud Mental del Reina Sofía por la muerte de un paciente]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fiscalia-mantiene-peticion-carcel-jefa-salud-mental-reina-sofia-muerte-paciente_1_13166104.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2c944aa6-2133-4bd0-9163-df6e63999727_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía mantiene su petición de cárcel para la jefa de Salud Mental del Reina Sofía por la muerte de un paciente"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público, que pide tres años y medio de prisión, sostiene que Carmen Prada hizo una dejación de sus funciones en el caso de este joven, que falleció tras consumir varios fármacos, metadona y alcohol, según la autopsia</p></div><p class="article-text">
        El juicio contra la directora de la Unidad de Gesti&oacute;n Cl&iacute;nica de Salud Mental del Hospital Reina Sof&iacute;a, Carmen Prada, ha quedado visto para sentencia tras la celebraci&oacute;n de su &uacute;ltima sesi&oacute;n. En esta jornada final, tanto las acusaciones como las defensas han elevado sus conclusiones a definitivas. En el caso del abogado de la familia del paciente, esta acusaci&oacute;n se ha adherido al planteamiento del Ministerio Fiscal, calificando los hechos como un solo delito de homicidio imprudente y retirando la acusaci&oacute;n respecto del <a href="https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/piden-13-anos-carcel-acusado-matar-punaladas-varon-paseo-victoria_1_7075321.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">asesinato de un joven el Paseo de la Victoria</a> sobre el que paciente se declar&oacute; autor, pero fue absuelto por su trastorno mental. Por su parte, la Fiscal&iacute;a ha ratificado su solicitud de cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n para la acusada, fundamentando su informe en una presunta negligencia profesional grave.
    </p><p class="article-text">
        Durante la exposici&oacute;n de su informe final, la fiscal Carmen Romero Urrutia ha subrayado que la protecci&oacute;n de la salud es un derecho fundamental consagrado en la Constituci&oacute;n y regulado por la Ley General de Sanidad, que establece que la atenci&oacute;n a los problemas de salud mental debe realizarse preferentemente en el &aacute;mbito comunitario. Seg&uacute;n el Ministerio P&uacute;blico, a pesar de que exist&iacute;an protocolos espec&iacute;ficos en C&oacute;rdoba para la atenci&oacute;n domiciliaria y el seguimiento de pacientes con patolog&iacute;as graves o falta de adherencia al tratamiento, se produjo una &ldquo;dejaci&oacute;n en el cumplimiento de estas normas y directrices&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El fiscal ha hecho referencia a documentaci&oacute;n que pone de manifiesto esta situaci&oacute;n, mencionando incluso un manifiesto de enfermos mentales que denunciaba el incumplimiento de la normativa vigente. En este marco de responsabilidad se encontraba  la acusada, quien como directora de la unidad &ldquo;ten&iacute;a la obligaci&oacute;n de velar por la correcta aplicaci&oacute;n de estos instrumentos de actuaci&oacute;n&rdquo;. Durante el juicio, los diferentes testigos han asegurado que, en el momento de los hechos, exist&iacute;a una hoja interna de trabajo para dicha atenci&oacute;n domiciliaria y otra intensiva, y que solo se aplicaba en enfermos con un Trastorno Mental Grave. Seg&uacute;n la acusada, el paciente no estaba incluido porque, adem&aacute;s consum&iacute;a t&oacute;xicos.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Total omisi&oacute;n de la demanda de asistencia m&eacute;dica&rdquo;</h2><p class="article-text">
        El informe de la fiscal ha hecho un pormenorizado repaso por el historial cl&iacute;nico del paciente fallecido, destacando que ya en 2011 y 2013 se apreciaba un abuso de f&aacute;rmacos y episodios psic&oacute;ticos. A pesar de los intentos de la familia por alertar sobre la situaci&oacute;n, la Fiscal&iacute;a sostiene que hubo una &ldquo;total omisi&oacute;n de la demanda de asistencia m&eacute;dica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Uno de los puntos clave del informe ha sido la existencia de un auto judicial de 2014 que autorizaba el internamiento involuntario del paciente debido a su agresividad y nula conciencia de enfermedad. La fiscal ha reprochado que, a pesar de la urgencia del requerimiento, no consta &ldquo;el m&aacute;s m&iacute;nimo intento de llevar a efecto el requerimiento&rdquo; por parte de la acusada. Seg&uacute;n el Ministerio P&uacute;blico, la atenci&oacute;n se limit&oacute; a ocho ingresos puntuales, dejando el seguimiento posterior a la iniciativa de un paciente que carec&iacute;a de adherencia al tratamiento.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, la Fiscal&iacute;a ha rechazado la tesis de la defensa, que argumentaba que esa hoja interna de trabajo no era aplicable al paciente por su condici&oacute;n de drogodependiente. Para Romero, la sintomatolog&iacute;a del enfermo obligaba a su inclusi&oacute;n en este protocolo. La responsabilidad penal nace, seg&uacute;n la fiscal, de una &ldquo;conducta negligente que crea un riesgo objetivo&rdquo;, al haber &ldquo;deso&iacute;do las advertencias de la familia&rdquo; y los informes m&eacute;dicos que alertaban sobre ideas autol&iacute;ticas y agresividad.
    </p><h2 class="article-text">Existencia de centros de media estancia</h2><p class="article-text">
        Por otro lado, la Fiscal&iacute;a se ha referido a la disponibilidad de recursos que, a su juicio, fueron ignorados por la acusada. Seg&uacute;n el testimonio del excoordinador auton&oacute;mico de salud mental que declar&oacute; en la segunda sesi&oacute;n del juicio, en la &eacute;poca de los hechos, la red sanitaria contaba con &ldquo;camas concertadas en la red de centros de media estancia&rdquo; para drogodependientes.
    </p><p class="article-text">
        Estos centros especializados no est&aacute;n dise&ntilde;ados para ingresos breves, sino para tratamientos de larga duraci&oacute;n. El Ministerio P&uacute;blico ha explicado que, en estos dispositivos, los pacientes pod&iacute;an permanecer ingresados durante &ldquo;seis meses y prorrogables&rdquo;, lo que habr&iacute;a garantizado una estabilidad y un seguimiento que el enfermo no tuvo al quedar &ldquo;su atenci&oacute;n limitada a ingresos puntuales en la Unidad de Salud Mental&rdquo;. Para Romero, la existencia de estos recursos convierte la falta de actuaci&oacute;n en una &ldquo;total omisi&oacute;n de la demanda de asistencia m&eacute;dica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, la Fiscal&iacute;a ha hecho menci&oacute;n al historial de ideas autol&iacute;ticas del fallecido, se&ntilde;alando que, a su juicio, exist&iacute;an advertencias claras y documentadas que fueron sistem&aacute;ticamente ignoradas. El Ministerio P&uacute;blico destac&oacute; que ya en 2013 constaba un intento de autolisis mediante el consumo de medicamentos, adem&aacute;s de diversos testimonios de la familia que alertaban sobre otros intentos previos de quitarse la vida. Sobre esto, la fiscal ha subrayado las contradicciones de la acusada, quien en el juicio ha sostenido que el paciente no ten&iacute;a una verdadera intenci&oacute;n de acabar con su vida. Sin embargo, la acusaci&oacute;n p&uacute;blica ha recordado que, durante la fase de instrucci&oacute;n, la acusada admiti&oacute; que el trastorno de personalidad del joven sol&iacute;a ir acompa&ntilde;ado de &ldquo;deseos de muerte&rdquo;. Adem&aacute;s, ha hecho hincapi&eacute; en que, en 2019, el paciente manifest&oacute; cuadros de ansiedad con un temor expl&iacute;cito a realizar conductas autolesivas, lo que para la Fiscal&iacute;a refuerza la tesis de que el riesgo era conocido y previsible para la unidad que ella dirig&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, el Ministerio P&uacute;blico ha argumentado que el &ldquo;desprecio&rdquo; por estas ideas autol&iacute;ticas fue determinante en el desenlace fatal, concluyendo que, &ldquo;si hubiera sido atendido, no se habr&iacute;a producido el consumo abusivo de t&oacute;xicos&rdquo;, ya que el historial cl&iacute;nico obligaba a prever que la vida del enfermo corr&iacute;a un grave peligro sin una supervisi&oacute;n m&eacute;dica especializada y continua.
    </p><h2 class="article-text">La acusaci&oacute;n particular se adhiere al informe de la fiscal y describe el &ldquo;infierno&rdquo; familiar</h2><p class="article-text">
        La acusaci&oacute;n particular, que representa a la familia del fallecido, se ha adherido al informe del Ministerio Fiscal y ha puesto voz al sufrimiento de los padres, subrayando que durante a&ntilde;os &ldquo;vivieron un aut&eacute;ntico infierno&rdquo; marcado por el miedo constante ante la agresividad y el deterioro de su hijo, una situaci&oacute;n que, a su juicio, fue ignorada por la responsable de Salud Mental. Adem&aacute;s, esta acusaci&oacute;n ha calificado de &ldquo;fallo clamoroso&rdquo; de la sanidad p&uacute;blica el hecho de que su m&eacute;dico de cabecera no le recetara los f&aacute;rmacos inyectables que le recomend&oacute; su psiquiatra privado &ldquo;porque eran muy costosos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El letrado se ha referido a la gesti&oacute;n de la orden de internamiento de 2014. Seg&uacute;n la acusaci&oacute;n, la familia tuvo que batallar durante ocho meses en el Juzgado de Familia para conseguir dicho requerimiento. Sin embargo, una vez que el oficio lleg&oacute; a la unidad que dirig&iacute;a la acusada, se produjo una dilaci&oacute;n injustificable. Por ello, la acusaci&oacute;n ha reprochado que la acusada alegara haber dado traslado de inmediato al servicio de Urgencias para una valoraci&oacute;n solo cuando ya hab&iacute;a pasado un a&ntilde;o desde la recepci&oacute;n del mandato judicial. Al igual que la Fiscal&iacute;a, ha hecho alusi&oacute;n a que se ignoraron recursos clave, como los centros de estancia media, donde el paciente podr&iacute;a haber permanecido &ldquo;hasta seis meses&rdquo; para estabilizar su patolog&iacute;a, un traslado que nunca se lleg&oacute; a tramitar.
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, la acusaci&oacute;n particular tambi&eacute;n ha hecho alusi&oacute;n a la salida de prisi&oacute;n tras la absoluci&oacute;n por el asesinato de 2015 y ha reclamado que, en aquel momento, no se adopt&oacute; &ldquo;ninguna medida de seguridad para el seguimiento o evoluci&oacute;n del paciente&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El juicio ha quedado visto para sentencia. Hay que recordar que la Fiscal&iacute;a pide para la acusada dos a&ntilde;os de prisi&oacute;n por un delito de denegaci&oacute;n de atenci&oacute;n sanitaria y un a&ntilde;o y medio de c&aacute;rcel por un delito de homicidio imprudente. Adem&aacute;s, solicita un total de siete a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n y una indemnizaci&oacute;n de 225.000 euros para la familia del fallecido.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/fiscalia-mantiene-peticion-carcel-jefa-salud-mental-reina-sofia-muerte-paciente_1_13166104.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Apr 2026 11:03:21 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía mantiene su petición de cárcel para la jefa de Salud Mental del Reina Sofía por la muerte de un paciente]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una superviviente de la tragedia de Adamuz pide recusar a uno de los tres peritos]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/supervivientes-accidente-adamuz-pide-recusar-tres-peritos_1_13162856.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e5a9e247-9856-4b4e-9e7a-6623e9d46551_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una superviviente de la tragedia de Adamuz pide recusar a uno de los tres peritos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La víctima asegura que este profesional ha trabajado para Ferrovial, una de las empresas que reformó el tramo accidentado</p></div><p class="article-text">
        Una de las supervivientes del siniestro ferroviario de Adamuz, que el domingo 18 de enero caus&oacute; la muerte de 46 personas y hubo m&aacute;s de 120 heridos, ha pedido a la Secci&oacute;n Civil y de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Montoro (C&oacute;rdoba), Plaza n&uacute;mero 2, la recusaci&oacute;n expresa de uno de los tres peritos y sea designado en su lugar un tercer profesional que jure el cargo y realice el informe en los t&eacute;rminos convenidos.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge el escrito presentado en el juzgado, al que ha tenido acceso Europa Press, el perito en cuesti&oacute;n es socio director de una entidad que, entre otras labores, realiza trabajos de peritaje y de certificados de calidad de diferentes proyectos. &ldquo;Uno de estos trabajos ha sido la obra de los ramales de acceso ferroviario a la nueva terminal de contenedores de C&aacute;diz&rdquo;, indica la representaci&oacute;n de la afectada.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, explica que &ldquo;se da la circunstancia de que esta reforma fue adjudicada a Ferrovial que es una de las empresas que formaban parte de la UTE que reform&oacute; el tramo de Adamuz, ocho meses antes del accidente&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por lo expuesto, esta parte considera que &ldquo;los peritos designados no deben tener vinculaci&oacute;n alguna con el siniestro o con las empresas vinculadas al mismo --en este caso Ferrovial-- para garantizar la imparcialidad absoluta de cara al informe a realizar&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ante ello, desde este mismo momento procesal, solicitan la revocaci&oacute;n del citado perito y &ldquo;por ende nueva designaci&oacute;n de un tercer perito que supla las funciones de aquel que expresamente se impugna&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La diligencia de ordenaci&oacute;n de la Letrada de la Administraci&oacute;n de Justicia, a la que ha tenido acceso Europa Press, apunta que han sido designados tres ingenieros y este martes deb&iacute;an comparecer &ldquo;para la aceptaci&oacute;n del cargo, traslado de informaci&oacute;n del procedimiento y de la pericial a practicar, as&iacute; como de los requisitos para elaborar el presupuesto requerido por la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, la Fiscal&iacute;a de C&oacute;rdoba solicit&oacute; en febrero a la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Montoro que se acuerde la pr&aacute;ctica de diligencia de informe pericial a efectos de determinar las causas del accidente.
    </p><p class="article-text">
        Desde el Ministerio P&uacute;blico se propuso que se designen como peritos a ingenieros de Caminos, Canales y Puertos &ldquo;sin perjuicio de que, si del resultado de las actuaciones que se practiquen o de las propias pericias, sea necesaria la designaci&oacute;n complementaria de otros peritos t&eacute;cnicos en campos m&aacute;s precisos&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>&ldquo;L&iacute;nea principal de investigaci&oacute;n, la rotura&rdquo;</strong></h2><p class="article-text">
        Cabe recordar que un informe de la Guardia Civil presentado al Tribunal de Instancia confirma la rotura de la v&iacute;a 22 horas antes del descarrilamiento del tren Iryo, que en segundos colision&oacute; con el Alvia, a su paso por Adamuz. A la vista de este informe, queda como &ldquo;l&iacute;nea principal de investigaci&oacute;n la rotura de ra&iacute;l o soldadura, quedando descartadas las acciones de sabotaje, terrorismo, negligencia o imprudencia de los maquinistas y a expensas de los informes periciales y otra documentaci&oacute;n o manifestaciones que puedan ser recabados, y como muy altamente improbable la causa de una pieza en la v&iacute;a que diera lugar al accidente&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En dicho informe del d&iacute;a 28 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, se recoge que &ldquo;el sistema s&oacute;lo alerta de una rotura si la tensi&oacute;n cae por debajo del umbral de 'ocupaci&oacute;n'&rdquo;, de modo que &ldquo;en el caso de Adamuz, el Sistema de Apoyo al Mantenimiento (SAM) registr&oacute; una ca&iacute;da brusca de tensi&oacute;n la noche del 17 de enero, pero al mantenerse por encima del umbral no gener&oacute; ninguna alarma al enclavamiento ni al personal de mantenimiento&rdquo; de Adif.
    </p><p class="article-text">
        En conclusi&oacute;n, se apunta que &ldquo;el sistema SAM lleg&oacute; a registrar de forma pasiva una alteraci&oacute;n el&eacute;ctrica compatible con una rotura horas antes del accidente, pero el sistema de se&ntilde;alizaci&oacute;n no estaba configurado para alertar de ello de forma autom&aacute;tica por la falta de fiabilidad del m&eacute;todo en esta infraestructura ferroviaria&rdquo;, a lo que se a&ntilde;ade que &ldquo;Adif a pesar de contener en sus especificaciones que debe estar dise&ntilde;ado para detectar la fractura, no lo exigi&oacute;&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, un informe t&eacute;cnico recogido en la documentaci&oacute;n, en fase de borrador, de la Comisi&oacute;n de Investigaci&oacute;n de Accidentes Ferroviarios (CIAF) sobre el siniestro de Adamuz ya apunt&oacute; hace semanas a una ca&iacute;da de tensi&oacute;n compatible con la rotura de la v&iacute;a 22 horas antes del descarrilamiento, todo ello &ldquo;a partir de los registros de las se&ntilde;ales el&eacute;ctricas de los circuitos de v&iacute;a de la zona, que mantiene Hitachi&rdquo;, que se encarga del sistema de se&ntilde;alizaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, el informe de la Benem&eacute;rita indica que de la documentaci&oacute;n aportada del sistema operado por Hitachi &ldquo;se observan una serie de diagramas&rdquo; en los que &ldquo;se refleja que la tensi&oacute;n del circuito de v&iacute;a se mantiene en el entorno de los dos voltios de tensi&oacute;n&rdquo; del d&iacute;a 12 al 18 de enero. Sin embargo, desde las 21,46 horas del s&aacute;bado 17 &ldquo;se produce un descenso hasta el entorno de 1,5 voltios, no recuper&aacute;ndose dicha tensi&oacute;n hasta el accidente, sobre las 19,43 horas del d&iacute;a 18, en el que la tensi&oacute;n ya queda en cero&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, &ldquo;se confirma que la rotura de v&iacute;a se produjo en el tramo contemplado entre los kil&oacute;metros 319,412 y 318,665, por lo que esta indagatoria corroborar&iacute;a la existencia de una rotura en ese tramo en el que se encuentra el kil&oacute;metro 318,681 y que se produjo a las 21,46 horas del d&iacute;a 17 de enero&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, se se&ntilde;ala que &ldquo;seg&uacute;n la documentaci&oacute;n, puede que fuera t&eacute;cnicamente posible detectar una rotura franca de carril&rdquo; mediante los sistemas de se&ntilde;alizaci&oacute;n instalados, &ldquo;aunque la fiabilidad de dicha detecci&oacute;n depende de la configuraci&oacute;n el&eacute;ctrica de la v&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En base a la manifestaci&oacute;n de la responsable del sistema --empresa Hitachi Rail GTS Spain SAU proveedora de servicios contratada por Adif, &ldquo;era posible detectar una rotura franca de carril en la v&iacute;a 1 entre el kil&oacute;metro 317 y el 319, pero la fiabilidad de esta detecci&oacute;n mediante los sistemas de se&ntilde;alizaci&oacute;n en esta l&iacute;nea espec&iacute;fica era muy baja debido a la configuraci&oacute;n el&eacute;ctrica de la infraestructura&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/supervivientes-accidente-adamuz-pide-recusar-tres-peritos_1_13162856.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 22 Apr 2026 09:45:34 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una superviviente de la tragedia de Adamuz pide recusar a uno de los tres peritos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Accidente trenes Adamuz,Accidente]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Piden nueve años de cárcel para un acusado de intentar quemar a clientes y empleados en un local de Córdoba tras echarles gasolina]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-nueve-anos-carcel-acusado-quemar-clientes-empleados-local-cordoba-echarles-gasolina_1_13162195.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/54b792dc-a0ce-4e85-a03f-5307d3a07c52_16-9-discover-aspect-ratio_default_1141350.jpg" width="620" height="349" alt="Piden nueve años de cárcel para un acusado de intentar quemar a clientes y empleados en un local de Córdoba tras echarles gasolina"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El procesado trató de prenderles fuego con cigarrillos y un mechero hasta que fue reducido por otra persona</p><p class="subtitle">El juicio se celebrará el próximo mes de junio</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba acoger&aacute; el pr&oacute;ximo mes de junio el juicio contra un hombre acusado de un grave intento de incendio en un establecimiento de la capital y de los delitos de atentado contra la autoridad y lesiones. Seg&uacute;n el escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal, el procesado se enfrenta a una petici&oacute;n total de nueve a&ntilde;os de prisi&oacute;n por intentar prender fuego a un local mientras se encontraban en su interior tanto empleados como clientes.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a 2024, cuando el acusado se dirigi&oacute; a un establecimiento de C&oacute;rdoba portando dos botellas de gasolina. Una vez en el lugar, comenz&oacute; a rociar con el combustible a las personas que estaban dentro. Acto seguido, derram&oacute; el contenido de una de las botellas en la entrada del local, tanto en la parte interior como en la exterior, y lanz&oacute; un cigarrillo encendido a la gasolina con la finalidad de prender fuego.
    </p><p class="article-text">
        Lejos de deponer su actitud, el acusado se dirigi&oacute; espec&iacute;ficamente hacia personas que ya hab&iacute;an sido alertadas por los empleados y las roci&oacute; de nuevo con la gasolina que le quedaba en la segunda botella. El escrito fiscal detalla c&oacute;mo les lanz&oacute; varios cigarrillos encendidos para que el combustible prendiera fuego y, al no lograrlo, lo intent&oacute; de nuevo utilizando un mechero. La tragedia fue evitada gracias a la intervenci&oacute;n de un cliente del establecimiento, que logr&oacute; reducir al atacante. En el momento de su detenci&oacute;n, se le intervinieron las dos botellas de gasolina y dos mecheros.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, el altercado no termin&oacute; con la reducci&oacute;n del procesado en el local. Seg&uacute;n el Ministerio P&uacute;blico, durante su traslado a la comisar&iacute;a, el acusado mostr&oacute; una actitud violenta, neg&aacute;ndose a bajar del veh&iacute;culo policial y golpeando a un agente, caus&aacute;ndole una herida.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a considera que estos hechos son constitutivos de tres delitos: incendio con peligro para la vida e integridad de las personas, en grado de tentativa, por el que solicita siete a&ntilde;os de prisi&oacute;n; y un atentado a la autoridad, por el que pide un a&ntilde;o de c&aacute;rcel, al igual que por el delito de lesiones.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de la pena de prisi&oacute;n, el fiscal interesa que se imponga al acusado el pago de las costas y la prohibici&oacute;n de aproximarse al establecimiento a una distancia inferior a 500 metros, as&iacute; como la prohibici&oacute;n de comunicarse con el local durante un periodo de tres a&ntilde;os. El Ministerio P&uacute;blico se&ntilde;ala que no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-nueve-anos-carcel-acusado-quemar-clientes-empleados-local-cordoba-echarles-gasolina_1_13162195.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 22 Apr 2026 06:43:46 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Piden nueve años de cárcel para un acusado de intentar quemar a clientes y empleados en un local de Córdoba tras echarles gasolina]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Sucesos,Tribunales,Justicia,Incendio]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía pide nueve años de prisión para un exfutbolista del Córdoba CF por presunta agresión sexual]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/deportes/ccf/fiscalia-pide-nueve-anos-prision-exfutbolista-cordoba-cf-presunta-agresion-sexual_1_13161668.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/eadfb8f9-23c9-48cd-9c7d-4e685e62067d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide nueve años de prisión para un exfutbolista del Córdoba CF por presunta agresión sexual"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público solicita además una indemnización de 65.000 euros para la víctima por daño psicológico</p></div><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a ha solicitado nueve a&ntilde;os de prisi&oacute;n para el exfutbolista del C&oacute;rdoba Club de F&uacute;tbol &Aacute;lvaro Aguado por un presunto caso de agresi&oacute;n sexual. Al jugador se le acusa de haber agredido sexualmente a una trabajadora del Espanyol en el ba&ntilde;o de una discoteca de Barcelona en junio de 2024. Del mismo modo, el Ministerio P&uacute;blico pide una indemnizaci&oacute;n de 65.000 euros para la v&iacute;ctima por el da&ntilde;o moral causado&nbsp;y las secuelas psicol&oacute;gicas, tal y como ha adelantado <em>Diario Marca</em>. 
    </p><p class="article-text">
        Aguado, que milit&oacute; en el C&oacute;rdoba CF entre el 2017 y el 2019, se encuentra sin equipo despu&eacute;s de poner fin a su etapa en el citado conjunto catal&aacute;n en el verano del 2025. Eso s&iacute;, los hechos denunciados habr&iacute;an ocurrido, presuntamente, en el mes de junio del 2024, durante la celebraci&oacute;n de la fiesta del ascenso a Primera Divisi&oacute;n. El mediocentro fue part&iacute;cipe de dicha gesta al competir en 39 encuentros. Al curso siguiente, ya en la m&aacute;xima categor&iacute;a, apenas sum&oacute; minutos en 18 partidos. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito de acusaci&oacute;n de la Fiscal&iacute;a, al que ha tenido acceso <em>EFE</em>,&nbsp;Aguado, de 28 a&ntilde;os, agredi&oacute; presuntamente a la mujer durante la madrugada del 24 de junio en el lavabo masculino&nbsp;de una conocida discoteca de Barcelona, pese a que la v&iacute;ctima, que se hallaba en &ldquo;estado de shock&rdquo;, le pidi&oacute; que &ldquo;parase&rdquo;, que &ldquo;no quer&iacute;a tener relaciones sexuales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Fue el 8 de abril del 2025 cuando se supo que el futbolista estaba investigado por un delito de agresi&oacute;n sexual. El citado diario expone que cinco testigos presenciales corroboran la versi&oacute;n del jugador, mientras que dos personas cercanas a la v&iacute;ctima relataron a la juez que esta le hab&iacute;a contado lo ocurrido al d&iacute;a siguiente. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/deportes/ccf/fiscalia-pide-nueve-anos-prision-exfutbolista-cordoba-cf-presunta-agresion-sexual_1_13161668.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Apr 2026 17:45:36 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía pide nueve años de prisión para un exfutbolista del Córdoba CF por presunta agresión sexual]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[deportes,Fútbol,Tribunales,Córdoba CF,Córdoba Club de Fútbol]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Juicio a la jefa de Salud Mental del Reina Sofía: el paciente quería ingresar en una unidad de adicciones días antes de morir]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juicio-jefa-salud-mental-reina-sofia-paciente-queria-ingresar-unidad-adicciones-dias-morir_1_13160199.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fd056ddc-4687-494e-88ef-16dc72e91498_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Juicio a la jefa de Salud Mental del Reina Sofía: el paciente quería ingresar en una unidad de adicciones días antes de morir"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un perito que ha analizado todas las pruebas documentales sitúa el "problema nuclear" del paciente en el consumo de tóxicos y defiende la asistencia del Servicio Andaluz de Salud</p></div><p class="article-text">
        La segunda sesi&oacute;n del juicio contra la psiquiatra y jefa de Salud Mental del Reina Sof&iacute;a, Carmen Prada -celebrada este martes-, ha estado marcada por los testimonios de m&eacute;dicos y un perito que han defendido la correcci&oacute;n de la asistencia sanitaria prestada por el sistema p&uacute;blico de salud, a la vez que se ha conocido que el joven, d&iacute;as antes de morir, manifest&oacute; la idea de querer ingresar en una unidad contra las adicciones.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; lo ha puesto de manifiesto el m&eacute;dico y por aquel entonces coordinador de la Unidad de Drogas y Adicciones del Instituto Provincial de Bienestar Social (IPBS), Bartolom&eacute; de la Fuente, a donde acud&iacute;a el paciente, aunque de forma &ldquo;irregular&rdquo;. Ha manifestado que aunque al joven nunca se le recet&oacute; metadona, en su autopsia apareci&oacute; restos de esta sustancia, por lo que podr&iacute;a haberla conseguido en el mercado negro. Asimismo, ha asegurado que el paciente pidi&oacute; ingresar en una unidad terap&eacute;utica apenas unos d&iacute;as antes de fallecer, pero no lleg&oacute; a responder a la llamada de la psic&oacute;loga de los servicios comunitarios de Salud Mental para concretar la cita. Sobre esto, el perito que ha analizado toda la documental, Jaime G&oacute;mez Gonz&aacute;lez, ha apuntado que, actualmente, &ldquo;la red p&uacute;blica de Salud Mental no tiene una unidad de internamiento para luchar contra las adicciones&rdquo;, pero s&iacute; hay &ldquo;centros dentro de la red de drogodependencia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Con los mecanismos que hay, tendr&iacute;a que haberse producido un ingreso urgente en la Unidad de Hospitalizaci&oacute;n de Salud Mental&rdquo;, ha explicado este perito quien, no obstante, se ha referido a las cuestiones &eacute;ticas y morales que supone &ldquo;tener a una persona eternamente ingresada&rdquo;. Por ello, este perito ha sostenido que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) puso todos los servicios a disposici&oacute;n del paciente y que el &ldquo;problema nuclear&rdquo; del mismo era el consumo de t&oacute;xicos. 
    </p><p class="article-text">
        Este m&eacute;dico especialista en psiquiatr&iacute;a forense y profesor de la Universidad de Sevilla, por otro lado, ha ratificado que el diagn&oacute;stico m&aacute;s estable y concordante con todo el historial del paciente es el de &ldquo;trastorno de personalidad mixta&rdquo; que se intensificaba con el &ldquo;consumo de sustancias&rdquo;, rechazando as&iacute; el diagn&oacute;stico de trastorno esquizoafectivo depresivo que defiende el psiquiatra privado que segu&iacute;a al paciente, Ignacio Mart&iacute;nez Hens. Seg&uacute;n este perito, &ldquo;la atenci&oacute;n sanitaria que ha recibido el paciente ha sido la correcta&rdquo; y las necesidades en el &aacute;mbito de la salud mental fueron cubiertas.
    </p><p class="article-text">
        G&oacute;mez ha dicho, adem&aacute;s, que el consumo abusivo e irregular de psicof&aacute;rmacos y t&oacute;xicos se remontar&iacute;a &ldquo;a 2011&rdquo; seg&uacute;n toda su historia cl&iacute;nica. Durante su declaraci&oacute;n ha explicado que este consumo activo es, precisamente, lo que imped&iacute;a que el joven fuera beneficiario de los equipos de tratamiento para Trastorno Mental Grave (TMG), ya que los protocolos especiales -tanto de atenci&oacute;n intensiva como domiciliaria- que hab&iacute;a en Salud Mental para pacientes con trastorno mental grave excluye a aquellos que consumen t&oacute;xicos. Adem&aacute;s, el trastorno de este paciente no estaba incluido dentro de las patolog&iacute;as a las que iban dirigidas estos protocolos. 
    </p><p class="article-text">
        Respecto al fallecimiento, G&oacute;mez ha se&ntilde;alado que el informe preliminar de la autopsia lo califica como una &ldquo;reacci&oacute;n adversa de los abusos&rdquo;, derivado de la combinaci&oacute;n de metadona, anabolizantes, alcohol y otros f&aacute;rmacos -que fueron consumidos &ldquo;en dosis que no eran letales&rdquo;- en una persona con antecedentes card&iacute;acos y que padec&iacute;a asma.
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                Llegada de Carmen Prada a la Ciudad de la Justicia                            </span>
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        Sobre las tendencias autol&iacute;ticas del paciente, los testimonios y documentos presentados durante este martes han negado que el joven las padeciera. Seg&uacute;n consta en la documentaci&oacute;n del equipo de salud mental, existe un parte de asistencia del 14 de octubre de 2013 que registra un &ldquo;intento de autolisis con medicamentos&rdquo;, reforzado por una comunicaci&oacute;n de una trabajadora social d&iacute;as despu&eacute;s en la que la familia informaba de una &ldquo;amenaza de autolisis&rdquo; manifestada en consultas privadas. Sin embargo, la gran mayor&iacute;a de los profesionales que trataron al joven de forma directa han negado haber detectado un riesgo suicida activo durante sus evaluaciones.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;El gran problema de mi vida es consumir drogas&rdquo;</h2><p class="article-text">
        El psic&oacute;logo cl&iacute;nico Jos&eacute; Pedro Di&eacute;guez S&aacute;nchez, que trat&oacute; al paciente en la Unidad de Agudos, ha reforzado la tesis del consumo. Tras aplicarle diversas pruebas diagn&oacute;sticas, diagnostic&oacute; al paciente como una persona con una &ldquo;inteligencia elevada&rdquo; pero con un perfil de &ldquo;car&aacute;cter an&oacute;malo de la personalidad&rdquo; marcado por la impulsividad y la frustraci&oacute;n al no cumplir sus altas aspiraciones, como ser polic&iacute;a o piloto. Seg&uacute;n el psic&oacute;logo, el joven arrastraba una &ldquo;vulnerabilidad percibida&rdquo; desde ni&ntilde;o, fruto de una etapa escolar en la que &ldquo;los ni&ntilde;os se burlaban de &eacute;l&rdquo; y &ldquo;sufr&iacute;a acoso&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Esta situaci&oacute;n deriv&oacute; en s&iacute;ntomas graves a una edad muy temprana: el paciente sufr&iacute;a terrores nocturnos, se mord&iacute;a las u&ntilde;as y &ldquo;con 7 u 8 a&ntilde;os se produc&iacute;a autolesiones&rdquo;, una conducta que el testigo ha calificado como &ldquo;impropia de esa edad&rdquo;. Para Di&eacute;guez, el inicio en el gimnasio a los 11 a&ntilde;os y el posterior consumo de sustancias fueron intentos desesperados del joven por luchar contra esa imagen de debilidad y proyectar una seguridad que no pose&iacute;a. Di&eacute;guez ha recordado, adem&aacute;s, una frase del fallecido: &ldquo;El gran problema de mi vida es el consumir drogas&rdquo;. Seg&uacute;n el psic&oacute;logo, el consumo activaba sus rasgos desadaptativos, como la intolerancia y la incapacidad para reflexionar.
    </p><p class="article-text">
        Durante la sesi&oacute;n de este martes, varios cargos t&eacute;cnicos y facultativos del SAS han explicado las limitaciones operativas del sistema. Quien fuera el coordinador auton&oacute;mico de Salud Mental, Javier Romero Cuesta, y el exgerente del SAS, Jos&eacute; Manuel Aranda Lara, han coincidido en que &ldquo;el hospital no tiene dispositivo para ir a buscar al paciente a su domicilio&rdquo;, ya que en 2014 hubo un ingreso frustrado dado que el paciente no acudi&oacute;. En esa l&iacute;nea, han aclarado que, si un paciente no acude para su ingreso, la red de Salud Mental debe esperar a que aparezca, dependiendo de la familia. Se podr&iacute;a acudir al 061 o a las fuerzas de seguridad, siempre y cuando se conozca el paradero del paciente, han dicho.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, el psiquiatra Jos&eacute; &Aacute;ngel Alcal&aacute; Partera ha recordado que el paciente era aut&oacute;nomo y manifestaba su &ldquo;compromiso e intenci&oacute;n de seguir sus revisiones por su psiquiatra privado&rdquo;. Alcal&aacute; ha reiterado que los protocolos de atenci&oacute;n domiciliaria &ldquo;excluyen los derivados del consumo de t&oacute;xicos&rdquo; y que, actualmente, tambi&eacute;n ser&iacute;a incluido de los mismos si dicho consumo continuara.
    </p><h2 class="article-text">El paciente ten&iacute;a tambi&eacute;n un diagn&oacute;stico diferente realizado por su psic&oacute;logo privado</h2><p class="article-text">
        La psiquiatra Mar&iacute;a del Pilar Ventosa, que lo atendi&oacute; en el centro penitenciario en 2015, ha ratificado el diagn&oacute;stico de &ldquo;trastorno mixto de la personalidad&rdquo; y ha descartado signos de esquizofrenia.
    </p><p class="article-text">
        Frente a las tesis de todos estos m&eacute;dicos y especialistas, el psic&oacute;logo privado que en 2017 realiz&oacute; el informe que supuso la absoluci&oacute;n del joven en el caso del asesinato de un hombre en el Paseo de la Victoria, Ignacio Mart&iacute;nez Hens, ha defendido su diagn&oacute;stico de trastorno esquizoafectivo. De manera continuada, este profesional trat&oacute; al paciente entre marzo de 2012 y abril de 2014, y ha declarado que se trataba de un paciente &ldquo;muy dif&iacute;cil&rdquo; y con una &ldquo;mala adherencia al tratamiento, que, en la pr&aacute;ctica, &rdquo;iba a su bola&ldquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Hens ha explicado que, aunque inicialmente detect&oacute; un peque&ntilde;o episodio depresivo y consumo de f&aacute;rmacos, su diagn&oacute;stico fue evolucionando hasta concretar en el informe de 2017 que el paciente sufr&iacute;a un &ldquo;trastorno esquizoafectivo&rdquo;. Este diagn&oacute;stico, seg&uacute;n el testigo, supon&iacute;a la confluencia de un trastorno depresivo mayor con rasgos delirantes y de personalidad. Debido a esta patolog&iacute;a y a su conducta, Hens lo consider&oacute; un &ldquo;paciente de alto riesgo&rdquo; con altas probabilidades de tener problemas con la sociedad y con su propia familia, la cual se encontraba &ldquo;desbordada&rdquo; por la situaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, ha reconocido que el joven le confesaba consumir &ldquo;de todo&rdquo;: anabolizantes, anfetaminas, depresivos y diversos f&aacute;rmacos. Seg&uacute;n el doctor, el paciente &ldquo;ten&iacute;a a disposici&oacute;n pastillas de todo tipo y se las consegu&iacute;a en el mercado negro&rdquo;, realizando mezclas peligrosas que &ldquo;pod&iacute;an afectar a su salud perfectamente&rdquo;. El facultativo tambi&eacute;n se ha referido a las dificultades para implementar tratamientos efectivos. Durante su declaraci&oacute;n ha recordado que le recomend&oacute; el uso de medicamentos inyectables, pero que el m&eacute;dico de cabecera de la Seguridad Social se lo deneg&oacute;. Hens, que ha asegurado desconocer qu&eacute; tipo de atenci&oacute;n recib&iacute;a su paciente en el sistema p&uacute;blico, ha puntualizado que esta medicaci&oacute;n era cara y que el paciente no pod&iacute;a afrontar su coste.  
    </p><p class="article-text">
        Ese informe de 2017 fue firmado tambi&eacute;n por el psic&oacute;logo Fernando Javier S&aacute;nchez Alcal&aacute;, quien solo se entrevist&oacute; don el paciente durante dos horas y media en prisi&oacute;n. En ese momento, aunque el paciente ten&iacute;a un &aacute;nimo adecuado y no presentaba rasgos autol&iacute;ticos, manten&iacute;a ideas delirantes y autoreferenciales y que hac&iacute;a un consumo abusivo de f&aacute;rmacos para mitigar la ansiedad que le produc&iacute;a su propia enfermedad, seg&uacute;n ha declarado este martes. Al igual que Hens, ha se&ntilde;alado que este tipo de enfermos suelen presentar una gran falta de adhesi&oacute;n al tratamiento y tienden a la automedicaci&oacute;n, calific&aacute;ndolos como casos &ldquo;muy complejos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La sesi&oacute;n ha dado por concluida toda la testifical y el pr&oacute;ximo jueves se elevar&aacute;n las conclusiones a definitivas y se realizar&aacute;n la lectura de los informes.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juicio-jefa-salud-mental-reina-sofia-paciente-queria-ingresar-unidad-adicciones-dias-morir_1_13160199.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Apr 2026 14:17:37 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Juicio a la jefa de Salud Mental del Reina Sofía: el paciente quería ingresar en una unidad de adicciones días antes de morir]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,salud mental]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[A juicio un agente inmobiliario acusado de hacer nóminas falsas para que un cliente obtuviera un préstamo]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juicio-agente-inmobiliario-acusado-nominas-falsas-cliente-obtuviera-prestamo_1_13159649.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/15928cb4-47e7-460b-8cd2-71f76c694021_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="A juicio un agente inmobiliario acusado de hacer nóminas falsas para que un cliente obtuviera un préstamo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Fiscalía pide tres años y tres meses de prisión para el procesado, quien habría solicitado dinero a cambio de realizar esta ilegalidad para la compra de una vivienda</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba prev&eacute; juzgar este mi&eacute;rcoles a un agente inmobiliario acusado de un delito de estafa por hacer n&oacute;minas para que un cliente obtuviera un pr&eacute;stamo y pudiera comprar una vivienda. El Ministerio P&uacute;blico solicita para el procesado una pena de tres a&ntilde;os y tres meses de prisi&oacute;n por unos hechos ocurridos en C&oacute;rdoba capital.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito de acusaci&oacute;n, el acusado se present&oacute; ante la v&iacute;ctima como empleado de una empresa dedicada a la intermediaci&oacute;n inmobiliaria. Tras visitar un piso que estaba a la venta y firmar un contrato de arras con el comprador, que entreg&oacute; una cantidad determinada, este inform&oacute; al acusado de su imposibilidad de obtener un pr&eacute;stamo hipotecario al no disponer de n&oacute;mina.
    </p><p class="article-text">
        Con el &aacute;nimo de obtener un beneficio econ&oacute;mico il&iacute;cito, seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a, el acusado hizo creer al cliente que exist&iacute;a la posibilidad de darle de alta en la Seguridad Social. Para ello, se mostr&oacute; dispuesto a confeccionar dos n&oacute;minas ficticias que no respond&iacute;an a ning&uacute;n trabajo real, con el &uacute;nico prop&oacute;sito de que la v&iacute;ctima pudiera obtener del banco el pr&eacute;stamo. Por estas gestiones, el acusado solicit&oacute; al afectado una cantidad de dinero.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a considera que estos hechos son constitutivos de un delito de estafa. Al no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad, el Ministerio P&uacute;blico solicita, adem&aacute;s de la pena de c&aacute;rcel, una multa de 3.240 euros y el pago de las costas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juicio-agente-inmobiliario-acusado-nominas-falsas-cliente-obtuviera-prestamo_1_13159649.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Apr 2026 10:53:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[A juicio un agente inmobiliario acusado de hacer nóminas falsas para que un cliente obtuviera un préstamo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,viviendas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Vox presenta una denuncia por "obstrucción a la justicia" por la retirada de vías tras el accidente de Adamuz]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/vox-presenta-denuncia-obstruccion-justicia-retirada-vias-accidente-adamuz_1_13159770.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1c6771b5-5653-4f2e-96e3-c892d9dbf785_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x991y675.jpg" width="1200" height="675" alt="Vox presenta una denuncia por &quot;obstrucción a la justicia&quot; por la retirada de vías tras el accidente de Adamuz"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El escrito se basa en el primer informe de la Guardia Civil que aludía a la retirada de material por orden de "la Presidencia de Adif"</p></div><p class="article-text">
        Vox ha presentado una denuncia ante la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Montoro (C&oacute;rdoba) por la presunta modificaci&oacute;n y/o destrucci&oacute;n de pruebas del accidente ferroviario ocurrido en Adamuz el domingo 18 de enero, con el fallecimiento de 46 personas y m&aacute;s de 120 heridos, por la supuesta comisi&oacute;n de delitos de obstrucci&oacute;n a la justicia y encubrimiento.
    </p><p class="article-text">
        El escrito se basa en un informe de la Guardia Civil que recoge actuaciones sobre material probatorio ya intervenido y precintado, que &ldquo;no contaban con autorizaci&oacute;n judicial expresa ni con supervisi&oacute;n de los responsables de la custodia&rdquo;. Seg&uacute;n la denuncia de Vox, dicho material qued&oacute; &ldquo;debidamente agrupado, cubierto, se&ntilde;alizado y precintado&rdquo;, aunque posteriormente los agentes constatan que qued&oacute; &ldquo;sin vigilancia, tanto de personal como de grabaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Vox sostiene que estas actuaciones &ldquo;introducen un riesgo cierto de alteraci&oacute;n, contaminaci&oacute;n o p&eacute;rdida de integridad de la prueba&rdquo;, algo que &ldquo;podr&iacute;a comprometer la investigaci&oacute;n del siniestro&rdquo;. Asimismo, el escrito se&ntilde;ala que las instrucciones &ldquo;ven&iacute;an dirigidas de forma directa de la Presidencia de Adif&rdquo; y se habr&iacute;an ejecutado &ldquo;sin dar cuenta a la autoridad judicial&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, la formaci&oacute;n solicita la pr&aacute;ctica de diligencias para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades, al considerar que &ldquo;lo ocurrido podr&iacute;a haber afectado de forma grave a la investigaci&oacute;n del accidente y al derecho a conocer la verdad de lo sucedido&rdquo;. Vox advierte de que &ldquo;la posible alteraci&oacute;n o retirada de pruebas compromete el esclarecimiento de los hechos y la depuraci&oacute;n de responsabilidades&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/vox-presenta-denuncia-obstruccion-justicia-retirada-vias-accidente-adamuz_1_13159770.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Apr 2026 10:47:32 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Vox presenta una denuncia por "obstrucción a la justicia" por la retirada de vías tras el accidente de Adamuz]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Adif,Vox,Accidente trenes Adamuz,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Renfe pide al 112 las llamadas del accidente de Adamuz, el despliegue de emergencia y saber si funcionó correctamente]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/renfe-pide-112-llamadas-accidente-adamuz-despliegue-emergencia-si-funciono-correctamente_1_13158523.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/61255f2e-0429-4cd4-9f6c-c6e65d1280be_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x904y708.jpg" width="1200" height="675" alt="Renfe pide al 112 las llamadas del accidente de Adamuz, el despliegue de emergencia y saber si funcionó correctamente"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La entidad ha solicitado las grabaciones completas de las llamadas entrantes y salientes que gestionaron durante la atención del accidente, "incluyendo hora, duración y contenido íntegro de las comunicaciones"</p></div><p class="article-text">
        Renfe Viajeros ha pedido este lunes a la Secci&oacute;n Civil y de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Montoro (C&oacute;rdoba), Plaza n&uacute;mero 2, que el Servicio de Emergencias de 112 de Andaluc&iacute;a aporte las llamadas relacionadas con el siniestro ferroviario de Adamuz, que el domingo 18 de enero caus&oacute; la muerte de 46 personas y hubo m&aacute;s de 120 heridos, as&iacute; como un informe final del despliegue de emergencias e informaci&oacute;n sobre &ldquo;si funcionaban correctamente los sistemas inform&aacute;ticos del servicio 112 utilizados en la gesti&oacute;n de la emergencia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge el escrito, al que ha tenido acceso <em>Europa Press</em>, el procurador de la entidad ha solicitado las grabaciones completas de las llamadas entrantes y salientes que gestionaron durante la atenci&oacute;n del accidente, &ldquo;incluyendo hora, duraci&oacute;n y contenido &iacute;ntegro de las comunicaciones&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Entre ellas se demanda &ldquo;expresamente que se identifique y, en su caso, se explique, si se produjo una llamada entre el Servicio 112 de Madrid y el de Andaluc&iacute;a donde, al parecer, se descart&oacute; por los jefes de sala la posibilidad de que hubiera dos trenes involucrados en el accidente, lo cual pudo tener incidencia en el operativo de rescate y auxilio a las v&iacute;ctimas del Alvia, entre las que se encuentran trabajadores de Renfe&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n, pide un informe final del despliegue de emergencias &ldquo;con inclusi&oacute;n del operativo activado y la secuencia de actuaciones llevadas a cabo durante la gesti&oacute;n del accidente&rdquo;; informaci&oacute;n de &ldquo;cu&aacute;l es el sistema de localizaci&oacute;n de llamadas provenientes del Alvia utilizado por el Servicio 112&rdquo;, agregando que &ldquo;un sistema adecuado hubiese permitido establecer la ubicaci&oacute;n del tren de forma precisa e inmediata&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        De igual modo, Renfe reclama &ldquo;informaci&oacute;n sobre si funcionaban correctamente los sistemas inform&aacute;ticos del Servicio 112 utilizados en la gesti&oacute;n de la emergencia&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Importante confusi&oacute;n inicial&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Al respecto, dichas peticiones se realizan despu&eacute;s de que el d&iacute;a 8 de abril se ha notificado diversa documentaci&oacute;n, entre la que se encuentran informes de la Guardia Civil en los que se actualiza el estado de la investigaci&oacute;n. En estos informes se analiza, entre otras cuestiones, el momento en el que se conoce el accidente de los dos trenes.
    </p><p class="article-text">
        En dicho an&aacute;lisis, se incluye una secuencia cronol&oacute;gica de las llamadas por las que se fue informando de la existencia del siniestro y se indica por parte del instructor que del estudio inicial de las grabaciones y a falta de ampliar la investigaci&oacute;n con las manifestaciones de los operadores: &ldquo;se comprueba que existi&oacute; una importante confusi&oacute;n inicial, debido al gran volumen de llamadas simult&aacute;neas y desconcierto, vincul&aacute;ndose todas las llamadas de emergencia recibidas, como relacionadas con el tren Iryo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, se a&ntilde;ade que &ldquo;las llamadas que alertaban del tren Alvia se interpretaron, bien como un accidente en el que no interviene una colisi&oacute;n con el Iryo y de menor gravedad o se confundieron como relacionadas con el accidente del citado del tren Iryo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por otra parte, dentro de la documentaci&oacute;n notificada el d&iacute;a 8 de abril se incluye la solicitud efectuada por la Comisi&oacute;n de Investigaci&oacute;n de Accidentes Ferroviarios (CIAF) a la Benem&eacute;rita con fecha 11 de marzo, para que se les proporcionase por parte del Servicio de Emergencias de Andaluc&iacute;a 112 las grabaciones completas de las llamadas entrantes y salientes gestionadas por el referido Servicio y relacionadas con el accidente.
    </p><p class="article-text">
        Y tambi&eacute;n un informe final del despliegue de emergencias, relativo al operativo activado ya la secuencia de actuaciones llevadas a cabo durante la gesti&oacute;n del accidente. Esta petici&oacute;n de la CIAF ha sido sometida al criterio de la jueza y ha conllevado que en la providencia de 7 de abril se indique que no ha lugar a lo solicitado &ldquo;por no ser de inter&eacute;s para la instrucci&oacute;n de la causa&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Transcurri&oacute; un tiempo llamativo&rdquo;</h2><p class="article-text">
        No obstante, desde Renfe Viajeros exponen que sin perjuicio de que tienen &ldquo;certeza de que la Guardia Civil contin&uacute;a investigando, es conveniente poner de manifiesto que para obtener un conocimiento pleno de qu&eacute; es lo que ocurri&oacute; en el lamentable accidente del que trae causa la presente instrucci&oacute;n, tambi&eacute;n es necesario acceder a c&oacute;mo tuvo lugar la gesti&oacute;n de los servicios de emergencia del 112&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Al hilo, se&ntilde;alan que &ldquo;la mera lectura de la secuencia cronol&oacute;gica que efect&uacute;a la Guardia Civil respecto de las comunicaciones que tuvieron lugar en el momento del accidente, evidencia que transcurri&oacute; un tiempo llamativo desde que se enviaron patrullas de la Guardia Civil al lugar del accidente, ubicando como tal &uacute;nicamente donde se encontraba el tren IRYO (19,47:28 horas), hasta que hubo constancia de que la Guardia Civil tambi&eacute;n acud&iacute;a 'a otro tren distinto al inicialmente informado' (20,31:58 horas)&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A juicio de la entidad, &ldquo;es importante conocer, entre otras cuestiones, cu&aacute;les fueron las causas de esta confusi&oacute;n se&ntilde;alada en el informe del Instituto Armado&rdquo;, al tiempo que apuntan que &ldquo;se antoja necesario tener conocimiento en el marco de este procedimiento de las incidencias que pudieron tener lugar en la gesti&oacute;n de la emergencia y as&iacute; calibrar los efectos que pudieran haber tenido en las consecuencias derivadas del siniestro&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La diligencia que se propone no es una reiteraci&oacute;n autom&aacute;tica de la petici&oacute;n que realiz&oacute; la CIAF, sino que se formula a la vista de los hechos concretos ya reflejados en los informes de la Guardia Civil incorporados a la causa y est&aacute; conectada con el esclarecimiento de c&oacute;mo fue la prestaci&oacute;n de auxilio a las v&iacute;ctimas del Alvia entre las que se encuentran trabajadores de Renfe&rdquo;, seg&uacute;n se remarca en el escrito.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/renfe-pide-112-llamadas-accidente-adamuz-despliegue-emergencia-si-funciono-correctamente_1_13158523.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 18:28:59 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Renfe pide al 112 las llamadas del accidente de Adamuz, el despliegue de emergencia y saber si funcionó correctamente]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,emergencias,Accidente trenes Adamuz,Renfe,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juzgado cordobés rechaza enviar a la Audiencia Nacional el juicio a la red que blanqueaba hasta 400.000 euros al día]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juzgado-cordobes-rechaza-enviar-audiencia-nacional-juicio-red-blanqueaba-400-000-euros-dia_1_13151374.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a9639e70-218a-4ea5-ac2d-e0b60cfd0ca2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juzgado cordobés rechaza enviar a la Audiencia Nacional el juicio a la red que blanqueaba hasta 400.000 euros al día"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juez que instruye la causa considera que la capital fue el "centro de gravedad" de este grupo criminal que lavaba dinero mediante la compra de metales preciosos, efectivo que acaba en China</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 8 de C&oacute;rdoba ha dictado un auto en el que desestima la petici&oacute;n de inhibirse a favor de la Audiencia Nacional en la denominada operaci&oacute;n Fenicio-Di&aacute;volo 24. Esta macrocausa investiga una sofisticada red criminal que, seg&uacute;n los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, ten&iacute;a capacidad para blanquear hasta 400.000 euros al d&iacute;a mediante la compraventa de metales preciosos.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de que las defensas de varios investigados solicitaron que el caso pasara a la Audiencia Nacional por su supuesta complejidad y extensi&oacute;n nacional, el magistrado cordob&eacute;s ha rechazado tal pretensi&oacute;n. El auto judicial, al que ha tenido acceso este peri&oacute;dico, fundamenta que la competencia debe recaer en C&oacute;rdoba porque aqu&iacute; se encontraba el &ldquo;centro de gravedad&rdquo; de este grupo criminal.
    </p><p class="article-text">
        En esa l&iacute;nea, el juez subraya que en la capital cordobesa es donde reside la mayor&iacute;a de los investigados, donde se ubican las sedes de las presuntas empresas pantalla y donde se han desarrollado las actuaciones nucleares de la instrucci&oacute;n. Adem&aacute;s, se&ntilde;ala que el proceso se encuentra en un estado avanzado tras m&aacute;s de un a&ntilde;o de investigaci&oacute;n, por lo que un traslado ahora causar&iacute;a un perjuicio a la agilidad de la justicia.
    </p><p class="article-text">
        El inicio de la investigaci&oacute;n comenz&oacute; en abril de 2024, cuando se averigu&oacute; que varias empresas de la provincia recib&iacute;an a diario grandes cantidades de dinero en efectivo de contenido il&iacute;cito para que dichas entidades la introdujeran en el circuito financiera legal. Seg&uacute;n la investigaci&oacute;n que desarroll&oacute; la UCO, el <em>modus operandi </em>de la red consist&iacute;a en recoger el dinero -procedente del tr&aacute;fico de drogas, extorsiones, amenazas y delitos contra las personas- en garajes y oficinas de C&oacute;rdoba para comprar oro y plata de origen il&iacute;cito en joyer&iacute;as y fundiciones, a menudo sin registrar las transacciones o superando los l&iacute;mites legales de pago en efectivo.
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            </figure><p class="article-text">
        Posteriormente, empresas cordobesas dedicadas al an&aacute;lisis y certificaci&oacute;n de metales &ldquo;legitimaban&rdquo; el oro, permitiendo su bancarizaci&oacute;n. Una vez el dinero estaba en el sistema, se mov&iacute;a a trav&eacute;s de sociedades pantalla, que carec&iacute;an de infraestructura real. Despu&eacute;s, el dinero blanqueado era transferido a las cuentas bancarias del verdadero propietario del efectivo y que pertenec&iacute;an a empresas de China.
    </p><p class="article-text">
        Actualmente, en la causa hay investigadas un total de 25 personas y nueve empresas. La operaci&oacute;n arroj&oacute; un total de 20 registros practicados en cinco provincias espa&ntilde;olas: 11 en C&oacute;rdoba, dos en Zamora, dos en Salamanca, dos en Sevilla y tres en Madrid. Tambi&eacute;n se realiz&oacute; una inspecci&oacute;n fiscal en una fundidora de metales preciosos en Paracuellos del Jarama, Madrid.
    </p><p class="article-text">
        Durante los registros se intervinieron una cantidad significativa de bienes y activos: m&aacute;s de 615.000 euros en efectivo, 12,5 kilogramos de oro, valorados en aproximadamente 1.150.000 euros; 15,2 kilogramos de plata, valorados en 15.200 euros; un gran n&uacute;mero de joyas de origen desconocido, ocho contadoras de dinero en efectivo, numeroso material inform&aacute;tico y electr&oacute;nico, dos pistolas, cuatro cargadores de armas de fuego y diversa munici&oacute;n. Adem&aacute;s, se incautaron ocho veh&iacute;culos, dos de ellos con sistemas de ocultaci&oacute;n de doble fondo, y abundante documentaci&oacute;n.
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      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 17:59:14 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un juzgado cordobés rechaza enviar a la Audiencia Nacional el juicio a la red que blanqueaba hasta 400.000 euros al día]]></media:title>
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    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Absuelto un hombre que fue acusado de agresión sexual, maltrato y amenazas a su expareja]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/absuelto-hombre-acusado-agresion-sexual-maltrato-amenazas-expareja_1_13157787.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/131c7c0b-94d6-4ff3-abc0-c99bc4a2ef8c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Absuelto un hombre que fue acusado de agresión sexual, maltrato y amenazas a su expareja"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El TSJA sostiene que no han resultado acreditados los hechos por los que fue juzgado</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba que absuelve a un var&oacute;n de 58 a&ntilde;os de edad de los delitos de agresi&oacute;n sexual, maltrato, maltrato habitual y amenazas sobre su expareja, que por su parte ha sido absuelta de un delito de maltrato del que estaba acusada supuestamente sobre &eacute;l.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n recoge la resoluci&oacute;n, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de apelaci&oacute;n interpuesto por la procesada y confirma la sentencia de la Audiencia de C&oacute;rdoba, aunque cabe interponer recurso de casaci&oacute;n ante el Tribunal Supremo (TS).
    </p><p class="article-text">
        En concreto, se da por probado que el var&oacute;n manten&iacute;a a la fecha de los hechos denunciados una relaci&oacute;n sentimental con la acusada, inici&aacute;ndose dicha relaci&oacute;n sobre el 30 de diciembre de 2020 y terminando el d&iacute;a 4 de junio de 2021.
    </p><p class="article-text">
        Mientras dur&oacute; la relaci&oacute;n, ella resid&iacute;a, por motivos laborales, en una vivienda de un municipio de la provincia, donde prestaba servicios como cuidadora de una persona de edad avanzada, y &eacute;l resid&iacute;a en otra vivienda en una barriada perif&eacute;rica de la capital a donde se trasladaba ella los d&iacute;as que descansaba de sus obligaciones laborales.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No ha resultado acreditado que la acusada le haya dado un pu&ntilde;etazo&rdquo; al hombre o que &ldquo;el acusado haya proferido las palabras y frases que constan en los escritos de acusaci&oacute;n, ni que la haya maltratado o agredido, ni la haya obligado, con violencia y/o intimidaci&oacute;n, a tener relaciones sexuales con &eacute;l&rdquo;, exponen los jueces.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, detallan que ella &ldquo;sufri&oacute; lesiones que no precisaron objetivamente para su curaci&oacute;n tratamiento m&eacute;dico y/o quir&uacute;rgico que tardaron en curar cinco d&iacute;as de perjuicio personal b&aacute;sico, sin que le hayan quedado secuelas, no habiendo resultado acreditado que dichas lesiones se las haya causado &eacute;l&rdquo;, a la vez que &ldquo;no han resultado acreditados el resto de hechos por los que se ha ejercido acusaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Entretanto, indican que el procesado, seg&uacute;n resulta de su hoja hist&oacute;rico penal unida a la causa, result&oacute; ejecutoriamente condenado por sentencia firme, de 9 de enero de 2020, dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n&uacute;mero 1 de C&oacute;rdoba por un delito de amenazas, por unos hechos cometidos el d&iacute;a 6 de enero de 2020, imponi&eacute;ndole, entre otras, la pena accesoria de prohibici&oacute;n de acercamiento y de comunicaci&oacute;n a sus v&iacute;ctimas, la cual qued&oacute; definitivamente extinguida el d&iacute;a 1 de mayo de 2021.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Europa Press]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/absuelto-hombre-acusado-agresion-sexual-maltrato-amenazas-expareja_1_13157787.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 14:36:05 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Absuelto un hombre que fue acusado de agresión sexual, maltrato y amenazas a su expareja]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,TSJA,Tribunales,agresión sexual,Violencia de género]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La jueza de Montoro designa a los peritos independientes que investigarán las causas del accidente de Adamuz]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/jueza-montoro-designa-peritos-independientes-investigaran-causas-accidente-adamuz_1_13157510.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f02d827c-a427-4fdd-b8f3-5918efd6423b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La jueza de Montoro designa a los peritos independientes que investigarán las causas del accidente de Adamuz"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los tres profesionales deberán comparecer este martes en el juzgado de la localidad cordobesa para aceptar su cargo</p></div><p class="article-text">
        Casi de tres meses despu&eacute;s de la tragedia de Adamuz, la plaza n&uacute;mero 2 de la Secci&oacute;n Civil y de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Montoro ha nombrado a los tres peritos judiciales independientes. 
    </p><p class="article-text">
        Estos tres profesionales tienen que hacer su propia investigaci&oacute;n y analizar las tres que hay en marcha: la de la Comandancia de la Guardia Civil en C&oacute;rdoba, la de la Comisi&oacute;n de Investigaci&oacute;n de Accidentes Ferroviarios (CIAF) y la que desarrolla la empresa estatal Adif, encargada de la gesti&oacute;n de las instalaciones ferroviarias de Espa&ntilde;a. 
    </p><p class="article-text">
        La designaci&oacute;n de los peritos se produjo el pasado 16 de abril y ser&aacute; este martes cuando estos tres profesionales deban comparecer en la oficial judicial del juzgado de Montoro para aceptar el cargo. Cuando esto se produzca, se les trasladar&aacute; la informaci&oacute;n del procedimiento y la pericial que deben practicar.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, la Fiscal&iacute;a de C&oacute;rdoba solicit&oacute; en febrero a la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Montoro que se acuerde la pr&aacute;ctica de diligencia de informe pericial a efectos de determinar las causas del accidente.
    </p><p class="article-text">
        Desde el Ministerio P&uacute;blico se propuso que se designen como peritos a ingenieros de Caminos, Canales y Puertos &ldquo;sin perjuicio de que, si del resultado de las actuaciones que se practiquen o de las propias pericias, sea necesaria la designaci&oacute;n complementaria de otros peritos t&eacute;cnicos en campos m&aacute;s precisos&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/jueza-montoro-designa-peritos-independientes-investigaran-causas-accidente-adamuz_1_13157510.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 13:58:48 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La jueza de Montoro designa a los peritos independientes que investigarán las causas del accidente de Adamuz]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/f02d827c-a427-4fdd-b8f3-5918efd6423b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Adamuz]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Ayuntamiento de Córdoba, condenado a indemnizar al dueño de una nave dañada por la falta de conservación de un árbol]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/ayuntamiento-cordoba-condenado-indemnizar-dueno-nave-danada-falta-conservacion-arbol_1_13156717.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/df43dfac-2be3-4737-aba4-66585ef8df21_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Ayuntamiento de Córdoba, condenado a indemnizar al dueño de una nave dañada por la falta de conservación de un árbol"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un juzgado de lo Contencioso Administrativo impone Al Consistorio una indemnización de más de 6.500 euros tras rechazar que los desperfectos fueran causados por un temporal y confirmar el "crecimiento sin control" de un eucalipto municipal</p></div><p class="article-text">
        La plaza n&uacute;mero 3 de la Secci&oacute;n de lo Contencioso-Administrativo de C&oacute;rdoba ha condenado al Ayuntamiento a indemnizar solidariamente con casi 6.600 euros al propietario de una nave del pol&iacute;gono industrial La Torrecilla que result&oacute; da&ntilde;ada por un eucalipto de titularidad p&uacute;blica.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, el Ayuntamiento intent&oacute; inicialmente eludir su responsabilidad argumentando que los da&ntilde;os que sufri&oacute; la nave se debieron a rachas de viento superiores a 120 kil&oacute;metros por hora en octubre de 2023, lo que trasladar&iacute;a la obligaci&oacute;n de pago al Consorcio de Compensaci&oacute;n de Seguros. Sin embargo, el fallo aclara que el origen de los desperfectos no fue un evento meteorol&oacute;gico puntual, sino el &ldquo;vencimiento parcial y paulatino&rdquo; de un eucalipto de grandes dimensiones que ven&iacute;a afectando a la finca desde el a&ntilde;o 2018.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado fundamenta la condena en la &ldquo;falta de mantenimiento y conservaci&oacute;n de la v&iacute;a p&uacute;blica&rdquo; por parte de la administraci&oacute;n local, se&ntilde;alando que los da&ntilde;os derivan del &ldquo;crecimiento sin control y continuado&rdquo; del &aacute;rbol. As&iacute;, el eucalipto provoc&oacute; un descuadre de la puerta de acceso al patio lateral debido al &ldquo;empuje que sobre la estructura y pavimento&rdquo; ejerc&iacute;an directamente el tronco y las ra&iacute;ces. Adem&aacute;s, la ca&iacute;da masiva de hojarasca provoc&oacute; la saturaci&oacute;n de la red de desag&uuml;e de pluviales, lo que deriv&oacute; en embolsamientos de agua, filtraciones y humedades en el techo de la planta primera de la nave.
    </p><p class="article-text">
        El juez concluye que el Ayuntamiento pretend&iacute;a imponer al ciudadano un deber de cuidado que &ldquo;ella misma, por su parte, no ha observado&rdquo;, incumpliendo su deber de diligencia en la conservaci&oacute;n del arbolado. Adem&aacute;s del pago de la indemnizaci&oacute;n, la aseguradora deber&aacute; abonar los intereses de demora y ambas partes cargar&aacute;n con las costas del proceso, limitadas a 400 euros. La resoluci&oacute;n es firme y no admite recurso ordinario.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/ayuntamiento-cordoba-condenado-indemnizar-dueno-nave-danada-falta-conservacion-arbol_1_13156717.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 11:37:10 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Ayuntamiento de Córdoba, condenado a indemnizar al dueño de una nave dañada por la falta de conservación de un árbol]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Ayuntamiento de Córdoba]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Córdoba absuelve a una mujer que arrojó vinagre a un pasillo que su vecina estaba limpiando]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-cordoba-absuelve-mujer-arrojo-vinagre-pasillo-vecina-limpiando_1_13150520.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/60c154f9-5ac5-4f21-aa0a-554eaf6d6132_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Córdoba absuelve a una mujer que arrojó vinagre a un pasillo que su vecina estaba limpiando"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal revoca la condena inicial por coacciones al determinar que la acusada actuó con un "ánimo de molestar" y no con la intención de impedir el uso de la zona común</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha absuelto a una mujer de un delito leve de coacciones por el que hab&iacute;a sido condenada por el Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 5 de C&oacute;rdoba. El tribunal ha considerado que tirar vinagre a un pasillo que su vecina estaba limpiando no entra dentro de este tipo penal, aunque s&iacute; tuviera la intenci&oacute;n de &ldquo;molestarla&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los hechos probados, la procesada, movida por las malas relaciones que manten&iacute;a con su vecina, tir&oacute; gran cantidad vinagre desde su vivienda desde su vivienda hacia el pasillo colindante, propiedad de este vecino. En ese preciso instante, esta se encontraba limpiando esa zona del pasillo. El l&iacute;quido lleg&oacute; a alcanzar su cuerpo, manch&aacute;ndola y alterando su &ldquo;tranquilidad y sosiego&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Aunque el Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 5 de C&oacute;rdoba impuso inicialmente una multa a la mujer, la Audiencia Provincial ha decidido revocar dicha condena. La clave de la absoluci&oacute;n reside en que, para que exista un delito de coacciones, es necesario acreditar que el autor tiene el objetivo expl&iacute;cito de &ldquo;impedir el pac&iacute;fico disfrute del derecho&rdquo; de la otra persona.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, los hechos probados de la sentencia original solo recog&iacute;an que la intenci&oacute;n de la acusada era la de &ldquo;molestarla&rdquo;. Ante ello, el tribunal ha subrayado el &ldquo;&aacute;nimo de causar una molestia&rdquo; no es suficiente para integrar los elementos de un delito de coacciones, el cual requiere una finalidad de restricci&oacute;n de la libertad que no ha quedado probada en este caso.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-cordoba-absuelve-mujer-arrojo-vinagre-pasillo-vecina-limpiando_1_13150520.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 18 Apr 2026 18:35:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Córdoba absuelve a una mujer que arrojó vinagre a un pasillo que su vecina estaba limpiando]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,limpieza,Vecinos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Confirmada la orden de demolición de una casa ilegal en Montemayor que empezó a construirse hace 20 años]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/confirmada-orden-demolicion-casa-ilegal-montemayor-empezo-construirse-20-anos_1_13149848.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/1e96ad88-a38e-42fd-a468-a1d97fce8aca_16-9-discover-aspect-ratio_default_1141009.jpg" width="1670" height="939" alt="Confirmada la orden de demolición de una casa ilegal en Montemayor que empezó a construirse hace 20 años"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso de los propietarios al considerar que las obras nunca se terminaron completamente, lo que impide que la infracción prescriba</p></div><p class="article-text">
        Casi 20 a&ntilde;os despu&eacute;s, el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) ha confirmado la orden de demolici&oacute;n dictada por la Junta de Andaluc&iacute;a sobre una edificaci&oacute;n ilegal construida en Montemayor (C&oacute;rdoba). El fallo desestima as&iacute; el recurso interpuesto por los propietarios, quienes alegaban que la potestad de la administraci&oacute;n auton&oacute;mica para restaurar el orden urban&iacute;stico hab&iacute;a caducado debido a la antig&uuml;edad de la construcci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La edificaci&oacute;n, compuesta por una vivienda y un anexo, comenz&oacute; a levantarse entre los a&ntilde;os 2006 y 2007. Seg&uacute;n el recurso de los propietarios, ya se habr&aacute;i superado con creces el plazo de seis a&ntilde;os que establece la ley para que la Administraci&oacute;n pueda ordenar su demolici&oacute;n. Para apoyar su tesis, presentaron un auto de un juzgado de Montilla que archivaba una causa penal previa por delito contra la ordenaci&oacute;n del territorio al considerar que el delito hab&iacute;a prescrito.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el tribunal ha recordado que la v&iacute;a administrativa y la penal son independientes. Seg&uacute;n las pruebas fotogr&aacute;ficas y las inspecciones, la obra se encuentra paralizada, pero no terminada, ya que los paramentos de ladrillo est&aacute;n sin revestir y carece de ventanas. La ley andaluza establece que el plazo de seis a&ntilde;os solo empieza a contar desde la &ldquo;completa terminaci&oacute;n&rdquo; de la obra, algo que no ha ocurrido en este caso.
    </p><p class="article-text">
        Por tanto, dado que la construcci&oacute;n no est&aacute; finalizada, no puede acogerse a la figura de &ldquo;asimilado a fuera de ordenaci&oacute;n&rdquo;, situaci&oacute;n reservada &uacute;nicamente para edificaciones irregulares terminadas sobre las que ya no se pueden tomar medidas por el paso del tiempo. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el tribunal ha rechazado que el procedimiento administrativo haya caducado, confirmando que la Junta de Andaluc&iacute;a notific&oacute; la resoluci&oacute;n dentro del plazo legal de un a&ntilde;o desde que se inici&oacute; el expediente en febrero de 2021.
    </p><p class="article-text">
        Como consecuencia de la desestimaci&oacute;n total del recurso, los demandantes han sido condenados al pago de las costas procesales, fijadas en un m&aacute;ximo de 1.500 euros m&aacute;s IVA, y la orden de demolici&oacute;n ha sido ratificada.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/confirmada-orden-demolicion-casa-ilegal-montemayor-empezo-construirse-20-anos_1_13149848.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 17 Apr 2026 18:01:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Confirmada la orden de demolición de una casa ilegal en Montemayor que empezó a construirse hace 20 años]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juez de Córdoba otorga una indemnización del 5% sobre el valor del vehículo a un afectado por el 'cártel de coches']]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-cordoba-otorga-indemnizacion-5-vehiculo-afectado-cartel-coches_1_13148893.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/89a193b1-d9a1-4e9f-824a-86caa6cdca78_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juez de Córdoba otorga una indemnización del 5% sobre el valor del vehículo a un afectado por el &#039;cártel de coches&#039;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Juzgado de lo Mercantil condena a Renault y rechaza que los hechos hayan prescrito a pesar del tiempo que ha pasado</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de lo Mercantil de C&oacute;rdoba ha dictado una sentencia que obliga a Renault a indemnizar a un particular por los da&ntilde;os derivados de su participaci&oacute;n en el intercambio de informaci&oacute;n estrat&eacute;gica conocido como el <em>c&aacute;rtel de coches</em>. El magistrado Antonio Fuentes Bujalance ha fijado esta compensaci&oacute;n en el 5% del valor de adquisici&oacute;n del veh&iacute;culo, tras acreditarse la existencia de una infracci&oacute;n de las normas de competencia que afect&oacute; al mercado entre 2006 y 2013.
    </p><p class="article-text">
        El fin de la controversia sobre la prescripci&oacute;n Uno de los puntos clave de la resoluci&oacute;n es el rechazo a la excepci&oacute;n de prescripci&oacute;n alegada por la marca automovil&iacute;stica. El juez determina que el plazo para reclamar es de cinco a&ntilde;os y que este no comenz&oacute; a computarse hasta que la resoluci&oacute;n sancionadora de la Comisi&oacute;n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) gan&oacute; firmeza, lo cual ocurri&oacute; en el a&ntilde;o 2021 para la mayor&iacute;a de las marcas tras las resoluciones del Tribunal Supremo. En consecuencia, el magistrado concluye que cualquier acci&oacute;n judicial interpuesta antes del a&ntilde;o 2026 se encuentra plenamente vigente y no ha prescrito.
    </p><p class="article-text">
        En este procedimiento, la representaci&oacute;n legal del cliente cordob&eacute;s ha corrido a cargo de los abogados Francisco Cerezo y Antonio Nocete. Respecto a la cuant&iacute;a, el tribunal ha optado por la estimaci&oacute;n judicial del da&ntilde;o ante la dificultad de fijar un sobreprecio exacto mediante los informes periciales presentados. Siguiendo los criterios de uniformidad y seguridad jur&iacute;dica marcados por el Tribunal Supremo y diversas Audiencias Provinciales en casos similares, el juez ha establecido la indemnizaci&oacute;n en un 5% del precio del coche. En este caso concreto, el valor de referencia del veh&iacute;culo se fij&oacute; en 19.640,31 euros (excluyendo IVA y otros gastos), lo que arroja una indemnizaci&oacute;n principal cercana a los 982 euros.
    </p><p class="article-text">
        La condena no se limita al pago del sobreprecio, sino que Renault deber&aacute; abonar los intereses legales devengados desde la fecha de compra del veh&iacute;culo para garantizar un resarcimiento pleno del perjuicio econ&oacute;mico sufrido por el comprador. Asimismo, la sentencia impone el pago de las costas procesales a la empresa demandada al considerar que se ha producido una estimaci&oacute;n sustancial de la demanda, al haberse probado todos los elementos b&aacute;sicos de la responsabilidad: el hecho da&ntilde;oso, la autor&iacute;a y la relaci&oacute;n de causalidad. Esta resoluci&oacute;n es firme y no admite recurso de apelaci&oacute;n debido a que la cuant&iacute;a reclamada no alcanza el m&iacute;nimo legal exigido para ello.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis, Alfonso Alba]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-cordoba-otorga-indemnizacion-5-vehiculo-afectado-cartel-coches_1_13148893.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Apr 2026 18:11:15 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un juez de Córdoba otorga una indemnización del 5% sobre el valor del vehículo a un afectado por el 'cártel de coches']]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Mercantil,concesionario]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La jefa de Salud Mental del Reina Sofía, imputada por el suicidio de un paciente, niega que este quisiera quitarse la vida]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jefa-salud-mental-reina-sofia-imputada-suicidio-paciente-niega-quisiera-quitarse-vida_1_13147731.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ee8e2492-86be-47f1-aac2-fc51e51e8a84_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La jefa de Salud Mental del Reina Sofía, imputada por el suicidio de un paciente, niega que este quisiera quitarse la vida"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba acoge la primera sesión del juicio a la psiquiatra Carmen Prada, para quien la Fiscalía solicita cuatro años de prisión por denegación de asistencia sanitaria y homicidio imprudente</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de lo Penal 4 ha celebrado este jueves la primera sesi&oacute;n del juicio a la directora de la Unidad de Gesti&oacute;n Cl&iacute;nica de Salud Mental del Hospital Reina Sof&iacute;a, Carmen Prada, para quien la Fiscal&iacute;a pide cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n por denegaci&oacute;n de asistencia sanitaria y homicidio imprudente a un hombre que finalmente falleci&oacute;. La vista se ha celebrado durante toda la ma&ntilde;ana y ha contado con un extenso interrogatorio a la acusada, durante el cual se han producido momentos de tensi&oacute;n entre la acusaci&oacute;n particular y la fiscal con la jueza a raz&oacute;n de la forma en la que se estaba desarrollando el mismo. Durante su declaraci&oacute;n, Prada ha defendido su actuaci&oacute;n y la de su equipo, y ha rechazado que el hombre se suicidara, sino que su fallecimiento fue &ldquo;una concatenaci&oacute;n desgraciada&rdquo; debido a las patolog&iacute;as que sufr&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        Al inicio de la sesi&oacute;n, la sala discuti&oacute; la pr&aacute;ctica de la prueba pericial. Mientras la acusaci&oacute;n particular -que solicita ocho a&ntilde;os de prisi&oacute;n- ped&iacute;a que los peritos declararan en conjunto -uno de ellos no ha podido acudir a la sesi&oacute;n-, la defensa y la Fiscal&iacute;a se opusieron, considerando que era &ldquo;m&aacute;s acertado hacer un examen por separado&rdquo;. Asimismo, la defensa pidi&oacute; la admisi&oacute;n de pruebas relacionadas con el historial cl&iacute;nico del fallecido durante su estancia en prisi&oacute;n en 2018 y otra documental. La primera cuesti&oacute;n ha sido rechazada por la jueza, quien ha considerado que las declaraciones de los peritos ser&aacute; &ldquo;m&aacute;s esclarecedora&rdquo; si se hacen por separado. Sobre la segunda cuesti&oacute;n previa, la jueza solo ha admitido enviar un oficio a la c&aacute;rcel para que se remita dicha documentaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En relaci&oacute;n con la v&iacute;ctima, seg&uacute;n lo declarado por Prada y a tenor de las pruebas documentales, desde 2006 hasta 2020 -el hombre muri&oacute; en junio de ese a&ntilde;o-, el paciente tuvo entre 50 y 60 consultas, y hasta ocho ingresos hospitalarios por crisis agudas. La acusada ha rechazado en varias ocasiones que el paciente fuera un enfermo mental grave, sino que padec&iacute;a un &ldquo;trastorno de personalidad mixto&rdquo; que se intensificaba con episodios psic&oacute;ticos agudos provocados por el &ldquo;consumo de t&oacute;xicos&rdquo;. Sobre ellos, Prada ha puntualizado que el paciente no consum&iacute;a drogas -aunque muy espor&aacute;dicamente habr&iacute;a hecho uso de coca&iacute;na-, sino que lo que consum&iacute;a eran &ldquo;antidepresivos activadores y productos de gimnasio&rdquo;. De hecho, ha relatado que este hombre fue ingresado en la Unidad de Cuidado Intensivos (UCI) en 2011 por un &ldquo;cuadro de intoxicaci&oacute;n grave&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, &ldquo;la situaci&oacute;n de descompensaci&oacute;n era porque el consumo de sustancias potenciaba enormemente los s&iacute;ntomas de un trastorno de personalidad e impulsividad&rdquo;, ha explicado la sanitaria para justificar por qu&eacute; no se le consideraba un paciente con un trastorno mental grave. Adem&aacute;s, ha se&ntilde;alado que el seguimiento de su trastorno se produc&iacute;a a trav&eacute;s de los servicios comunitarios y ha puntualizado para qu&eacute; sirven las camas de ingreso de la Unidad de Salud Mental del Hospital Provincial: 96 est&aacute;n destinadas a la atenci&oacute;n de episodios de crisis hasta que se logra el control de la situaci&oacute;n cl&iacute;nica del paciente y 19 est&aacute;n reservadas para patolog&iacute;as graves y prolongadas, dirigidas a pacientes que no solo han pasado el episodio agudo, sino que requieren una atenci&oacute;n continua por la persistencia de su enfermedad. En el caso de la v&iacute;ctima, y seg&uacute;n ha apuntado Prada, tras recibir el alta hospitalaria se le realizaba un seguimiento por los servicios comunitarios, siguiendo el protocolo establecido. 
    </p><h2 class="article-text">Prada niega que la v&iacute;ctima quisiera suicidarse</h2><p class="article-text">
        Sobre si la muerte de la v&iacute;ctima fue un suicidio o no, la magistrada ha pedido que durante el juicio no se hable de autolisis. De hecho, Prada -que se ha visto arropada por compa&ntilde;eros y amigos, de los que muchos no han podido entrar a la sala- ha negado que el hombre tuviera una voluntad real de quitarse la vida. Seg&uacute;n la acusada, el fallecimiento del joven en 2020 y sus crisis previas no responden a un perfil autol&iacute;tico, sino a una &ldquo;situaci&oacute;n de impulsividad y de riesgo&rdquo; derivada de un estilo de vida marcado por el consumo de sustancias.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha definido la psiquiatra, un suicidio es sin&oacute;nimo de &ldquo;b&uacute;squeda de la muerte&rdquo;, algo que no ser&iacute;a aplicable a este paciente. Adem&aacute;s, ha asegurado que, tras sus ingresos hospitalarios, se determin&oacute; que &ldquo;no se apreciaba informaci&oacute;n psic&oacute;tica&rdquo; y que el origen de tales desajustes era puramente &ldquo;t&oacute;xico&rdquo;, provocado por el abuso de f&aacute;rmacos. Bas&aacute;ndose en su conocimiento de la sintomatolog&iacute;a del paciente y en los informes forenses que obran en la causa, ha asegurado que la muerte de este paciente fue una &ldquo;concatenaci&oacute;n desgraciada&rdquo; de factores f&iacute;sicos: &ldquo;Una cardiopat&iacute;a b&aacute;sica y un h&iacute;gado graso que dificultaron la metabolizaci&oacute;n de los f&aacute;rmacos ingeridos, derivando en un edema pulmonar&rdquo;. De hecho, ha manifestado, el consumo de f&aacute;rmacos del d&iacute;a del deceso &ldquo;no era abusivo&rdquo; en el sentido de buscar la muerte intencionadamente.
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                Hospital Provincial, donde se encuentra la Unidad de Salud Mental                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">El trastorno del paciente no requer&iacute;a de atenci&oacute;n domiciliaria</h2><p class="article-text">
        Una de las l&iacute;neas de las acusaciones p&uacute;blica y particular ha radicado en la existencia de una especie de &ldquo;hoja de ruta&rdquo; a trav&eacute;s de la cual se llevar&iacute;a a cabo una atenci&oacute;n domiciliaria de este tipo de pacientes. Ante las preguntas de la Fiscal&iacute;a sobre por qu&eacute; no se realiz&oacute; un seguimiento en la vivienda de la v&iacute;ctima, la acusada ha sido tajante: &ldquo;Ese documento no reg&iacute;a&rdquo; en el momento de los hechos, sino que era &ldquo;un documento de trabajo interno de la unidad en expectativas de mejora&rdquo;. Seg&uacute;n su testimonio, se trataba de un borrador que buscaba aportar el m&aacute;ximo de opciones asistenciales para que se fueran instaurando progresivamente, pero ha insistido en que, en aquel periodo, &ldquo;la prestaci&oacute;n del servicio domiciliario no era obligatoria&rdquo;, aunque s&iacute; podr&iacute;a hacerse en casos puntuales. 
    </p><p class="article-text">
        En ese sentido, Prada ha explicado que depend&iacute;a estrictamente &ldquo;del riesgo cl&iacute;nico&rdquo; y de la sintomatolog&iacute;a del paciente. En el caso de la v&iacute;ctima, la acusada ha insistido en que, a lo largo de su historia cl&iacute;nica, &ldquo;nunca&rdquo; se le consider&oacute; que padeciera un trastorno mental grave. M&aacute;s tarde, a preguntas de su defensa, ha aclarado que no fue hasta 2021 cuando se puso en marcha un protocolo oficial con dotaci&oacute;n de recursos para llevar a cabo dicha atenci&oacute;n domiciliaria. 
    </p><h2 class="article-text">Siete de ocho ingresos hospitalarios fueron involuntarios</h2><p class="article-text">
        Durante el interrogatorio se ha podido conocer que de los ocho ingresos hospitalarios que tuvo la v&iacute;ctima, siete fueron involuntarios. Es decir, fue la propia familia la que los requiri&oacute; y un juez los aprob&oacute;. Algunos de los ingresos que se han abordado durante el juicio han sido los siguientes. Entre octubre y diciembre 2013, el hombre ingres&oacute; en tres ocasiones en dicha unidad. En la &uacute;ltima ocasi&oacute;n lleg&oacute; a manifestar que &ldquo;no puede m&aacute;s, que se quiere morir, que no soporta esto&rdquo; y dec&iacute;a que ir&iacute;a &ldquo;al reino de los cielos&rdquo;, que quer&iacute;a &ldquo;ser Dios&rdquo; y que ten&iacute;a decidido c&oacute;mo hacerlo. 
    </p><p class="article-text">
         En 2014, el juez dict&oacute; su internamiento en junio, pero no se ejecut&oacute; porque el paciente no acudi&oacute; a la puerta de Urgencias del Provincial, lugar por el que deb&iacute;a ingresar. Sobre esta hospitalizaci&oacute;n fallida, Prada ha explicado que el Servicio Andaluz de Salud &ldquo;no dispone de los medios para localizar a pacientes en sus domicilios&rdquo; o en la calle para obligarlos a ingresar. Por ello, son los familiares o allegados del paciente quienes deben encargarse de que acuda al centro sanitario. En aquel ingreso de 2014, &ldquo;el paciente nunca lleg&oacute; a nuestra puerta de Urgencias&rdquo;, por lo que no fue hospitalizado. 
    </p><p class="article-text">
        El &uacute;nico ingreso voluntario se produjo en mayo de 2019 debido a que la v&iacute;ctima se encontraba &ldquo;en una situaci&oacute;n de exclusi&oacute;n social&rdquo; y tem&iacute;a por su propia integridad. El &uacute;ltimo ingreso fue en abril de 2020, dos meses antes de su fallecimiento, tras un cuadro de agresividad. 
    </p><h2 class="article-text">Absuelto de apu&ntilde;alar a otro hombre tras alegar defensa propia y trastorno mental</h2><p class="article-text">
        Pero antes del ingreso voluntario en 2019, la vida de la v&iacute;ctima dej&oacute; tras de s&iacute; otro episodio tr&aacute;gico: la muerte de un hombre apu&ntilde;alado en el Paseo de la Victoria en 2015, por la que estuvo imputado. Tras permanecer tres a&ntilde;os en prisi&oacute;n provisional (de 2015 a 2018), un tribunal de jurado lo absolvi&oacute; despu&eacute;s de que su abogado alegara defensa propia y trastorno mental. Durante el juicio fue muy relevante el informe de su psiquiatra privado, quien le diagnostic&oacute; un trastorno esquizoafectivo. Sin embargo, Prada ha asegurado no compartir dicho diagn&oacute;stico. 
    </p><p class="article-text">
        A pesar de la absoluci&oacute;n y de la salida de prisi&oacute;n, seg&uacute;n la acusaci&oacute;n particular, la familia del paciente mostr&oacute; un temor constante por las consecuencias de su libertad. A trav&eacute;s de quejas remitidas a la Delegaci&oacute;n de Salud, los familiares manifestaron que la convivencia con el joven era &ldquo;insoportable&rdquo; y expresaron un miedo real por &ldquo;lo que pudiera hacer su hijo con respecto a su vida y a la vida de terceras personas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tras este causa judicial, el paciente fue derivado de nuevo a consultas externas por su m&eacute;dico de cabecera al presentar una &ldquo;sintomatolog&iacute;a adaptativa&rdquo; tras su estancia en prisi&oacute;n. En ese momento, el paciente habr&iacute;a manifestado su deseo de no seguir el tratamiento en la red p&uacute;blica, prefiriendo continuar con el psiquiatra privado. En esa l&iacute;nea, Prada ha defendido que los recursos sanitarios estuvieron siempre a disposici&oacute;n del paciente.
    </p><p class="article-text">
        Al cierre del interrogatorio, la jueza ha preguntado a la acusada sobre las peticiones que le hac&iacute;a la familia del paciente. &ldquo;Ped&iacute;an asistencia porque la situaci&oacute;n era &rdquo;inabordable&ldquo; y la convivencia se volv&iacute;a &rdquo;imposible e intolerable&ldquo;. El juicio continuar&aacute; la semana que viene. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/jefa-salud-mental-reina-sofia-imputada-suicidio-paciente-niega-quisiera-quitarse-vida_1_13147731.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Apr 2026 13:07:37 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La jefa de Salud Mental del Reina Sofía, imputada por el suicidio de un paciente, niega que este quisiera quitarse la vida]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,Hospital Reina Sofía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Piden cuatro años de cárcel para una programadora acusada de estafar en la venta de una web que no era suya]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-cuatro-anos-carcel-programadora-acusada-estafar-venta-web-no_1_13144724.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b46306ba-8dbf-4df9-9d7c-2aa8b6ad7ef1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Piden cuatro años de cárcel para una programadora acusada de estafar en la venta de una web que no era suya"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La procesada, que es multirreincidente, aseguró a la víctima que recibiría un millón de visitas al mes con ese portal de internet</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba prev&eacute; celebrar este jueves un juicio contra una programadora acusada de estafar en la venta de una web de la que no era titular. La Fiscal&iacute;a pide para ella cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n, concurriendo la agravante de multirreincidencia.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el relato de la acusaci&oacute;n p&uacute;blica, los hechos comenzaron cuando el perjudicado contact&oacute; con la acusada a trav&eacute;s de un amigo com&uacute;n para adquirir p&aacute;ginas web. Ambos suscribieron un contrato en el que la mujer se compromet&iacute;a a desarrollar 20 p&aacute;ginas web de nicho a cambio de una suma econ&oacute;mica que el denunciante fue abonando progresivamente mediante transferencias bancarias.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el Ministerio Fiscal sostiene que la acusada, con el prop&oacute;sito de enriquecerse, propuso un cambio en el acuerdo inicial. Convenci&oacute; al denunciante para que, en lugar de las 20 webs pactadas, le comprara una p&aacute;gina web espec&iacute;fica de la que ella aseguraba falsamente ser la propietaria. Para asegurar la venta, la programadora prometi&oacute; resultados extraordinarios: un mill&oacute;n de visitas mensuales y una alta rentabilidad. El comprador acept&oacute; la propuesta, acordando que los pagos ya realizados para el primer proyecto se computaran como parte del precio de adquisici&oacute;n de esta nueva web.
    </p><p class="article-text">
        Para evitar que el enga&ntilde;o fuera descubierto antes de recibir todo el dinero, la acusada se neg&oacute; a facilitar el nombre del sitio web bajo la excusa de &ldquo;motivos de seguridad&rdquo; hasta que el pago no fuera completado. Una vez que el denunciante abon&oacute; la totalidad del precio, incluyendo el IVA, la procesada facilit&oacute; ciertos datos de acceso. No obstante, el fraude se hizo evidente cuando fue incapaz de transmitir el contenido, el servicio de alojamiento (hosting) o las copias de seguridad del sitio. El motivo, seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a, es que la acusada no era la titular de la p&aacute;gina, por lo que el perjudicado nunca pudo tomar posesi&oacute;n de su inversi&oacute;n y ahora reclama la indemnizaci&oacute;n correspondiente.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a considera que estos hechos son constitutivos de un delito de estafa, por el que pide cuatro a&ntilde;os de prisi&oacute;n y el pago de las costas procesales.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-cuatro-anos-carcel-programadora-acusada-estafar-venta-web-no_1_13144724.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 15 Apr 2026 11:58:14 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Piden cuatro años de cárcel para una programadora acusada de estafar en la venta de una web que no era suya]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,Fiscalía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Seis años de cárcel por asaltar tres pisos en Córdoba y llevarse más de 313.000 euros]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/seis-anos-carcel-asaltar-tres-pisos-cordoba-llevarse-150-000-euros_1_13144162.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/38f67869-15da-49ae-8399-a6393d787642_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Seis años de cárcel por asaltar tres pisos en Córdoba y llevarse más de 313.000 euros"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la condena a un miembro de un grupo criminal que llegó a saquear dos domicilios de un mismo portal en una sola mañana</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) ha ratificado la sentencia que condena a un hombre a una pena de seis a&ntilde;os de prisi&oacute;n por su participaci&oacute;n activa en una serie de robos con fuerza en domicilios de C&oacute;rdoba capital. El fallo ha desestimado el recurso del acusado y ha validado las pruebas que lo sit&uacute;an como autor de tres asaltos distintos, a pesar de que este solo reconoc&iacute;a uno de ellos. En total, la banda se llev&oacute; m&aacute;s de 313.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a noviembre de 2018, cuando el acusado se desplaz&oacute; a C&oacute;rdoba junto a, al menos, otras dos personas que actualmente se encuentran en paradero desconocido. El grupo se hospedaba en un hostal con el fin de recabar informaci&oacute;n sobre zonas favorables para cometer los robos, buscando especialmente domicilios con f&aacute;cil acceso a las autov&iacute;as de salida de la ciudad para garantizar una huida r&aacute;pida.
    </p><p class="article-text">
        Actuaban preferentemente en horario de ma&ntilde;ana, aprovechando que los propietarios se encontraban trabajando y las viviendas estaban vac&iacute;as. Para acceder a los inmuebles, utilizaban la t&eacute;cnica de fracturar el bomb&iacute;n de la cerradura. El robo m&aacute;s cuantioso se produjo el 8 de noviembre de 2018. Actuando de forma coordinada con otras dos personas, el condenado asalt&oacute; dos viviendas situadas en un mismo edificio de la ciudad aprovechando el horario de ma&ntilde;ana. Entre las 11:00 y las 14:30, accedieron a un domicilio tras fracturar el bomb&iacute;n de la cerradura. Del interior sustrajeron una caja fuerte atornillada que conten&iacute;a joyas valoradas en m&aacute;s de 60.000 euros y un sobre con 40.000 euros en efectivo. Sumando otros lotes de joyas y 17 dispositivos electr&oacute;nicos, el valor total de lo robado en esta casa ascendi&oacute; a m&aacute;s de 161.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        En ese mismo intervalo de tiempo y en el mismo inmueble, el grupo forz&oacute; otra vivienda. En esta ocasi&oacute;n se llevaron tres relojes, joyas con brillantes, ordenadores port&aacute;tiles y diversas prendas de ropa, efectos valorados en 5.645 euros. Semanas despu&eacute;s, el 27 de noviembre, el condenado particip&oacute; en un tercer robo en una calle diferente de C&oacute;rdoba. En este caso, el bot&iacute;n consisti&oacute; en relojes, joyas y un bolso, todo valorado en cerca de 147.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        Por estos hechos, la Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba conden&oacute; al hombre a seis a&ntilde;os de prisi&oacute;n, fallo que fue recurrido ante el TSJA, que, a su vez, ha desestimado &iacute;ntegramente el recurso presentado por su defensa. En su escrito, el abogado del procesado asegur&oacute; que no hab&iacute;a huellas de su defendido en el segundo y tercer robo. Sin embargo, el TSJA ha respaldado la tesis de la Audiencia de C&oacute;rdoba basada en la &ldquo;solidez indiciaria&rdquo;. As&iacute;, el tribunal ha considerado &ldquo;inveros&iacute;mil&rdquo; que el acusado robara en un piso y que, en la misma ma&ntilde;ana y en el mismo portal, otra banda distinta robara en el piso de arriba usando exactamente el mismo m&eacute;todo de fractura de bomb&iacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, el alto tribunal andaluz ha confirmado la agravante de pertenencia a grupo criminal, ya que ha considerado probado que el acusado y sus acompa&ntilde;antes se desplazaron a C&oacute;rdoba expresamente para delinquir, se alojaron juntos en un hostal y planificaron los robos buscando viviendas con salida r&aacute;pida a las autov&iacute;as para facilitar la huida.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/seis-anos-carcel-asaltar-tres-pisos-cordoba-llevarse-150-000-euros_1_13144162.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 15 Apr 2026 10:38:45 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Seis años de cárcel por asaltar tres pisos en Córdoba y llevarse más de 313.000 euros]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,juzgados,Tribunales,Justicia,Robo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El detenido por matar a su expareja en Córdoba fue arrestado el sábado por entrar en su piso con un martillo y destrozarle un equipo de música]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/detenido-matar-expareja-cordoba-arrestado-sabado-entrar-piso-martillo-destrozarle-equipo-musica_1_13140879.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/31cfabc0-5ebb-42c6-b72c-1d3ceca3346b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El detenido por matar a su expareja en Córdoba fue arrestado el sábado por entrar en su piso con un martillo y destrozarle un equipo de música"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El hombre fue puesto en libertad provisional con una orden de alejamiento, ya que ninguna de las partes solicitó su ingreso en prisión</p><p class="subtitle">“No puede ser que a una hora del juicio, coja y la mate. Hoy ha sido mi madre, otro día puede ser otra mujer”
</p></div><p class="article-text">
        El hombre detenido como presunto autor de la muerte de su expareja en C&oacute;rdoba entr&oacute; en el piso de la v&iacute;ctima, le destroz&oacute; un equipo de m&uacute;sica y la amenaz&oacute; con destrozarle su vivienda el pasado s&aacute;bado. Seg&uacute;n ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TJSA), estos hechos iban a ser juzgado este lunes, pero el detenido acab&oacute; con la vida de su expareja una hora antes de la vista. El pasado domingo, la Polic&iacute;a Nacional ofreci&oacute; a la mujer acompa&ntilde;arla para ir a la Ciudad de la Justicia, pero la v&iacute;ctima habr&iacute;a rechazado esta ayuda, seg&uacute;n la subdelegada del Gobierno en C&oacute;rdoba, Ana L&oacute;pez.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n consta en la denuncia, de la que ha informado el alto tribunal andaluz, el hombre accedi&oacute; a la vivienda armado con un martillo, herramienta con la que procedi&oacute; a destrozar el equipo de m&uacute;sica que ten&iacute;a la mujer. Tras este acto, la habr&iacute;a sujetado por el pecho y amenazado con destrozarle toda la casa. Durante la comparecencia por estos hechos, el detenido se acogi&oacute; a su derecho constitucional a no declarar. Hay que se&ntilde;alar que, seg&uacute;n fuentes judiciales, este es el &uacute;nico antecedente de violencia registrado entre ambos antes del crimen.
    </p><p class="article-text">
        El juzgado acord&oacute; entonces su puesta en libertad provisional, imponiendo como medida cautelar la prohibici&oacute;n de comunicaci&oacute;n y aproximaci&oacute;n a menos de 500 metros de la v&iacute;ctima por un presunto delito de maltrato en el &aacute;mbito de la violencia de g&eacute;nero. El TSJA ha puntualizado que ni la Fiscal&iacute;a ni ninguna de las partes solicitaron su ingreso en prisi&oacute;n provisional ni otras medidas cautelares adicionales.
    </p><p class="article-text">
        Tanto el investigado como la v&iacute;ctima hab&iacute;an sido citados para comparecer este lunes ante la Secci&oacute;n de Violencia sobre la Mujer para la celebraci&oacute;n, si proced&iacute;a, de un juicio r&aacute;pido. Seg&uacute;n ha adelantado este martes <em>Cadena Ser C&oacute;rdoba</em> y ha explicado a los medios de comunicaci&oacute;n la subdelegada del Gobierno en C&oacute;rdoba, Ana L&oacute;pez, la Polic&iacute;a Nacional contact&oacute; varias veces con la v&iacute;ctima tanto el s&aacute;bado como el domingo e, incluso, se le ofreci&oacute; acompa&ntilde;amiento policial para acudir este lunes al juzgado. Sin embargo, la mujer habr&iacute;a rechazado ser auxiliada por los agentes y los emplaz&oacute; a verse ya en la Ciudad de la Justicia. &ldquo;Lo que ha fallado en este caso es que &eacute;l se salt&oacute; una orden judicial&rdquo;, ha enfatizado L&oacute;pez. 
    </p><p class="article-text">
        Actualmente, el detenido a&uacute;n no ha pasado a disposici&oacute;n judicial.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 14 Apr 2026 09:24:04 +0000]]></pubDate>
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