El Supremo revisará en septiembre las condenas por la agresión a un guardia civil cordobés en Alsasua
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha fijado la celebración de una vista pública el próximo 18 de septiembre para ver los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a un total de siete personas a penas de entre 2 y 13 años de cárcel por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas cometidos en la agresión a dos guardias civiles -uno de ellos un sargento cordobés- y sus novias en la madrugada del 15 de octubre de 2016 en Alsasua (Navarra). No se les condenó por delitos de terrorismo y la Fiscalía a renunciado a hacerlo en su recurso de casación.
La sentencia que se recurrió ante el alto tribunal es la dictada por la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional, que únicamente modificó la dictada por la Sala de lo Penal en el caso de uno de los condenados, Iñaki Abad, que fue penado en primera instancia con 10 años de prisión que le fueron rebajados a 6 al apreciarse los dos únicos delitos de lesiones que le atribuían las acusaciones y no los cuatro por los que fue condenado inicialmente.
En el resto de los casos, la Sala de apelaciones confirma la sentencia inicial que impuso 13 años de cárcel para Ohian Arnanz, 12 para Jokin Unamuno y Adur Ramírez, 9 años en el caso de Jon Ander Cob, Julen Goicoechea y Ararz Urriola y 2 años para Ainhara Urquijo, la única condenada que no ha llegado a ingresar en prisión.
El tribunal que estudiará los recursos presentados por los ocho condenados estará presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, e integrado además por Antonio del Moral, Andrés Palomo, Susana Polo y Vicente Magro. Este último será el ponente según ha informado este lunes el alto tribunal.
La Audiencia no ve terrorismo
La posibilidad de que los hechos se calificaran de terroristas se descartó ya en la sentencia dictada por la Sala Penal en junio de 2018, cuya sentencia subrayó que no había quedado “plenamente acreditada la finalidad terrorista de la acción y tampoco su vinculación o pertenencia a ETA”, aunque sí encontró probado que los implicados actuaron “movidos por la animadversión y menosprecio hacia la Guardia Civil y por motivos claramente ideológicos”, lo que les valió una horquilla de condenas de entre los 2 y los 13 años de prisión.
Sin embargo, la Sala de Apelación tampoco dio la razón al Ministerio Público, que insistió sobre el carácter terrorista de lo ocurrido. La sentencia dictada el pasado 7 de marzo confirmó la posición de la Sección Primera y mantuvo las condenas de entre 2 y 13 años de cárcel para los ocho de Alsasua por una agresión en la que consideró probado que concurrieron agravantes de superioridad y discriminación.
Las defensas piden absolución
Tras desistir la Fiscalía de recurrir ante el Tribunal Supremo, será la organización de víctimas del terrorismo Covite la única acusación de la causa que intente mediante su recurso que se reconozca como terrorista la agresión al teniente y el sargento de la Guardia Civil y las parejas de ambos en esta instancia superior.
Por su parte, las defensas persiguen que el Tribunal Supremo les absuelva por los hechos de Alsasua, aunque pedirán que en caso de que se mantengan las condenas, estas se revisen a la baja eliminando los agravantes de superioridad y discriminación.
Para la Audiencia Nacional, está probado que Unamuno inició el hostigamiento al teniente y el sargento del Instituto Armado y respectivas sus novias en el bar Koxka, secundado por Ohian Arnanz y Jon Ander Cob, y después se sumaron el resto, que participaron en mayor o menor medida, en una agresión movida por discriminación a un cuerpo policial y en la que se aprovecharon de su superioridad numérica.
https://cordopolis.es/2018/04/17/el-sargento-cordobes-atacado-en-alsasua-ese-odio-por-ser-guardia-civil-nunca-la-habia-sentido/
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