Desestimado el recurso de la RFEF contra la autorización de la venta del Córdoba
Más intenso de lo esperado quizá resulta este miércoles en lo que se refiere al futuro del Córdoba. Las novedades en el plano deportivo e institucional no cesan durante una mañana frenética. En el segundo plano de gran importancia es la decisión adoptada en el Juzgado de lo Mercantil número 1. Su titular, Antonio Fuentes, desestima el recurso interpuesto por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) contra su auto del 18 de noviembre en que autorizaba la venta de la unidad productiva del club. El juez considera en su dictamen al respecto que el conjunto blanquiverde cumple con los requisitos para seguir dentro de la competición si se pone al día con su deuda, lo que va a hacer con los tres millones consignados por Infinity en su momento. Así, apunta que “aquí el equipo es el mismo, lo que cambia es el propietario”.
Antonio Fuentes hace una extensa referencia a que la RFEF ejerce en cuanto regulador de la competición facultades públicas delegadas. ¿“Dónde ha puesto este titular eso en duda?”, se pregunta el juez en referencia a los derechos federativos del Córdoba. “La propia recurrente admite que no estamos ante una organización netamente privada, que aun así también estaría sometida al imperio de la Ley. No hay nada con intereses más privados que una sociedad de capital, que es lo que es una SAD, y existen varias normas, entre ellas la más importante la Ley de Sociedades de Capital, que regulan las mismas”, se contesta.
El magistrado hace una comparación sobre el derecho de la plaza del Córdoba a competir en Segunda B con el uso de una vivienda. “Nadie va a poner en duda que la vivienda (los derechos federativos) son propiedad del dueño del piso (la RFEF… o la Administración Pública de la que la RFEF es un mero agente colaborador, en esto no va a entrar este titular…), pero a nadie se le ocurre tampoco poner en duda que el inquilino (el Córdoba CF) tiene un derecho de uso y disfrute de ese piso (competir en este caso en Segunda B), y obviamente mientras el inquilino siga cumpliendo regularmente sus obligaciones económicas y demás fijadas en el contrato y en las leyes, por muy dueño que sea del piso su titular, cosa que nadie niega, no puede expulsar al inquilino cuando le dé la gana”, concluye.
Tras ser desestimado éste, otro recurso de la RFEF queda pendiente en relación al proceso iniciado y supervisado por el Juzgado de lo Mercantil número 1. Se trata de un segundo presentado el pasado jueves contra el auto dictado el 26 de noviembre mediante el cual Antonio Fuentes autorizaba directamente la venta de la unidad productiva a Infinity. Dicha petición la realizó el órgano deportivo poco antes de que el administrador concursal del Córdoba, Francisco Estepa, adjudicara la entidad al fondo de inversión con capital de Baréin.
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