Los tribunales rechazan que Cajasur devuelva lo cobrado en cláusulas suelo
El juez de lo Mercantil de Bilbao condenó a la caja cordobesa a pagar lo cobrado de más a 15 demandantes, representados por Adicae
La Audiencia Provincial de Bilbao ha estimado un recurso presentado por Cajasur contra una sentencia no firme del Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, que condenaba a la caja de ahorros cordobesa a devolver de manera retroactiva lo que había cobrado en cláusulas suelo a 15 demandantes, agrupados en la asociación Asociación de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae).
Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, los jueces de la Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Bilbao han tirado de jurisprudencia para justificar que en el caso de las cláusulas suelo los tribunales no pueden aplicar que se devuelva a los clientes el dinero cobrado de más a través de las cláusulas suelo, a pesar de que hayan sido anuladas por algún juez. De hecho, la Audiencia de Bilbao mantiene anulada la aplicación de esta cláusula suelo, pero estima que no ha lugar a la devolución exigida por estos 15 clientes. Contra esta sentencia cabe recurso de casación, que tendría que ser presentado ante la sala de lo Civil del Tribunal Supremo.
La primera sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Bilbao, firmada en diciembre del año pasado, fundamentaba la nulidad de las cláusulas en “la falta de transparencia” y se remite a sentencias del Tribunal Supremo dictadas en el mismo sentido. Además, declaraba la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en cada uno de los contratos de préstamo objeto de estos litigios. Ahora, la Audiencia Provincial ha anulado este último extremo.
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