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Un tasador de la marca de Juana Martín dice que no le dieron “documentación” y que sólo hizo “un borrador”

Juana Martín, en su estudio

Redacción Cordópolis

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La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha celebrado este miércoles una nueva sesión del juicio de la pieza separada de las irregularidades investigadas en la empresa de capital riesgo Invercaria, perteneciente a la Junta de Andalucía, relativa al presunto delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación detectado en los prestamos concedidos entre 2006 y 2011 a la diseñadora de moda flamenca Juana Martín, una causa dirigida contra la citada modista, el expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo; el exdirector de promoción de la entidad Cristóbal Cantos, denunciante del caso; y Antonio Nieto, exdirector financiero.

Durante esta sesión de este miércoles ha testificado un perito tasador encargado de elaborar un primer estudio de la marca de Juana Martín como diseñadora, toda vez que en la causa pesa que Juana Martín e Invercaria, con Pérez Sauquillo al frente, alcanzaron un acuerdo para crear la sociedad Juana Martín Andalucía, con una aportación no dineraria de la modista consistente en su marca, valorada tanto en 440.000 euros como en 390.000 euros en la parte expositiva del acuerdo firmado entre ambas partes.

Este perito tasador ha testificado que fue la entonces presidenta de la Asociación de Mujeres Empresarias de Córdoba María Fernández Pino, otrora investigada en las actuaciones, quien a título “particular” le encargó esta valoración de la marca de Juana Martín.

Al respecto, aunque ha admitido que fruto de ello media un informe firmado por él mismo, ha alegado que dicho texto esta “inacabado” y constituye sólo “un borrador” porque “ninguna de las partes”, es decir Fernández Pino, la diseñadora o Invercaria, le facilitaron los datos que reclamó para el informe de valoración encargado, es decir los balances de cuentas, de patrimonio o de pérdidas y ganancias de la actividad de Juana Martín.

Fue, según ha defendido, un “trabajo inacabado” elaborado con “datos generales”, pues tan sólo le habrían entregado información respecto a “entrevistas, reportajes” y desfiles promovidos por la modista.

Respecto a cómo en dicho documento se atribuye un valor de 600.000 euros a la marca de Juana Martín, este perito tasador ha testificado que para ese “cálculo”, tuvo en cuenta aspectos como los “cuatro tipos de moda” que abarcaban las actividades de la diseñadora, las “inversiones” de la misma en materia de desfiles, textil o el montaje de eventos, con costes de hasta “1.500 o 3.000 euros” por vestido; y el valor de una antigua casa palacio en el centro de Córdoba que usaba como “taller y tienda”.

Eso sí, ha precisado que no podía “argumentar” que esos 600.000 euros respondían a “valores reales” porque carecía de la documentación relativa a las cuentas de Juana Martín, sus ganancias o su “balance inmobiliario”. Es decir que para la elaboración del documento se habría servido de “activos intangibles” no “justificados” en el plano documental.

“No era un estudio económico serio. No aportaron documentación de ningún tipo”, ha aseverado, insistiendo en que no le fue entregada la documentación necesaria para ello. Es más, pese a que en el informe figura su firma, este perito tasador ha expuesto que no había “autorizado el uso” del documento en cuestión, pues el mismo estaba “inacabado” y ni siquiera lo cobró.

Declaración de la interventora

Durante esta sesión ha testificado la interventora general de la Junta de Andalucía María Luisa Raya, quien dirigió un informe de control financiero realizado respecto al ejercicio 2012 de Invercaria y quien ha analizado durante su comparecencia la naturaleza de Invercaria y sus préstamos participativos.

Y es que la causa gira en torno a un primer préstamo participativo de 120.000 euros de Invercaria a la sociedad inicial Juana Martín Diseño; sobre otro préstamo participativo de 50.000 euros para la posterior entidad Juana Martín Andalucía y sobre la inversión global de un máximo de 900.000 euros aprobada por Invercaria para la actividad en cuestión; en la que la sociedad Juana Martín Diseño se dedicaba a la confección de moda flamenca y la posterior entidad Juana Martín Andalucía a la apertura de tiendas de ropa en Andalucía y después fuera de la región.

Mientras tales préstamos participativos habrían ido “venciendo” sin “ser atendidos los pagos” dada la situación del proyecto en plenos años de la anterior crisis financiera mundial de 2008, según la que fuera presidenta de Invercaria Laura Gómiz, otrora investigada en las actuaciones, la Policía Nacional considera que “gran parte del dinero” librado por Invercaria para apoyar la actividad de Juana Martín no estaría “debidamente justificado”.

En ese contexto, María Luisa Raya ha explicado que a la hora de acometer dicho informe de control financiero del ejercicio 2012 de Invercaria, en la entidad no figuraban aspectos relacionados con las inversiones en la actividad de Juana Martín porque dicho proyecto de inversión había sido ya reconducido a la sociedad Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía-Inverseed.

María Luisa Raya, en cualquier caso, ha rememorado que las conclusiones del citado informe eran “desfavorables” excepto en el caso de un apartado respecto al cual no mediaba el “informe de seguimiento necesario” para emitir una “opinión”.

Y especialmente, ha explicado que cuando confeccionó el mencionado informe de control financiero le “chocaba” que pese a que dos órdenes autonómicas de incentivos abarcaban como instrumento regulado los préstamos participativos, en el caso de Invercaria tales préstamos fuesen concedidos sin “un procedimiento preestablecido” gracias al cual se descartarse cualquier “discrecionalidad” en la asignación de fondos públicos.

Admitiendo que se trata de su “opinión al margen del informe” y que no analizó los expedientes correspondientes a las inversiones acordadas por Invercaria, María Luisa Raya ha insistido en que le “choca” que pesando dos órdenes autonómicas de incentivos que incluían los préstamos participativos, Invercaria otorgase tales préstamos participativos “sin que se supiesen los motivos” por los cuales eran elegidas las entidades beneficiarias de los mismos.

Tratándose de la administración de fondos públicos, según ha dicho, es necesario “demostrar que no hay discrecionalidad” a la hora de asignarlos, avisando de que un préstamo con fondos públicos concedido “sin sujeción a procedimiento” puede ser entendido como “una ayuda” pública.

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