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¿Qué pasa si no se cambian las calles franquistas?

Cruz de los caídos en los jardines de Vallellano | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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Es la gran pregunta. ¿Se puede negar el Ayuntamiento de Córdoba o cualquiera de Andalucía a cambiar su callejero franquista o su simbología que recuerde a la represión durante o después de la Guerra Civil? La respuesta es fácil: con la ley en la mano, no.

El pasado mes de marzo, la Junta publicó en el BOJA la ley de memoria histórica, que aprobó todo el Parlamento de Andalucía de manera unánime (incluidos el PP y Ciudadanos). La norma establece que todos los ayuntamientos de Andalucía tienen un plazo máximo de 18 meses para cambiar su callejero y para retirar del mismo su simbología franquista. En caso de no hacerlo, la Junta lo hará de manera subsidiaria y le impondrá al alcalde de la ciudad que se haya negado una multa que oscila entre los 2.000 y los 10.000 euros por cada calle.

Es decir, si la alcaldesa de Córdoba, Isabel Ambrosio, decidiera eludir el dictamen de la Comisión Municipal de Memoria Histórica en Córdoba y no cambiar los 15 nombres de calles que se le ha planteado tendría que afrontar una multa de entre 30.000 y 150.000 euros. Además, su rebeldía no serviría de nada: la Junta, de oficio, cambiaría los nombres a estas calles.

Las sanciones no se quedan ahí. Según esta ley, de obligado cumplimiento en toda la comunidad, ayuntamientos y organizaciones que vulneren la norma se exponen a perder subvenciones, bonificaciones o ayudas públicas por un periodo máximo de dos, tres o cinco años, según el grado de la infracción cometida. Los alcaldes también están obligados a dignificar las fosas comunes en cementerios, a homenajear a las víctimas a petición de sus familiares y a supeditar sus planes urbanísticos a los llamados Lugares de Memoria, según consta en un texto que pudo ser consensuado por todos los grupos políticos en el Parlamento de Andalucía.

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