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    <title><![CDATA[Cordópolis - pensiones]]></title>
    <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/temas/pensiones/]]></link>
    <description><![CDATA[Cordópolis - pensiones]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[Condenado a prisión y a no acercarse a su hijo después de tres años sin pagar la pensión de alimentos]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenado-prision-no-acercarse-hijo-despues-tres-anos-pagar-pension-alimentos_1_13133502.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/592f2f24-4d9d-4b1f-8ad2-fc55ea2e9e90_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenado a prisión y a no acercarse a su hijo después de tres años sin pagar la pensión de alimentos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia Provincial de Córdoba ratifica la condena al considerar que el acusado, que es reincidente, priorizó otros gastos pese a tener un trabajo estable, dejando una deuda que supera los 14.500 euros</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha dictado una sentencia que pone fin al recurso de apelaci&oacute;n de un hombre condenado a nueve meses de prisi&oacute;n por un delito de abandono de familia por el impago de pensiones. El tribunal no solo ha ratificado la pena de c&aacute;rcel, sino tambi&eacute;n la medida de acercarse a su exmujer y al hijo menor de edad que tienen en com&uacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el fallo, el acusado deb&iacute;a pagar 400 euros mensuales por sus tres hijos desde la sentencia de divorcio de 2013. Esta obligaci&oacute;n se mantuvo &iacute;ntegra hasta marzo de 2025, fecha en la que se dict&oacute; una sentencia de modificaci&oacute;n de medidas por la cual, a partir de abril de aquel a&ntilde;o, solo efectuar&iacute;a una pensi&oacute;n de alimentos para su hijo menor de edad.  En base a la sentencia, entre mayo de 2022 y octubre de 2025, el procesado dej&oacute; de pagar las mensualidades que le correspond&iacute;an, acumulando una deuda de m&aacute;s de 14.500 euros. Adem&aacute;s, era reincidente en este delito, ya que en enero de 2020 fue condenado por impagos acumulados entre 2014 y 2019 que ascend&iacute;an a m&aacute;s de 19.400 euros.
    </p><p class="article-text">
        En aquella primera sentencia, el juzgado le permiti&oacute; fraccionar el pago de la deuda antigua en cuotas de 150 euros mensuales para que pudiera seguir atendiendo la pensi&oacute;n de 400 euros. Sin embargo, los hechos probados de esta &uacute;ltima sentencia demuestran que el padre utiliz&oacute; ese acuerdo de forma selectiva: pag&oacute; los 150 euros de la deuda pasada para evitar la c&aacute;rcel en aquel proceso, pero desatendi&oacute; casi totalmente las nuevas pensiones devengadas desde junio de 2022. En tres a&ntilde;os, apenas aport&oacute; 894 euros mediante ingresos espor&aacute;dicos, algunos de tan solo cuatro euros. Por ello, el Juzgado de lo Penal n&uacute;mero 4 le impuso nueve meses de prisi&oacute;n, la prohibici&oacute;n de aproximaci&oacute;n a su exesposa y a su hijo, a menos de 200 metros, as&iacute; como la prohibici&oacute;n de comunicarse con ellos durante un periodo de 21 meses.
    </p><p class="article-text">
        En su recurso ante la Audiencia Provincial, la defensa del padre aleg&oacute; que sus ingresos eran insuficientes, argumentando que deb&iacute;a mantener a dos hijos de una nueva relaci&oacute;n y afrontar deudas previas. Lleg&oacute; a sostener que se vio obligado por &ldquo;necesidad imperiosa&rdquo; a priorizar a sus hijos menores frente a los mayores, quienes supuestamente pod&iacute;an trabajar.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, la Sala ha rechazado estos argumentos, record&aacute;ndole que tiene un trabajo fijo desde mayo de 2022 y que percibe un salario superior al m&iacute;nimo interprofesional. Seg&uacute;n la sentencia, la obligaci&oacute;n de alimentos a los hijos tiene &ldquo;car&aacute;cter preferente sobre cualquier otra deuda&rdquo;. En consecuencia, el tribunal ha calificado su conducta como una &ldquo;voluntad maliciosa&rdquo; de dejar a sus hijos desatendidos, se&ntilde;alando que resulta &ldquo;extremadamente dif&iacute;cil pensar&rdquo; que no pudiera disponer de una cantidad m&iacute;nima adicional para ellos en un periodo tan largo.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia tambi&eacute;n ha rechazado eliminar la agravante de reincidencia. Los magistrados aclaran que el nuevo delito se cometi&oacute; mientras los antecedentes de la condena de 2022 estaban plenamente vigentes. Adem&aacute;s, subrayan que el impago de pensiones es un delito de tracto sucesivo que se perpet&uacute;a en el tiempo, lo que impide considerar cancelados sus antecedentes penales.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de la pena de prisi&oacute;n y las medidas de comunicaci&oacute;n y alejamiento, el condenado deber&aacute; indemnizar a la madre con los m&aacute;s de 14.500 euros de las mensualidades impagadas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenado-prision-no-acercarse-hijo-despues-tres-anos-pagar-pension-alimentos_1_13133502.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 27 Apr 2026 18:01:48 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Condenado a prisión y a no acercarse a su hijo después de tres años sin pagar la pensión de alimentos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un padre acude a la Justicia para recuperar la pensión pagada durante años tras descubrir que su hijo ya trabajaba]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/padre-acude-justicia-recuperar-pension-pagada-durante-anos-descubrir-hijo-trabajaba_1_13103888.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e265f0e7-fda7-406f-9641-54e0f91cf8f6_16-9-discover-aspect-ratio_default_1139922.jpg" width="1066" height="600" alt="Un padre acude a la Justicia para recuperar la pensión pagada durante años tras descubrir que su hijo ya trabajaba"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juzgado de instancia le dio la razón, extinguiendo la ayuda desde 2018, pero rechazó la devolución de lo abonado porque esta petición no estaba incluida en la demanda y lo hizo en la vista oral </p><p class="subtitle">La Audiencia Provincial ha obligado a comunicar la sentencia a la madre -que estaba en rebeldía- y, tras ello, decidirá sobre el reintegro de las cantidades</p></div><p class="article-text">
        En febrero de 2025, un juzgado de Pe&ntilde;arroya-Pueblonuevo fall&oacute; a favor de un padre, extinguiendo -con efectos retroactivos desde 2018- la pensi&oacute;n alimenticia que estaba abonando a su hijo. Esta demanda civil la formul&oacute; cuando tuvo conocimiento de que su v&aacute;stago llevaba a&ntilde;os trabajando, pero ni &eacute;l ni su madre se lo hab&iacute;an trasladado para que dejara de pasarle la pensi&oacute;n. Aunque el juzgado le dio la raz&oacute;n, deneg&oacute; al padre la posibilidad de recuperar el dinero ya abonado desde esa fecha, lo que ha provocado que la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba haya anulado el proceso por un defecto de forma.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia de primera instancia estim&oacute; parcialmente la demanda interpuesta por el progenitor al quedar acreditado que su hijo trabajaba de forma continuada desde enero de 2018. Bas&aacute;ndose en el &ldquo;principio de flexibilidad&rdquo; de los procedimientos de familia, el juzgado acord&oacute; que la pensi&oacute;n quedaba extinguida desde el momento en que el hijo empez&oacute; a trabajar. Por su parte, el hijo acept&oacute; que se extinguiera la pensi&oacute;n, pero su madre no contest&oacute; a la demanda.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, el juzgado rechaz&oacute; la petici&oacute;n del padre de obligar a la madre y al hijo a devolver las cantidades percibidas durante estos siete a&ntilde;os. El magistrado de instancia argument&oacute; que dicha reclamaci&oacute;n era &ldquo;extempor&aacute;nea&rdquo;, ya que no se incluy&oacute; en la demanda inicial y se plante&oacute; &ldquo;por sorpresa&rdquo; durante la vista. Adem&aacute;s, aludi&oacute; a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el car&aacute;cter consumible de los alimentos para denegar el reembolso.
    </p><p class="article-text">
        Contra esta sentencia, el padre formul&oacute; un escrito alegando abuso de derecho y enriquecimiento injusto, adem&aacute;s de cuestionar la interpretaci&oacute;n del juzgado. Antes de entrar a valorar si el padre tiene derecho o no a recuperar su dinero, la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de C&oacute;rdoba ha decretado la nulidad de las actuaciones porque la madre solo conoc&iacute;a la demanda original, tendente &uacute;nicamente a la extinci&oacute;n del pago de la pensi&oacute;n, pero nunca fue informada de que en el juicio se iba a pedir tambi&eacute;n que devolviera miles de euros. Seg&uacute;n la Audiencia, resolver sobre ello cuando una de las partes no ten&iacute;a conocimiento ha generado una situaci&oacute;n de indefensi&oacute;n que ha invalidado el proceso.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Audiencia ha calificado como &ldquo;improcedente&rdquo; el razonamiento utilizado en la sentencia de instancia. As&iacute;, los magistrados han argumentado que si este juzgado consideraba que la petici&oacute;n del padre para recuperar el dinero era &ldquo;extempor&aacute;nea&rdquo;, no deber&iacute;a haber entrado a valorar si proced&iacute;a o no bas&aacute;ndose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Seg&uacute;n la Sala, &ldquo;si la pretensi&oacute;n es inadmisible, resulta innecesaria cualquier argumentaci&oacute;n para su estimaci&oacute;n o desestimaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Con esta decisi&oacute;n, la Audiencia ha obligado al juzgado de instancia a notificar legalmente la sentencia a la madre. El objetivo es garantizar que ella pueda conocer la reclamaci&oacute;n y defenderse o recurrir si lo desea. Solo una vez cumplido este tr&aacute;mite, el caso regresar&aacute; a la Audiencia Provincial para que los magistrados decidan definitivamente sobre la devoluci&oacute;n de las pensiones abonadas desde 2018.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/padre-acude-justicia-recuperar-pension-pagada-durante-anos-descubrir-hijo-trabajaba_1_13103888.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 03 Apr 2026 18:03:21 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un padre acude a la Justicia para recuperar la pensión pagada durante años tras descubrir que su hijo ya trabajaba]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenado en Córdoba a pagar 9.600 euros a su exmujer tras 26 años dedicada al cuidado del hogar]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/condenado-cordoba-pagar-9-600-euros-exmujer-26-anos-dedicada-cuidado-hogar_1_13031695.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2de62649-7145-4675-97c5-079ae8c305bc_16-9-discover-aspect-ratio_default_1135382.jpg" width="1036" height="583" alt="Condenado en Córdoba a pagar 9.600 euros a su exmujer tras 26 años dedicada al cuidado del hogar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia revoca un fallo de un juzgado de Montilla al considerar que su entrega a la familia supuso un "obstáculo en su devenir laboral" y mermó sus cotizaciones para la jubilación, prevista para dentro de 48 meses</p></div><p class="article-text">
        Un hombre deber&aacute; pagar 200 euros al mes a su exmujer durante cuatro a&ntilde;os -es decir, 9.600 euros- como compensaci&oacute;n a los 26 a&ntilde;os de dedicaci&oacute;n al hogar. As&iacute; lo ha estipulado una sentencia de la  Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba, que ha revocado parcialmente un fallo de un juzgado de Lucena. El tribunal ha considerado acreditado que la dedicaci&oacute;n exclusiva de la mujer hacia su familia durante gran parte de su matrimonio supuso un &ldquo;obst&aacute;culo en su devenir laboral y consiguiente autonom&iacute;a econ&oacute;mica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La demandante y su exmarido contrajeron matrimonio en junio de 1986. Seg&uacute;n los hechos probados, la mujer se dedic&oacute; al cuidado del hogar y de sus dos hijas (nacidas en 1990 y 1995) de forma ininterrumpida hasta 2012, momento en el que comenz&oacute; a trabajar fuera de casa. A pesar de que en la actualidad la mujer cuenta con un empleo estable, la Audiencia ha llamado la atenci&oacute;n sobre la &ldquo;notable diferencia de ingresos&rdquo; entre ambos c&oacute;nyuges: mientras ella gana mensualmente poco m&aacute;s de 900 euros, su exmarido ingresa cerca de 2.300 euros. El tribunal ha subrayado que el desequilibrio no solo es salarial, sino que la falta de cotizaci&oacute;n durante los a&ntilde;os de crianza afectar&aacute; negativamente a su futura pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En un primer momento, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 3 de Lucena hab&iacute;a denegado la pensi&oacute;n compensatoria al considerar que la mujer ya estaba incorporada al mercado laboral. Sin embargo, la Audiencia Provincial sostiene que el mero hecho de trabajar no elimina el derecho a la compensaci&oacute;n si existe un empeoramiento de su situaci&oacute;n tras la ruptura en comparaci&oacute;n con el nivel de vida mantenido durante el matrimonio. Como en otras sentencias precedentes, el tribunal recalca que la verdadera finalidad de esta pensi&oacute;n es &ldquo;ayudar al c&oacute;nyuge a alcanzar el grado de autonom&iacute;a econ&oacute;mica&rdquo; que habr&iacute;a tenido de no haber mediado el matrimonio y su dedicaci&oacute;n a las tareas dom&eacute;sticas.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, la pensi&oacute;n deber&aacute; ser 200 euros mensuales hasta que la mujer alcance la edad de jubilaci&oacute;n, prevista dentro de cuatro a&ntilde;os. Con este plazo, el tribunal entiende que se podr&aacute; restaurar el equilibrio econ&oacute;mico por los propios medios de la beneficiaria.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Mar 2026 18:57:13 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Condenado en Córdoba a pagar 9.600 euros a su exmujer tras 26 años dedicada al cuidado del hogar]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,pensiones,divorcio]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un año de prisión para un padre reincidente que dejó de pagar la pensión de su hija porque no quería]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/ano-prision-padre-reincidente-dejo-pagar-pension-hija-no-queria_1_12994889.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2bcf875e-a218-4f21-b0c0-ea55d8bf1ff0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un año de prisión para un padre reincidente que dejó de pagar la pensión de su hija porque no quería"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia Provincial de Córdoba desestima el recurso del progenitor, quien ya contaba con dos sentencias previas por los mismos hechos, al considerar probado que el impago fue voluntario y no por falta de ingresos</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha dictado una sentencia en la que confirma la pena de 12 meses de prisi&oacute;n para un hombre por no pagar la pensi&oacute;n alimenticia de su hija. La resoluci&oacute;n ratifica &iacute;ntegramente el fallo previo del Juzgado de lo Penal n&uacute;mero 6, subrayando la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia, dado que el acusado ya hab&iacute;a sido condenado por hechos similares en 2018 y 2020.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, el padre estaba obligado por una sentencia de 2010 a abonar 220 euros mensuales en concepto de pensi&oacute;n de alimentos para su hija menor. Sin embargo, el tribunal constat&oacute; que, desde julio de 2020 hasta julio de 2025, el acusado dej&oacute; de satisfacer estas cantidades de manera sistem&aacute;tica. 
    </p><p class="article-text">
        Aunque realiz&oacute; algunos ingresos espor&aacute;dicos de peque&ntilde;as cuant&iacute;as (entre 50 y 200 euros en fechas puntuales), la Sala ha considerado que estos fueron pagos &ldquo;caprichosos&rdquo; y, en algunos casos, ni siquiera estaban correctamente destinados a la beneficiaria.
    </p><p class="article-text">
        En su recurso de apelaci&oacute;n, la defensa del condenado aleg&oacute; una supuesta situaci&oacute;n de precariedad. No obstante, la Audiencia ha rechazado este argumento bas&aacute;ndose en el informe de vida laboral del acusado, que demuestra que percibi&oacute; ingresos suficientes durante el periodo enjuiciado para, al menos, cubrir parcialmente la pensi&oacute;n.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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            <span class="title">
                Exteriores de la Ciudad de la Justicia de Córdoba                            </span>
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                </figure><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el tribunal ha recordado que en marzo de 2024 se desestim&oacute; una solicitud de modificaci&oacute;n de medidas instada por el propio apelante, lo que confirma que &ldquo;no hubo una variaci&oacute;n real de sus circunstancias econ&oacute;micas&rdquo; que justificara el cese de los pagos. As&iacute;, para la Audiencia, el acusado no pag&oacute; la totalidad de las pensiones simplemente &ldquo;porque no ha querido&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, en su recurso, el padre ha alegado dilaciones indebidas, que tambi&eacute;n han sido rechazadas. El procedimiento ha durado algo m&aacute;s de dos a&ntilde;os, &ldquo;algo m&aacute;s que razonable&rdquo; para el tribunal, que tambi&eacute;n ha apuntado que fue el propio progenitor quien lo ha demorado al no comparecer en los primeros llamamientos judiciales y provocar retrasos adicionales durante la tramitaci&oacute;n de su solicitud de justicia gratuita, la cual termin&oacute; siendo denegada.
    </p><p class="article-text">
        Junto a la pena de c&aacute;rcel, el fallo confirma que el padre deber&aacute; indemnizar a la madre de su hija con el importe total de las pensiones adeudadas entre julio de 2020 y julio de 2025.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/ano-prision-padre-reincidente-dejo-pagar-pension-hija-no-queria_1_12994889.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 19 Feb 2026 21:30:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un año de prisión para un padre reincidente que dejó de pagar la pensión de su hija porque no quería]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,pensiones,menores]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una concentración protesta contra el gasto armamentístico y pide más inversión en pensiones y sanidad públicas]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/concentracion-protesta-gasto-armamentistico-pide-inversion-pensiones-sanidad-publicas_3_12955491.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4609b803-7161-42ab-8c2d-54afcd444884_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una concentración protesta contra el gasto armamentístico y pide más inversión en pensiones y sanidad públicas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle"></p></div><p class="article-text">
        La Plataforma en Defensa del Sistema P&uacute;blico de Pensiones en C&oacute;rdoba han vuelto a concentrarse, un lunes m&aacute;s, y en esta ocasi&oacute;n lo han hecho con un mensaje &ldquo;contra el gasto armament&iacute;stico&rdquo; y por una mayor inversi&oacute;n en pensiones, sanidad, residencias y servicios sociales p&uacute;blicos, seg&uacute;n la convocatoria hecha por este colectivo.
    </p><p class="article-text">
        Entre sus reivindicaciones, que han hecho visibles en una concentraci&oacute;n en Capitulares ante el Ayuntamiento de C&oacute;rdoba, la plataforma de pensionistas ha apostado por &ldquo;defender nuestros derechos&rdquo; y ha reiterado sus peticiones de igualar las pensiones m&iacute;nimas al Salario M&iacute;nimo Interprofesional, adem&aacute;s de eliminar la brecha de g&eacute;nero en salarios y pensiones. &ldquo;Gobierne quien gobierne, las pensiones y lo p&uacute;blico se defiende&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Guille Morales]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/concentracion-protesta-gasto-armamentistico-pide-inversion-pensiones-sanidad-publicas_3_12955491.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Feb 2026 16:51:33 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una concentración protesta contra el gasto armamentístico y pide más inversión en pensiones y sanidad públicas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,pensiones,Servicios Sociales,pensionistas,Manifestación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los pensionistas exigen mejores salarios que redunden en las jubilaciones y acabar con la brecha de género]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionistas-exigen-mejores-salarios-redunden-jubilaciones-acabar-brecha-genero_3_12900697.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b602ab27-b012-467b-a1ca-0f8bb3951535_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los pensionistas exigen mejores salarios que redunden en las jubilaciones y acabar con la brecha de género"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Una nueva concentración de protesta pide fortalecer el sistema público de las jubilaciones con medidas específicas en los PGE de 2026</p></div><p class="article-text">
        La Plataforma Ciudadana por la Defensa del Sistema P&uacute;blico de Pensiones de C&oacute;rdoba ha vuelto, un lunes m&aacute;s, a concentrarse en la calle para reclamar mejoras en los salarios y en las pensiones, de manera que se garantice el poder adquisitivo de la ciudadan&iacute;a, adem&aacute;s de medidas que acaben con la brecha de g&eacute;nero entre los pensionistas.
    </p><p class="article-text">
        A las puertas del Ayuntamiento en la calle Capitulares, los integrantes de la plataforma han exigido que los presupuestos del a&ntilde;o 2026 incluyan partidas econ&oacute;micas que garanticen el poder adquisitivo de salarios y pensiones p&uacute;blicas. Asimismo, mantienen su petici&oacute;n de 37,5 horas de jornada laboral, el aumento de las pensiones m&iacute;nimas al nivel del salario m&iacute;nimo profesional y medidas que garanticen cerrar la brecha de g&eacute;nero.
    </p><p class="article-text">
        Entre las reclamaciones de los pensionistas cordobeses tambi&eacute;n est&aacute; que se ejecute la auditor&iacute;a de las cuentas de la Seguridad Social, acordada en el Congreso en el a&ntilde;o 2021, y la derogaci&oacute;n de los planes de empleo privados (que desv&iacute;an las cotizaciones hacia la banca y entidades financieras, privatizando las pensiones y restando medios econ&oacute;micos y materiales de la seguridad social).
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En 2026 vamos a seguir defendiendo nuestras reivindicaciones desde la calle, y ante las instituciones, divulgando e informando a la poblaci&oacute;n de la justicia y vigencia de nuestras posiciones, combatiendo las manipulaciones de los medios de comunicaci&oacute;n en su intento de desinformar y enfrentar a la juventud con el colectivo pensionista, y defendiendo, en unidad de acci&oacute;n con los movimientos sociales y la clase trabajadora, los servicios p&uacute;blicos&rdquo;, se&ntilde;alan en su manifiesto de este lunes.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Guille Morales]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionistas-exigen-mejores-salarios-redunden-jubilaciones-acabar-brecha-genero_3_12900697.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 Jan 2026 12:13:56 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los pensionistas exigen mejores salarios que redunden en las jubilaciones y acabar con la brecha de género]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,pensiones,pensionistas,Manifestación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Unos 60.000 cordobeses cobrarán un 11% más de pensión a partir del 1 de enero]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/60-000-cordobeses-cobraran-11-pension-partir-1-enero_1_12875903.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b74baa49-cf24-4da6-9653-9206afc9a938_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Unos 60.000 cordobeses cobrarán un 11% más de pensión a partir del 1 de enero"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La provincia es uno de los lugares de España con un mayor número de pensionistas cobrando una prestación mínima, cuyo incremento ha aprobado el Gobierno</p></div><p class="article-text">
        Alrededor de 60.000 personas en la provincia de C&oacute;rdoba se beneficiar&aacute;n a partir del pr&oacute;ximo 1 de enero de 2026 de la subida extraordinaria de las pensiones m&iacute;nimas y no contributivas aprobada por el Gobierno, una medida que tendr&aacute; un impacto directo en uno de los colectivos m&aacute;s vulnerables del territorio. En concreto, las pensiones m&iacute;nimas se incrementar&aacute;n un 7% y las no contributivas un 11,4%, por encima del 2,7% de revalorizaci&oacute;n general, en un contexto marcado por el aumento del coste de la vida y las dificultades econ&oacute;micas de miles de hogares.
    </p><p class="article-text">
        La mayor&iacute;a de estos beneficiarios corresponden a pensionistas con prestaciones contributivas que necesitan un complemento a m&iacute;nimos para poder alcanzar el umbral legal establecido. Se trata de personas que han cotizado durante su vida laboral, pero cuyas bases de cotizaci&oacute;n fueron tan bajas que la pensi&oacute;n resultante no alcanza la cuant&iacute;a m&iacute;nima fijada cada a&ntilde;o por el Estado. Seg&uacute;n las estimaciones disponibles a finales de 2025, este grupo engloba a unos 56.500 pensionistas cordobeses, una cifra muy elevada si se tiene en cuenta que el total de pensionistas en la provincia ronda los 185.300.
    </p><p class="article-text">
        Los &uacute;ltimos informes sindicales sit&uacute;an a Andaluc&iacute;a como una de las comunidades con mayor dependencia de estos complementos. De acuerdo con datos de CCOO, el 30,5% de los pensionistas andaluces necesita este apoyo econ&oacute;mico para subsistir, un porcentaje que en el caso de C&oacute;rdoba se sit&uacute;a en la franja alta de la media regional. La explicaci&oacute;n est&aacute; en que la provincia cuenta con una de las pensiones medias m&aacute;s bajas de Espa&ntilde;a, en torno a los 1.187 euros mensuales, muy por debajo de las medias nacionales, lo que empuja a decenas de miles de personas a depender de los m&iacute;nimos legales.
    </p><p class="article-text">
        Junto a este colectivo mayoritario se encuentran los perceptores de pensiones no contributivas, que agrupan a personas que no llegaron a cotizar el m&iacute;nimo exigido &mdash;generalmente 15 a&ntilde;os&mdash; y que reciben una prestaci&oacute;n asistencial gestionada por la Junta de Andaluc&iacute;a. En la provincia de C&oacute;rdoba se estima que hay entre 7.500 y 8.000 beneficiarios de este tipo de pensiones. En 2025, la cuant&iacute;a b&aacute;sica de la pensi&oacute;n no contributiva se sit&uacute;a en 564,70 euros mensuales, lo que supone 7.905,80 euros al a&ntilde;o, una cantidad que apenas alcanza para cubrir los gastos esenciales.
    </p><p class="article-text">
        La subida aprobada de cara a 2026 cobra especial relevancia para estos colectivos. Mientras que el conjunto de las pensiones se revalorizar&aacute; un 2,7%, las m&iacute;nimas experimentar&aacute;n un aumento del 7% y las no contributivas del 11,4%, lo que se traducir&aacute; en un alivio econ&oacute;mico para miles de hogares cordobeses. Antes de esta actualizaci&oacute;n, las cuant&iacute;as m&iacute;nimas en 2025 se sit&uacute;an, por ejemplo, en torno a los 1.127 euros mensuales en el caso de las jubilaciones con c&oacute;nyuge a cargo, unos 874 euros para las jubilaciones sin c&oacute;nyuge o unipersonales, y entre 662 y 1.127 euros en las pensiones de viudedad, en funci&oacute;n de la edad y de las cargas familiares.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/60-000-cordobeses-cobraran-11-pension-partir-1-enero_1_12875903.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 29 Dec 2025 19:02:15 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Unos 60.000 cordobeses cobrarán un 11% más de pensión a partir del 1 de enero]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Gobierno de España,pensionistas,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El PSOE señala que la subida de las pensiones por el Gobierno de España beneficiará a 180.000 cordobeses]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/mas-noticias/psoe-senala-subida-pensiones-gobierno-espana-beneficiara-180-000-cordobeses_1_12871752.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5d13c9d8-b66a-4b08-b079-21715a3ffb45_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El PSOE señala que la subida de las pensiones por el Gobierno de España beneficiará a 180.000 cordobeses"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Alberto Mayoral ha valorado este viernes "muy positivamente la decisión del Gobierno de España"</p></div><p class="article-text">
        El diputado nacional del PSOE por C&oacute;rdoba, Alberto Mayoral, ha valorado este viernes, &ldquo;muy positivamente, la decisi&oacute;n del Gobierno de Espa&ntilde;a de subir las pensiones en 2026, una medida que mejorar&aacute; de forma directa la situaci&oacute;n de m&aacute;s de 180.000 personas mayores en la provincia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, seg&uacute;n ha informado el PSOE en una nota, Mayoral ha destacado que &ldquo;el Gobierno ha decidido reforzar especialmente las pensiones m&aacute;s bajas&rdquo;, pues &ldquo;las pensiones m&iacute;nimas aumentar&aacute;n entre un 7% y un 11,4%, y las pensiones no contributivas y el Ingreso M&iacute;nimo Vital (IMV) subir&aacute;n un 11,4%, lo que implica multiplicar por cuatro el incremento medio del IPC para ayudar a quienes tienen m&aacute;s dificultades para llegar a final de mes&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En C&oacute;rdoba, seg&uacute;n ha detallado Mayoral, &ldquo;el impacto de esta medida ser&aacute; especialmente importante&rdquo;, dado que &ldquo;m&aacute;s de 53.600 pensionistas de la provincia cobran actualmente pensiones m&iacute;nimas, lo que supone casi uno de cada tres pensionistas. Para todas estas personas, la subida aprobada significar&aacute; m&aacute;s ingresos y m&aacute;s tranquilidad y, en el caso de pensiones m&iacute;nimas con c&oacute;nyuge a cargo, la subida que se experimentar&aacute; ascender&aacute; hasta los 1.800 euros anuales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En nuestra provincia hay miles de personas mayores que viven con pensiones muy ajustadas. Esta subida es una decisi&oacute;n clara del Gobierno de Espa&ntilde;a para proteger y dar dignidad a quienes m&aacute;s lo necesitan&rdquo;, ha se&ntilde;alado Mayoral.
    </p><p class="article-text">
        Las pensiones subir&aacute;n de forma general el IPC, un 2,7%, &ldquo;garantizando que no pierdan poder adquisitivo frente a la subida de los precios&rdquo;, de forma que, &ldquo;en el caso de una pensi&oacute;n media de jubilaci&oacute;n, esta revalorizaci&oacute;n supondr&aacute; unos 570 euros m&aacute;s al a&ntilde;o&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El diputado socialista ha recordado que &ldquo;la pensi&oacute;n media en la provincia ronda los 1.050 euros mensuales, una cifra inferior a la media nacional, lo que explica la importancia de priorizar las pensiones m&iacute;nimas y no contributivas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Subir las pensiones no es un gesto, es justicia social. En C&oacute;rdoba, m&aacute;s de 180.000 pensionistas van a notar esta medida, y eso marca la diferencia entre gobernar para la mayor&iacute;a o mirar hacia otro lado&rdquo;, ha concluido Mayoral.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/mas-noticias/psoe-senala-subida-pensiones-gobierno-espana-beneficiara-180-000-cordobeses_1_12871752.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 26 Dec 2025 13:58:29 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El PSOE señala que la subida de las pensiones por el Gobierno de España beneficiará a 180.000 cordobeses]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[PSOE,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Coordinadora de Pensionistas denuncia en Córdoba el “abandono” de los mayores en los Presupuestos de la Junta para 2026]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/coordinadora-pensionistas-denuncia-cordoba-abandono-mayores-presupuestos-junta-2026_3_12810511.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/133b060c-1c7a-40e0-ac8c-d681314db69b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Coordinadora de Pensionistas denuncia en Córdoba el “abandono” de los mayores en los Presupuestos de la Junta para 2026"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Lamentan que las contributivas apenas se incrementen 40 céntimos más al mes</p></div><p class="article-text">
         La <strong>Coordinadora Andaluza por la Defensa del Sistema P&uacute;blico de Pensiones</strong> ha denunciado este lunes en C&oacute;rdoba que el proyecto de Presupuestos de la Junta de Andaluc&iacute;a para 2026 &ldquo;abandona&rdquo; a las pensionistas m&aacute;s desfavavorecidas y a las personas en situaci&oacute;n de dependencia. As&iacute; lo recoge el manifiesto le&iacute;do en la capital, en el que el colectivo acusa al Gobierno andaluz de deso&iacute;r sus peticiones y de presentar unas cuentas &ldquo;continuistas&rdquo; que no responden a las necesidades reales de los mayores.
    </p><p class="article-text">
        En el documento, los movimientos de pensionistas explican que en octubre de 2025 solicitaron reuniones con la consejera de Inclusi&oacute;n Social y con el Grupo Parlamentario Popular para trasladar una serie de propuestas dirigidas a mejorar la situaci&oacute;n de quienes perciben pensiones no contributivas y de las personas dependientes. Sin embargo, aseguran que no obtuvieron respuesta por parte de la Junta ni del grupo parlamentario, lo que, a su juicio, demuestra una &ldquo;falta de inter&eacute;s&rdquo; por escuchar a los colectivos sociales.
    </p><p class="article-text">
        Uno de los puntos m&aacute;s criticados del proyecto presupuestario es el incremento de la ayuda auton&oacute;mica complementaria a las Pensiones No Contributivas (PNC), que sube un <strong>3%</strong>, pasando de <strong>186,45 a 192,04 euros anuales</strong>, lo que supone apenas <strong>40 c&eacute;ntimos m&aacute;s al mes</strong>. La Coordinadora considera esta subida &ldquo;claramente insuficiente&rdquo; y sostiene que ser&iacute;a posible un aumento mayor utilizando unos <strong>105 millones de euros</strong> que, seg&uacute;n se&ntilde;alan, la Junta se ahorra al dejar de abonar la Renta M&iacute;nima de Inserci&oacute;n Social de Andaluc&iacute;a tras la entrada en vigor del Ingreso M&iacute;nimo Vital, que ahora paga el Estado.
    </p><p class="article-text">
        Otro de los reproches es la falta de un plan para acortar los plazos en la tramitaci&oacute;n de ayudas, que actualmente alcanzan una media de <strong>210 d&iacute;as</strong>, cuando la ley establece un m&aacute;ximo de <strong>90</strong>. En el &aacute;mbito de la dependencia, el manifiesto advierte de que el gasto previsto para 2026 ser&aacute; del <strong>1,13% del PIB</strong>, solo cuatro cent&eacute;simas m&aacute;s que el a&ntilde;o anterior, y recuerda que Andaluc&iacute;a es la comunidad que menos invierte por habitante en este servicio.
    </p><p class="article-text">
        La Coordinadora subraya la gravedad de la situaci&oacute;n: m&aacute;s de <strong>44.000 personas</strong> permanecen en lista de espera para recibir ayuda a la dependencia, con una demora media de <strong>574 d&iacute;as</strong> frente a los <strong>180</strong> que marca la ley. Adem&aacute;s, denuncia que <strong>5.292 personas</strong> han fallecido este a&ntilde;o, hasta septiembre, sin llegar a recibir la prestaci&oacute;n que ten&iacute;an reconocida.
    </p><p class="article-text">
        Pese a este escenario, el colectivo critica que el Ejecutivo andaluz presuma de &ldquo;boom econ&oacute;mico&rdquo; mientras aprueba unos presupuestos que, en su opini&oacute;n, no garantizan mejoras ni en las ayudas ni en los tiempos de respuesta. &ldquo;Ese crecimiento no llega a quienes m&aacute;s lo necesitan&rdquo;, lamentan.
    </p><p class="article-text">
        Los movimientos de pensionistas recalcan que el tr&aacute;mite parlamentario de las cuentas a&uacute;n est&aacute; abierto e instan a la Junta a introducir enmiendas que permitan &ldquo;mejorar la vida de las personas m&aacute;s necesitadas&rdquo;. Asimismo, anuncian que continuar&aacute;n trabajando con los grupos que se muestren dispuestos a apoyar cambios y que mantendr&aacute;n la movilizaci&oacute;n en la calle para exigir un giro social en los Presupuestos de 2026.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[ÁLEX GALLEGOS, Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/coordinadora-pensionistas-denuncia-cordoba-abandono-mayores-presupuestos-junta-2026_3_12810511.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 01 Dec 2025 17:58:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Coordinadora de Pensionistas denuncia en Córdoba el “abandono” de los mayores en los Presupuestos de la Junta para 2026]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,pensionistas,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juez falla que 150 euros vitalicios palian la desigualdad de una mujer frente a su exmarido por cuidar sola a su hija con discapacidad]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-falla-150-euros-vitalicios-palian-desigualdad-mujer-frente-exmarido-cuidar-sola-hija-discapacidad_1_12761741.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6a9ad13a-2c57-451a-8078-438bf433ea4e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juez falla que 150 euros vitalicios palian la desigualdad de una mujer frente a su exmarido por cuidar sola a su hija con discapacidad"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia Provincial de Córdoba considera que la dedicación exclusiva de la madre a la hija limita su acceso al mercado laboral y afecta a otras áreas de desarrollo personal</p></div><p class="article-text">
        Una pensi&oacute;n vitalicia de 150 euros ayudan a una mujer a paliar el desequilibrio que est&aacute; suponiendo para una mujer cuidar de forma exclusiva a su hija con gran discapacidad tras una sentencia de divorcio. Esa es la conclusi&oacute;n a la que ha llegado la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba, que ha confirmado la sentencia que el pasado mes de febrero dict&oacute; un juzgado de la capital en el marcado de la separaci&oacute;n de la pareja. Dicha pensi&oacute;n correr&aacute; a cargo de su exmarido, quien recurri&oacute; esta primera sentencia por considerarla injusta.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, a la que ha accedido este medio, el juzgado estableci&oacute;, entre otras medidas, esta pensi&oacute;n compensatoria vitalicia de 150 euros mensuales a favor de la madre. La pareja se cas&oacute; en 2018, tars dos a&ntilde;os de relaci&oacute;n, y la menor naci&oacute; ese mismo a&ntilde;o. Desde su nacimiento, la madre ha asumido el cuidado exclusivo de la menor, mientras que el padre ha continuado con su actividad laboral. Los informes m&eacute;dicos y psiqui&aacute;tricos presentados acreditan que la menor padece trastorno generalizado del desarrollo, autismo infantil, retraso madurativo, d&eacute;ficit de atenci&oacute;n e hiperactividad y s&iacute;ndrome de Pica. Necesita supervisi&oacute;n constante, no controla esf&iacute;nteres y requiere ayuda para vestirse y para sus actividades diarias. La ni&ntilde;a tiene reconocido un grado de discapacidad del 65 % y un grado 3 de dependencia, lo que hace imprescindible la atenci&oacute;n permanente de un adulto. Adem&aacute;s, su cuadro cl&iacute;nico es cr&oacute;nico, incurable y, previsiblemente, no mejorar&aacute;.
    </p><p class="article-text">
        En el proceso de divorcio, el juzgado de Instancia estableci&oacute; la custodia a la madre, con patria potestad compartida; un r&eacute;gimen de visitas alterno, uso de la vivienda al progenitor dado que la progenitora y la menor se trasladaron a M&aacute;laga, 350 euros al mes para la ni&ntilde;a y una pensi&oacute;n compensatoria de 150 euros vitalicios para la madre. Sin embargo, el padre interpuso un recurso alegando que no concurr&iacute;an los requisitos para fijar esa pensi&oacute;n porque su exmujer &ldquo;nunca tuvo expectativas laborales a las que renunciar para cuidar del hogar o de su hija&rdquo;. El tribunal ha rechazado esta primera afirmaci&oacute;n seg&uacute;n la vida laboral de la mujer, quien trabaj&oacute; hasta 2016, a&ntilde;o en que comenz&oacute; la relaci&oacute;n. Tras el nacimiento de la ni&ntilde;a, ella -que tiene 37 a&ntilde;os- se dedic&oacute; en exclusiva a su cuidado y al del hogar. 
    </p><p class="article-text">
        En segundo lugar, el padre sosten&iacute;a que la madre podr&iacute;a tener un trabajo a media jornada porque la ni&ntilde;a iba al colegio. La Sala ha refutado tambi&eacute;n este argumento porque, pese a que ello es cierto, &ldquo;la dedicaci&oacute;n a la menor es particularmente intensa, limitando sustancialmente las posibilidades de la madre de reincorporarse a una actividad laboral afectando del mismo modo a otros &aacute;mbitos de desarrollo personal, como ocio y formaci&oacute;n&rdquo;. Que la menor asista al colegio por la ma&ntilde;ana y tenga que atenderla por la tarde limita, asimismo, &ldquo;sus posibilidades de acceso al mercado laboral&rdquo;. 
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
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    </figure><p class="article-text">
        Esta situaci&oacute;n personal lleva a la madre a recurrir, en determinados momentos, a la ayuda de sus padres. Con respecto a esto, su exmarido ha considerado que, si alg&uacute;n d&iacute;a no cuenta con esta ayuda, no se le agravar&iacute;an sus dificultades. Sin embargo, el tribunal ha condenado esta afirmaci&oacute;n. En primer lugar, porque son &ldquo;varios los motivos&rdquo; por los que la madre no podr&iacute;a contar con el apoyo de su familia, como un viaje, una enfermedad o cualquier indisposici&oacute;n. Adem&aacute;s, el tribunal hace menci&oacute;n a las especiales necesidades de la ni&ntilde;a, &ldquo;por lo que no es f&aacute;cil&rdquo; asumir las funciones de cuidador.
    </p><p class="article-text">
        En vistas a todo ello, la Audiencia ha mantenido la pensi&oacute;n de car&aacute;cter vitalicia hacia la madre, pues su reincorporaci&oacute;n al mercado laboral es altamente improbable dada la situaci&oacute;n cr&oacute;nica de la menor.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, el tribunal ha rechazado el recurso presentado por la madre, quien ped&iacute;a que los desplazamientos de la ni&ntilde;a para cumplir el r&eacute;gimen de visitas fueran realizados &iacute;ntegramente por el padre, o, subsidiariamente, que se efectuaran a mitad de camino entre C&oacute;rdoba y M&aacute;laga. En ese sentido, la Audiencia ha fallado que la madre tiene disponibilidad del veh&iacute;culo necesario y la obligaci&oacute;n de asumir todos los desplazamientos por parte del padre supondr&iacute;a un coste econ&oacute;mico desproporcionado respecto a sus ingresos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/juez-falla-150-euros-vitalicios-palian-desigualdad-mujer-frente-exmarido-cuidar-sola-hija-discapacidad_1_12761741.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 14 Nov 2025 19:00:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un juez falla que 150 euros vitalicios palian la desigualdad de una mujer frente a su exmarido por cuidar sola a su hija con discapacidad]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un repartidor con graves limitaciones físicas logra la incapacidad que le había negado el juzgado]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/repartidor-graves-limitaciones-fisicas-logra-incapacidad-le-habia-negado-juzgado-considerar-podia-trabajar_1_12755039.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/89904697-0c1c-4116-bebf-b2e28c06b347_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un repartidor con graves limitaciones físicas logra la incapacidad que le había negado el juzgado"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoca la sentencia de primera instancia y reconoce esta pensión a un motorista con prótesis de rodilla, lumbalgia y una discapacidad del 78% que le obliga a usar muletas</p></div><p class="article-text">
        Un repartidor con graves limitaciones f&iacute;sicas ha logrado la incapacidad permanente total que un juzgado de lo Social de C&oacute;rdoba le hab&iacute;a negado al considerar que a&uacute;n pod&iacute;a trabajar. Seg&uacute;n la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA), el trabajador tiene m&uacute;ltiples dolencias que imposibilita que pueda ejercer el trabajo que ven&iacute;a desempe&ntilde;ando, por lo que ha revocado la sentencia de primera instancia. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los hechos probados recogidos en la resoluci&oacute;n, el hombre, de 53 a&ntilde;os, trabajaba como motorista repartidor de comida y tiene una pr&oacute;tesis total en la rodilla derecha, lumbalgia, s&iacute;ndrome de apneas-hipopneas del sue&ntilde;o, ictiosis, trastorno depresivo y una espondilitis anquilosante, una enfermedad autoinmune cr&oacute;nica que provoca dolor y rigidez articular. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el trabajador tiene limitaciones org&aacute;nicas y funcionales para las deambulaciones y bipedestaciones moderadas, subir y bajar escaleras con frecuencia, saltar o correr, mantener posiciones forzadas o desplazarse por superficies irregulares o deslizantes. Asimismo, usa muletas y plantilla semirr&iacute;gida, entre otras dolencias, lo que le provoca, tambi&eacute;n un trastorno adaptativo. Sobre la base de todo ello, la Junta de Andaluc&iacute;a le reconoci&oacute; en enero de 2023 un grado de discapacidad del 78% y una tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.
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                Fachada del TSJA, con sede en Granada.                            </span>
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        Con este cuadro cl&iacute;nico, el trabajador solicit&oacute; ante el Juzgado de lo Social n&uacute;mero 2 de C&oacute;rdoba la declaraci&oacute;n de incapacidad permanente absoluta y, de forma subsidiaria, la incapacidad permanente total para su profesi&oacute;n habitual como repartidor de comida. Sin embargo, y aunque el juez le reconoci&oacute; las dolencias, concluy&oacute; que no eran suficientes para impedir el desempe&ntilde;o de su trabajo habitual como repartidor, deneg&aacute;ndole la incapacidad permanente total. Sin embargo, el TSJA ha fallado que s&iacute; es merecedor de esta pensi&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        En su fallo, la Sala ha se&ntilde;alado que las limitaciones acreditadas, puestas en relaci&oacute;n con las exigencias del oficio de motorista repartidor de comida, impiden que el trabajador tenga &ldquo;suficiente aptitud psicof&iacute;sica residual para afrontar con rendimiento, eficacia y profesionalidad las tareas esenciales de su profesi&oacute;n habitual&rdquo;. El tribunal ha subrayado que este trabajo requiere mantener la postura al volante durante toda la jornada, subir y bajar de la moto y desplazarse por superficies irregulares o inclinadas, lo que resulta incompatible con el cuadro cl&iacute;nico del demandante.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, el TSJA considera &ldquo;plenamente justificado&rdquo; reconocerle la incapacidad permanente total, inhabilitando al trabajador para las tareas fundamentales de su profesi&oacute;n, aunque pueda dedicarse a otra distinta.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
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    </figure>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/repartidor-graves-limitaciones-fisicas-logra-incapacidad-le-habia-negado-juzgado-considerar-podia-trabajar_1_12755039.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 10 Nov 2025 19:00:46 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un repartidor con graves limitaciones físicas logra la incapacidad que le había negado el juzgado]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los pensionistas redoblan sus peticiones para fortalecer el sistema de jubilaciones con exigencias a Gobierno y Junta]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionistas-renuevan-peticiones-fortalecer-sistema-jubilaciones-exigencias-gobierno-junta_3_12736316.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/242ef17a-9b3e-4a9a-b660-f772ae07d48c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los pensionistas redoblan sus peticiones para fortalecer el sistema de jubilaciones con exigencias a Gobierno y Junta"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle"></p></div><p class="article-text">
        La Plataforma Ciudadana de C&oacute;rdoba por las Pensiones se ha concentrado este lunes ante el Ayuntamiento de C&oacute;rdoba para renovar sus movilizaciones semanales y retomar las exigencias que dirigen al Gobierno y a la Junta de Andaluc&iacute;a para fortalecer el sistema de pensiones.
    </p><p class="article-text">
        Tras sumarse el pasado 25 de octubre a la gran manifestaci&oacute;n de pensionistas en Madrid, el colectivo en C&oacute;rdoba ha avanzado que la defensa de las principales reivindicaciones ser&aacute; en los pr&oacute;ximos meses el objetivo de sus acciones y movilizaciones. Entre esas reivindicaciones piden que la pensi&oacute;n m&iacute;nima iguale al salario m&iacute;nimo interprofesional neto, que se cierre la brecha de g&eacute;nero en salarios y pensiones p&uacute;blicas entre mujeres y hombres, y que se realice una auditor&iacute;a de las cuentas de la Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, piden que se revaloricen las pensiones seg&uacute;n el IPC real, el fin de las privatizaciones de los planes de pensiones de empleo y que las jubilaciones anticipadas no tengan penalizaci&oacute;n con 40 a&ntilde;os cotizados. Al Gobierno central le solicitan, adem&aacute;s, que se incremente la cuant&iacute;a de las pensiones no contributivas.
    </p><p class="article-text">
        Igualmente, a la Junta de Andaluc&iacute;a le reclaman que mejore el complemento econ&oacute;mico de car&aacute;cter anual y que en los presupuestos para 2026 se incluya una partida que aumente el complemento auton&oacute;mico de las pensiones no contributivas, para conseguir el objetivo de que ninguna pensi&oacute;n est&eacute; por debajo del umbral de la pobreza.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Guille Morales, Carmen Reina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionistas-renuevan-peticiones-fortalecer-sistema-jubilaciones-exigencias-gobierno-junta_3_12736316.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 03 Nov 2025 12:16:16 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los pensionistas redoblan sus peticiones para fortalecer el sistema de jubilaciones con exigencias a Gobierno y Junta]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,mayores,pensiones,pensionistas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La pensión media en Córdoba se mantiene como una de las más bajas de toda España]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pension-media-cordoba-mantiene-bajas-espana_1_12722149.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7f49f467-f373-40d0-858d-80061b5bc2c5_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La pensión media en Córdoba se mantiene como una de las más bajas de toda España"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La provincia cordobesa solo supera a Ourense, Cáceres, Lugo, Almería y Jaén, y se sitúa más de 200 euros por debajo de la media nacional</p></div><p class="article-text">
        La pensi&oacute;n en C&oacute;rdoba contin&uacute;a siendo uno de los principales problemas para los ciudadanos tanto de la provincia como de la capital. Pese a que est&aacute; aumentando con el paso de los meses, esta prestaci&oacute;n se mantiene como una de las m&aacute;s bajas de todo el panorama espa&ntilde;ol, solo superando a Ourense, C&aacute;ceres, Lugo, Almer&iacute;a y Ja&eacute;n. Esto sit&uacute;a a la extensi&oacute;n cordobesa a m&aacute;s de 200 euros por debajo de la media nacional. 
    </p><p class="article-text">
        Como viene siendo habitual en los &uacute;ltimos periodos, C&oacute;rdoba est&aacute; creciendo en la pensi&oacute;n media por encima de lo que lo hace el resto de Espa&ntilde;a, ya que ha aumentado en m&aacute;s de cinco puntos porcentuales, pero contin&uacute;a sin ser suficiente. La provincia solo cobr&oacute; menos que los pensionistas de Ourense, C&aacute;ceres, Lugo, Almer&iacute;a y Ja&eacute;n. 
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
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    </figure><p class="article-text">
        En C&oacute;rdoba existen un total de 183.546 personas cobrando una pensi&oacute;n, que son 600 m&aacute;s que apenas dos meses y un 1,75% m&aacute;s que hace justo un a&ntilde;o, seg&uacute;n el informe que aporta el Ministerio de Seguridad Social. El grueso de pensionistas cordobeses son los jubilados, que ya son 115.232 y de media cobran 1.265,35 euros. 
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, en la provincia cordobesa hay 17.469 personas cobrando una pensi&oacute;n por incapacidad permanente y 42.621 haciendo lo propio con las de viudedad. Asimismo, 6,783 pensiones de orfandad y 1.441 de favor de familiares, conformando el n&uacute;mero global anteriormente mencionado. 
    </p><h2 class="article-text">M&aacute;s de 1.500.000 pensionistas en Andaluc&iacute;a</h2><p class="article-text">
        La Seguridad Social ha abonado la n&oacute;mina de las pensiones de octubre a 1.552.675 pensionistas en Andaluc&iacute;a, situ&aacute;ndose la pensi&oacute;n media de jubilaci&oacute;n en dicho mes en los 1.368,47 euros, un crecimiento del 4,5% respecto al a&ntilde;o anterior, que se materializan en 59,6 euros m&aacute;s, y un 37,4% m&aacute;s que en octubre de 2018.
    </p><p class="article-text">
        La delegaci&oacute;n del Gobierno en Andaluc&iacute;a ha indicado que estos datos reflejan un incremento de 372,57 euros, seg&uacute;n los datos publicados este martes por el Ministerio de Inclusi&oacute;n, Seguridad Social y Migraciones.
    </p><p class="article-text">
        En general, la pensi&oacute;n media del sistema, contabilizando las de jubilaci&oacute;n, viudedad, orfandad, a favor de familiares e incapacidad permanente, ha ascendido a 1.180,96 euros, que tambi&eacute;n experimenta un crecimiento del 4,6% respecto al mismo mes del pasado a&ntilde;o, 52,96 euros m&aacute;s, y que suman 322,17 euros si se compara con la n&oacute;mina de octubre de 2018 en Andaluc&iacute;a, que se situaba en los 858,79 euros (37,5% m&aacute;s).
    </p><p class="article-text">
        En el registro nacional, la Seguridad Social ha abonado en octubre un total de 10.397.372 pensiones a 9.405.352 millones de personas. La n&oacute;mina, que este mes asciende a 13.675,8 millones de euros, engloba a las distintas clases de pensiones contributivas. Por tanto, la pensi&oacute;n media del sistema alcanza los 1.315,3 euros mensuales, lo que representa un aumento del 4,4% respecto al mismo mes del a&ntilde;o anterior.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
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    </figure><p class="article-text">
        Por otro lado, la pensi&oacute;n media de jubilaci&oacute;n, que perciben cerca de 6,6 millones de personas -m&aacute;s de dos tercios del total-, se sit&uacute;a en 1.510,1 euros mensuales, un 4,3% m&aacute;s alta que hace un a&ntilde;o. El 59,1% de las personas que reciben la pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n como prestaci&oacute;n principal son hombres. Por reg&iacute;menes, el importe de la pensi&oacute;n media de jubilaci&oacute;n procedente del 'R&eacute;gimen General' es de 1.668,7 euros mensuales, mientras que en el 'R&eacute;gimen Especial de Trabajadores Aut&oacute;nomos' es de 1.011,6 euros al mes.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, en la Miner&iacute;a del Carb&oacute;n, la cuant&iacute;a de la pensi&oacute;n media alcanza los 2.909 euros, y de 1.672,8 euros en el 'R&eacute;gimen Especial de Trabajadores del Mar'. Por su parte, la pensi&oacute;n media de viudedad es de 936,7 euros mensuales. Esta pensi&oacute;n es la principal para casi 1,5 millones de personas, de las cu&aacute;les un 95,7% son mujeres, tal y como ha se&ntilde;alado la delegaci&oacute;n del Gobierno.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a las nuevas altas de jubilaci&oacute;n, la cuant&iacute;a media del sistema es de 1.675,6 euros, seg&uacute;n los &uacute;ltimos datos disponibles del mes de septiembre. En concreto, en el 'R&eacute;gimen General', la pensi&oacute;n media de las nuevas altas de jubilaci&oacute;n asciende a 1.780,8 euros al mes.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis, Jesús Ventura]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pension-media-cordoba-mantiene-bajas-espana_1_12722149.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 28 Oct 2025 19:08:10 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La pensión media en Córdoba se mantiene como una de las más bajas de toda España]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Andalucía,pensiones,pensionistas,España]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sin pensión de viudedad tras casi 20 años viviendo juntos en Córdoba por no estar inscritos como pareja de hecho]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/pension-viudedad-20-anos-viviendo-cordoba-no-inscritos-pareja-hecho_1_12688804.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/90bb8b31-5818-4029-a94f-fc7fe1e941da_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Sin pensión de viudedad tras casi 20 años viviendo juntos en Córdoba por no estar inscritos como pareja de hecho"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Pese a que han quedado demostradas la relación y la convivencia entre dos hombres, que estaban empadronados en la misma casa, un tribunal ha denegado esta ayuda a uno de ellos al no tener estar registrados oficialmente</p></div><p class="article-text">
        La vida de Alfonso y Carlos (nombres ficticios), su pareja durante casi dos d&eacute;cadas, es otra muestra del limbo legal en el que se encuentran aquellas parejas que mantienen una relaci&oacute;n estable en el tiempo, pero nunca llegan a formalizarla. A pesar de convivir durante casi 20 a&ntilde;os en C&oacute;rdoba y compartir bienes y decisiones, Alfonso no podr&aacute; acceder a la pensi&oacute;n de viudedad tras la muerte de su pareja en 2014. La decisi&oacute;n ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), que desestim&oacute; su recurso de suplicaci&oacute;n y ratific&oacute; la sentencia de un juzgado de lo social de Vigo, donde Alfonso reside actualmente.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n los hechos probados por el tribunal, Alfonso naci&oacute; en 1948 y permaneci&oacute; empadronado con Carlos en el mismo domicilio de C&oacute;rdoba desde el 22 de septiembre de 1994 hasta el 18 de septiembre de 2012. La relaci&oacute;n entre ambos no solo fue de convivencia: en 1996, Carlos otorg&oacute; testamento abierto en el que nombr&oacute; heredero universal a Alfonso quien a su vez instituy&oacute; heredero universal a Carlos. Adem&aacute;s, el 7 de abril de 2003, ambos compraron una vivienda conjunta en Torremolinos, M&aacute;laga.
    </p><p class="article-text">
        El fallecimiento de Carlos en diciembre de 2014 fue comunicado al Registro Civil por Alfonso como pareja y conviviente cercano. En mayo de 2023, solicit&oacute; al Instituto Nacional de la Seguridad Social la pensi&oacute;n de viudedad correspondiente, pero la solicitud fue denegada. Seg&uacute;n la resoluci&oacute;n, su relaci&oacute;n con el fallecido no cumpl&iacute;a con un requisito imprescindible: estar registrados como pareja de hecho. Present&oacute; una reclamaci&oacute;n que, posteriormente, fue desestimada.
    </p><p class="article-text">
        Tras agotar la v&iacute;a administrativa, Alfonso recurri&oacute; a los tribunales. En primera instancia, un juzgado de lo Social de Vigo le deneg&oacute; la petici&oacute;n. Ahora, el Alto Tribunal gallego ha reconocido que aunque que exist&iacute;a una convivencia estable y prolongada, con propiedades compartidas y nombramientos mutuos de herencia, la ley exige que la pareja est&eacute; registrada para poder pensi&oacute;n una pensi&oacute;n de viudedad. La mera convivencia, contin&uacute;a el tribunal, no sustituye la inscripci&oacute;n en registro oficial o documento p&uacute;blico, requisito indispensable seg&uacute;n la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del propio TSJG.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/pension-viudedad-20-anos-viviendo-cordoba-no-inscritos-pareja-hecho_1_12688804.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 17 Oct 2025 17:57:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Sin pensión de viudedad tras casi 20 años viviendo juntos en Córdoba por no estar inscritos como pareja de hecho]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Tribunales,Justicia,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Piden dos años de cárcel para la hija de una pensionista que falleció y a la que siguió pagando la Seguridad Social]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-anos-carcel-hija-pensionista-fallecio-siguio-pagando-seguridad-social_1_12660067.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/31b0f244-679a-4224-8870-ccfaaf0dcdde_16-9-discover-aspect-ratio_default_1108718.jpg" width="947" height="532" alt="Piden dos años de cárcel para la hija de una pensionista que falleció y a la que siguió pagando la Seguridad Social"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Fiscalía le acusa de un delito de estafa, ya que no avisó de la muerte de su madre y vio cómo se le seguía abonando la pensión en una cuenta en la que estaba autorizada y de la que acabó sacando el dinero</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Segunda de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba juzgar&aacute; este martes a una mujer acusada de un presunto delito de estafa y a la que le piden una pena de dos a&ntilde;os de c&aacute;rcel, seg&uacute;n consta en el escrito de calificaci&oacute;n de los hechos redactado por la Fiscal&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, la mujer est&aacute; acusada de haberse quedado con el dinero que por error ingres&oacute; la Seguridad Social en una cuenta de su madre, en la que ella estaba autorizada. La madre ven&iacute;a percibiendo una pensi&oacute;n de viudedad. No obstante, falleci&oacute;, pero la familia no comunic&oacute; el deceso al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que sigui&oacute; abonando mes a mes la pensi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a se&ntilde;ala que la mujer era consciente de que la cuenta de su madre, en la que era la &uacute;nica persona autorizada, solo se nutr&iacute;a de los ingresos de la Seguridad Social. De esta manera, la mujer fue extrayendo dinero mediante &ldquo;sucesivas disposiciones de efectivo&rdquo; tanto &ldquo;en caja como en cajeros autom&aacute;ticos de diversas localidades&rdquo;, seg&uacute;n se&ntilde;ala la Fiscal&iacute;a en su escrito.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, el Ministerio P&uacute;blico considera que los hechos son constitutivos de un presunto delito continuado de estafa, por el que se le pide dos a&ntilde;os de prisi&oacute;n. Tambi&eacute;n la responsabilidad civil subsidiaria a la entidad bancaria, ya que habr&iacute;a incumplido &ldquo;el deber legal&rdquo; de comprobar, al menos una vez al a&ntilde;o, &ldquo;la pervivencia de las personas titulares de la pensi&oacute;n&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alfonso Alba]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/piden-anos-carcel-hija-pensionista-fallecio-siguio-pagando-seguridad-social_1_12660067.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 06 Oct 2025 10:20:41 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Piden dos años de cárcel para la hija de una pensionista que falleció y a la que siguió pagando la Seguridad Social]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Fiscalía,Seguridad Social,pensiones,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un pensionista cordobés cobra, de media, 200 euros menos al mes que cualquiera del resto de España]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionista-cordobes-cobra-media-200-euros-mes-resto-espana_1_12560589.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9cb3d51f-0db8-4f33-b659-ccd22254c56e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un pensionista cordobés cobra, de media, 200 euros menos al mes que cualquiera del resto de España"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El importe ha aumentado más de un 5% en el último año, pero sigue siendo de los más bajos de todo el país</p></div><p class="article-text">
        Los pensionistas cordobeses siguen siendo de los que menos cobran de toda Espa&ntilde;a. A fecha 1 de agosto de 2025, el importe medio de una pensi&oacute;n en la provincia de C&oacute;rdoba fue de 1.103,93 euros. La media nacional fue de 1.312,90 euros, unos 200 euros m&aacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Por provincias, solo cobraron menos los pensionistas de Ja&eacute;n, Lugo y Ourense. Y eso a pesar de que en el &uacute;ltimo a&ntilde;o el importe medio de las pensiones en la provincia de C&oacute;rdoba ha aumentado un 5%, seis d&eacute;cimas m&aacute;s que en el resto del pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        En C&oacute;rdoba existen un total de 182.912 personas cobrando una pensi&oacute;n. Son un 1,73% m&aacute;s que hace justo un a&ntilde;o, seg&uacute;n los datos del Ministerio de Seguridad Social. El grueso de pensionistas cordobeses son los jubilados, un total de 114.733 personas. De media, cobran 1.293,64 euros. A nivel nacional, el importe medio que cobra un jubilado es de 1.507 euros, seg&uacute;n los datos del Ministerio.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, en C&oacute;rdoba hay 17.292 personas cobrando una pensi&oacute;n por incapacidad permanente (un abono mensual medio de 1.056 euros todos los meses) y 42.609 pensiones de viudedad (805 euros al mes). Tambi&eacute;n hay 6.842 cordobeses cobrando una pensi&oacute;n de orfandad (503 euros) y 1.436 de favor de familiares (716 euros).
    </p><h2 class="article-text">9,4 millones de pensionistas en Espa&ntilde;a</h2><p class="article-text">
        La Seguridad Social ha abonado en agosto un total de 10.374.297 pensiones a cerca de 9,4 millones de personas, con una n&oacute;mina que asciende a 13.620,9 millones de euros este mes y que comprende las distintas clases de pensiones contributivas: jubilaci&oacute;n, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares. 
    </p><p class="article-text">
        La pensi&oacute;n media del sistema alcanza los 1.312,9 euros mensuales, lo que representa un aumento del 4,5% respecto al mismo mes del a&ntilde;o anterior. 
    </p><p class="article-text">
        En concreto, la pensi&oacute;n media de jubilaci&oacute;n, que perciben cerca de 6,5 millones de personas (m&aacute;s de dos tercios del total), se sit&uacute;a en 1.507,55 euros mensuales, un 4,4% m&aacute;s alta que hace un a&ntilde;o. El 59,2% de las personas que perciben la pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n como prestaci&oacute;n principal son hombres.
    </p><p class="article-text">
        Por reg&iacute;menes, el importe de la pensi&oacute;n media de jubilaci&oacute;n procedente del R&eacute;gimen General es de 1.666,6 euros mensuales, mientras que en el R&eacute;gimen Especial de Trabajadores Aut&oacute;nomos es de 1.010,3 euros al mes. En la Miner&iacute;a del Carb&oacute;n, la cuant&iacute;a de la pensi&oacute;n media alcanza los 2.907 euros, y de 1.669,7 euros en el R&eacute;gimen Especial de Trabajadores del Mar. 
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, la pensi&oacute;n media de viudedad es de 935,8 euros mensuales. Esta pensi&oacute;n es la principal para 1,5 millones de personas, de las cu&aacute;les un 95,7% son mujeres.
    </p><p class="article-text">
        En cuanto a las nuevas altas de jubilaci&oacute;n, la cuant&iacute;a media del sistema es de 1.613,3 euros, seg&uacute;n los &uacute;ltimos datos disponibles (julio). En concreto, en el R&eacute;gimen General, la pensi&oacute;n media de las nuevas altas de jubilaci&oacute;n asciende  a 1.722,5 euros al mes.
    </p><h2 class="article-text">N&oacute;mina y pensi&oacute;n por clase</h2><p class="article-text">
        La n&oacute;mina mensual de pensiones contributivas alcanz&oacute; en agosto la cifra de 13.620,9 millones de euros. Como es habitual, casi las tres cuartas partes corresponden a pensiones de jubilaci&oacute;n, que representan el 73% del total (9.954.976 millones de euros). A pensiones de viudedad se han destinado 2.197.949 millones de euros, mientras que la n&oacute;mina de las prestaciones por incapacidad permanente asciende a 1.252.665 millones; la de orfandad, a 178,8 millones de euros y la de las prestaciones en favor de familiares, a 36,5 millones. <strong> </strong>
    </p><p class="article-text">
        Hasta julio (inclusive), &uacute;ltimo dato disponible, se han registrado 215.971 nuevas altas de jubilaci&oacute;n. Las jubilaciones demoradas representan ya el 11,4% del total de estas nuevas altas, frente al  4,8% de 2019. En conjunto, el 72,4% de las altas se producen a la edad ordinaria de jubilaci&oacute;n o posteriormente, 12,6 puntos porcentuales m&aacute;s que en 2019, gracias en gran medida a los incentivos para acercar la edad de acceso a la edad legal de jubilaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Las jubilaciones anticipadas, por su parte, caen un 12,4% en seis a&ntilde;os y solo suponen el 27,6% del total de nuevas jubilaciones.
    </p><p class="article-text">
        Este cambio refleja el impacto de los incentivos de demora vigentes desde 2022 y la reconfiguraci&oacute;n del marco de la pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n anticipada. Como resultado, la edad media de acceso a la jubilaci&oacute;n se sit&uacute;a en 65,3 a&ntilde;os, frente a los 64,4 a&ntilde;os de 2019. En el caso de las mujeres, la edad media de jubilaci&oacute;n es de 65,8 a&ntilde;os.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <card-component listId="10e11ebad6" interestId="39dc8c09d9"></card-component>
    </figure><p class="article-text">
        En cuanto a la media de tiempo de resoluci&oacute;n de los expedientes, en julio (&uacute;ltimo dato disponible) fue de 7,9 d&iacute;as en el caso de la pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n y de 9,5 d&iacute;as en el caso de las pensiones de viudedad. Hay que tener en cuenta que el plazo m&aacute;ximo de resoluci&oacute;n en estos procedimientos, seg&uacute;n el RD 286/2003 del 7 de marzo y el RD 1192/2021, de 3 de agosto, es de 90 d&iacute;as tanto en las prestaciones de jubilaci&oacute;n como en las de viudedad.
    </p><p class="article-text">
        En agosto, 1.112.061 pensiones incluyen el complemento para la reducci&oacute;n de la brecha de g&eacute;nero, de las que el 86,2% corresponden a mujeres (958.207). El importe medio de este complemento es de 75,2 euros mensuales.
    </p><p class="article-text">
        Del total de pensiones complementadas, m&aacute;s del 24,8% corresponden a pensionistas con un hijo (275.747), el 47,8% de los beneficiarios, con dos hijos (530.124); el 18,2% lo percibe por tres hijos (202.668), y por cuatro hijos, el 9,3% (103.522).
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alfonso Alba, Redacción Cordópolis]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionista-cordobes-cobra-media-200-euros-mes-resto-espana_1_12560589.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 27 Aug 2025 18:05:30 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un pensionista cordobés cobra, de media, 200 euros menos al mes que cualquiera del resto de España]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/9cb3d51f-0db8-4f33-b659-ccd22254c56e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,pensiones,pensionistas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Logra que la Justicia le reconozca la pensión de viudedad tras convivir 13 años con su novio y sin constar como pareja de hecho]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/logra-justicia-le-reconozca-pension-viudedad-convivir-13-anos-novio-registrada-pareja_1_12381286.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d14a2ac1-57b5-41a0-99d4-d573cf30a1bc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Logra que la Justicia le reconozca la pensión de viudedad tras convivir 13 años con su novio y sin constar como pareja de hecho"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un fallo del TSJA da la razón a una cordobesa y subraya que basta con acreditar una relación estable y prolongada anterior al matrimonio para alcanzar el mínimo de dos años exigido legalmente para conseguir esta ayuda</p><p class="subtitle">Sin pensión de viudedad tras 20 años juntos y con hijos: “La ley no nos considera un modelo de familia”</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) ha dado la raz&oacute;n a una cordobesa, reconoci&eacute;ndole el derecho a la pensi&oacute;n vitalicia de viudedad aunque solo estuvo casada durante nueve meses con su pareja, quien falleci&oacute; por enfermedad com&uacute;n. El fallo sienta un precedente relevante al confirmar que la convivencia estable y prolongada previa al matrimonio puede suplir el requisito del a&ntilde;o m&iacute;nimo de matrimonio, aun sin inscripci&oacute;n como pareja de hecho.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia desestima as&iacute; el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorer&iacute;a General de la Seguridad Social (TGSS) contra una resoluci&oacute;n del Juzgado de lo Social n&uacute;mero 4 de C&oacute;rdoba, que ya hab&iacute;a dado la raz&oacute;n a la viuda.
    </p><p class="article-text">
        La pareja contrajo matrimonio en junio de 2019. Menos de un a&ntilde;o despu&eacute;s, &eacute;l falleci&oacute;. La ley establece que para tener derecho a la pensi&oacute;n de viudedad, el matrimonio debe durar, al menos, 1 a&ntilde;o; que ambos c&oacute;nyuges tengan hijos comunes o que hayan convivido como pareja de hecho antes del matrimonio durante, al menos, un a&ntilde;o. En el caso de esta pareja, en el momento del fallecimiento del hombre, no se hab&iacute;a llegado al a&ntilde;o del matrimonio y tampoco estaban inscritos como pareja de hecho.
    </p><p class="article-text">
        La Seguridad Social reconoci&oacute; inicialmente a la mujer una prestaci&oacute;n temporal de viudedad al considerar que no se cumpl&iacute;an los requisitos para la pensi&oacute;n vitalicia, en particular, la duraci&oacute;n m&iacute;nima del matrimonio, estipulada en un a&ntilde;o. Sin embargo, la demandante acredit&oacute; una convivencia p&uacute;blica, estable y continuada con el fallecido desde 2007, es decir, durante m&aacute;s de una d&eacute;cada antes de casarse.
    </p><p class="article-text">
        Entre las pruebas aportadas se incluyeron el empadronamiento conjunto, testificales de los hijos del fallecido y de varios vecinos, as&iacute; como informes m&eacute;dicos y documentos bancarios compartidos. Para el tribunal, esta convivencia cumple sobradamente el requisito legal de dos a&ntilde;os de convivencia exigido en la Ley General de la Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        En esa l&iacute;nea, el fallo subraya que cuando se solicita la pensi&oacute;n de viudedad desde una situaci&oacute;n matrimonial, y no como pareja de hecho, no es necesario que la convivencia previa est&eacute; inscrita en un registro oficial ni formalizada mediante documento p&uacute;blico, tal como establece una reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo. En consecuencia, la Sala de lo Social del TSJA ha confirmado el derecho de la mujer a percibir una pensi&oacute;n de viudedad de car&aacute;cter vitalicio, calculada sobre una base reguladora de 1.312,53 euros mensuales.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/logra-justicia-le-reconozca-pension-viudedad-convivir-13-anos-novio-registrada-pareja_1_12381286.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 13 Jun 2025 18:17:42 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Logra que la Justicia le reconozca la pensión de viudedad tras convivir 13 años con su novio y sin constar como pareja de hecho]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/d14a2ac1-57b5-41a0-99d4-d573cf30a1bc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,Justicia,Tribunales,pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Reclaman medidas efectivas para garantizar la reducción de la brecha de género en las pensiones]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/reclaman-medidas-efectivas-garantizar-reduccion-brecha-genero-pensiones_1_12365149.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a2157c99-051e-4b3e-941b-f7f6346dfc26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Reclaman medidas efectivas para garantizar la reducción de la brecha de género en las pensiones"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">CCOO y UGT han pedido una adaptación de la normativa tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea</p></div><p class="article-text">
        Las federaciones de Pensionistas y Jubilados de <strong>CCOO</strong> y <strong>UGT</strong> han reclamado al Ministerio de Inclusi&oacute;n, Seguridad Social y Migraciones una <strong>r&aacute;pida adaptaci&oacute;n normativa</strong> tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE), con el objetivo de <strong>garantizar la reducci&oacute;n de la brecha de g&eacute;nero en las pensiones</strong>, tal y como se acord&oacute; en la &uacute;ltima reforma.
    </p><p class="article-text">
        El <strong>TJUE</strong> ha dictaminado que el <strong>complemento de pensiones contributivas</strong> para la reducci&oacute;n de la brecha de g&eacute;nero <strong>no se ajusta a la Directiva 79/7/CEE</strong>, de 19 de diciembre de 1978, sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. La sentencia, fechada el <strong>15 de mayo de 2025</strong>, en los asuntos <strong>C-623/23</strong> y <strong>C-626/23</strong>, concluye que, <strong>a pesar de la reforma en vigor desde 2021</strong>, el complemento <strong>sigue siendo discriminatorio</strong> al contener elementos que <strong>favorecen a las madres en detrimento de los padres</strong>, vulnerando as&iacute; el principio de igualdad recogido en la normativa europea.
    </p><p class="article-text">
        Este pronunciamiento implica que <strong>los hombres que accedieron a pensiones de jubilaci&oacute;n, incapacidad permanente o viudedad desde febrero de 2021</strong> podr&aacute;n <strong>reclamar el complemento</strong>, lo que, de no modificarse la legislaci&oacute;n actual &mdash;conforme al art&iacute;culo 60 de la Ley General de la Seguridad Social&mdash;, podr&iacute;a conllevar la <strong>supresi&oacute;n del complemento ya reconocido a las madres por el mismo hijo o hija</strong>.
    </p><p class="article-text">
        Actualmente, este complemento beneficia a <strong>901.977 mujeres pensionistas</strong>, y su posible p&eacute;rdida o reducci&oacute;n supondr&iacute;a <strong>eliminar una medida de acci&oacute;n positiva</strong> pensada para <strong>compensar la discriminaci&oacute;n estructural</strong> que sufren las mujeres en el mercado laboral y en la protecci&oacute;n social.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, <strong>CCOO y UGT urgen al Gobierno a actuar con rapidez</strong> para modificar el texto legal y <strong>mantener la finalidad del complemento</strong>, asegurando que <strong>corrija desigualdades reales sin contravenir la doctrina europea</strong>. Las organizaciones sindicales advierten adem&aacute;s de la necesidad de <strong>evitar una repetici&oacute;n de lo ocurrido con el antiguo complemento de maternidad</strong>, cuya reforma se demor&oacute; m&aacute;s de un a&ntilde;o, <strong>agravando los efectos negativos sobre la brecha de g&eacute;nero</strong>.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Redacción Cordópolis, Jesús Ventura]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/reclaman-medidas-efectivas-garantizar-reduccion-brecha-genero-pensiones_1_12365149.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 07 Jun 2025 09:48:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Reclaman medidas efectivas para garantizar la reducción de la brecha de género en las pensiones]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,pensiones,pensionistas,UGT,CCOO]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia corrige una sentencia que obligaba a una madre a pagar más pensión a su hijo por tener "un seguro de vivienda y otro de coche"]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-corrige-sentencia-obligaba-madre-pagar-pension-hijo-seguro-vivienda-coche_1_12121490.html]]></link>
      <description><![CDATA[<div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal critica el criterio seguido por un juzgado de Priego de Córdoba teniendo en cuenta que la primera póliza es obligatoria en caso de hipoteca y la segunda, habitual</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de C&oacute;rdoba ha revocado parcialmente una decisi&oacute;n de primera instancia que hab&iacute;a aumentado la pensi&oacute;n de alimentos que una madre deb&iacute;a abonar a su hijo. La Audiencia ha considerado insuficiente y err&oacute;nea la argumentaci&oacute;n del juzgado de Priego de C&oacute;rdoba, que basaba una mayor capacidad econ&oacute;mica de la madre en el hecho de poseer un seguro de vivienda y otro de coche.
    </p><p class="article-text">
        El caso se remonta a una demanda de modificaci&oacute;n de medidas establecidas en la sentencia de divorcio. En la misma, se hab&iacute;a otorgado la guarda y custodia de los dos hijos a la madre, estableci&eacute;ndose una pensi&oacute;n de alimentos a cargo del padre. Posteriormente, el Juzgado de Primera Instancia de Priego de C&oacute;rdoba estim&oacute; sustancialmente la demanda del padre, acordando otorgar la guarda y custodia del hijo menor -de 17 a&ntilde;os- al progenitor, con quien ya conviv&iacute;a desde noviembre de 2022, y fijando una pensi&oacute;n de alimentos de 200 euros mensuales a cargo de la madre. La sentencia de primera instancia argument&oacute; esta decisi&oacute;n bas&aacute;ndose en que, a pesar de que la madre declaraba ingresos de 640 euros mensuales, hab&iacute;a reconocido el pago de 140 euros de luz y de seguros de casa y coche, lo que, a juicio del juzgado reflejaba &ldquo;una mayor capacidad econ&oacute;mica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Frente a este fallo, la defensa de la mujer interpuso un recurso de apelaci&oacute;n solicitando una revocaci&oacute;n parcial del mismo y que se fijara la pensi&oacute;n de alimentos a su cargo en 150 euros mensuales. Entre sus argumentos, aleg&oacute; que sus ingresos anuales netos en 2022 fueron de 3.816,84 euros, situ&aacute;ndose por debajo del umbral de la pobreza seg&uacute;n datos del Instituto Nacional de Estad&iacute;stica.
    </p><p class="article-text">
        En relaci&oacute;n con la capacidad econ&oacute;mica de la mujer, la Audiencia ha criticado a valoraci&oacute;n realizada por el juzgado de Priego, se&ntilde;alando que &ldquo;no se puede considerar probado una mayor capacidad econ&oacute;mica por el simple hecho de pagar 140 euros de luz (sin tener en cuenta que podr&iacute;a ser una facturaci&oacute;n bimestral) o tener seguros de vivienda y coche (el primero, en muchos casos, obligatorio por la existencia de una hipoteca, y el segundo, habitual)&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Audiencia record&oacute; al juez de instancia que &ldquo;no basta con afirmar hechos, sino que es necesario probarlos&rdquo;. Por ello, el tribunal ha considerado que, si bien no constan los ingresos reales del padre, la n&oacute;mina aportada (con un salario l&iacute;quido de 1.419,99 euros) junto con el hecho de haber abonado 516 euros mensuales por ambos hijos, eran un &ldquo;claro indicio de una situaci&oacute;n econ&oacute;mica muy superior&rdquo; a la de la madre. Adem&aacute;s, la Audiencia tambi&eacute;n ha echado en falta alguna prueba  de los ingresos que la mujer obtiene de la econom&iacute;a sumergida trabajando como limpiadora.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, la Audiencia ha revocado parcialmente la sentencia, rebajando a 150 euros l apensi&oacute;n en concepto de alimentos que la mujer tendr&aacute; que abonar a su hijo. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alejandra Luque]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/tribunales/audiencia-corrige-sentencia-obligaba-madre-pagar-pension-hijo-seguro-vivienda-coche_1_12121490.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 12 Mar 2025 19:01:31 +0000]]></pubDate>
      <media:title><![CDATA[La Audiencia corrige una sentencia que obligaba a una madre a pagar más pensión a su hijo por tener "un seguro de vivienda y otro de coche"]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Córdoba,sociedad,Tribunales,pensiones,mujer,Priego de Córdoba]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los pensionistas se vuelven a concentrar frente al Ayuntamiento]]></title>
      <link><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionistas-vuelven-concentrar-frente-ayuntamiento_3_12099161.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a2157c99-051e-4b3e-941b-f7f6346dfc26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Plataforma Ciudadana para la Defensa del Sistema Público de Pensiones convoca una concentración"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La concentración se ha desarrollado en la calle Capitulares</p></div><p class="article-text">
        Como cada primer lunes de mes, la plataforma en defensa de las pensiones p&uacute;blicas de C&oacute;rdoba se ha vuelto a concentrar en la calle Capitulares, con el objetivo de mantener vivas sus demandas y reclamar un incremento en las percepciones de las rentas m&aacute;s bajas, especialmente.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Antonio D. López]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://cordopolis.eldiario.es/cordoba-hoy/sociedad/pensionistas-vuelven-concentrar-frente-ayuntamiento_3_12099161.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 03 Mar 2025 17:25:30 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a2157c99-051e-4b3e-941b-f7f6346dfc26_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="128561" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[Los pensionistas se vuelven a concentrar frente al Ayuntamiento]]></media:title>
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