Multan con 9.000 euros a un salón de juegos de Córdoba por permitir apuestas no autorizadas
La Junta de Andalucía ha sancionado a un salón de juegos de Córdoba después que los responsables del local permitieran que sus clientes realizaran apuestas no autorizadas dentro del Catálogo de Juegos y Apuestas establecidos por el Gobierno andaluz tanto en establecimientos públicos como en círculos tradicionales o clubes públicos y privados. Fue el pasado 6 de julio cuando la Unidad de Policía adscrita a la Junta de Andalucía levantó el acta de infracción, que le ha supuesto a la empresa una multa de 9.000 euros.
Según ha publicado el Boletín de la Junta de Andalucía, a este local se le ha aplicado una sanción grave en virtud del artículo 29.7 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, apartado que fue modificado en diciembre de 2019 mediante un Decreto-ley. Hasta aquel entonces, este artículo regulaba, además, la entrada de personas inscritas en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso a los Establecimientos de la Junta.
Sin embargo, la publicación de dicho decreto buscaba endurecer el régimen sancionador, de manera que las que hasta la fecha eran graves pasaban a ser muy graves. Entre ellas se encuentra la de permitir la entrada a las personas vetadas, una acción que es sancionada con multas que oscilan entre los 10.001 y los 300.000 euros, una cifra muy superior a los 9.000 euros que contemplaba la anterior legislación. Cabe recordar que el Registro de Control e Interdicciones de Acceso a los Establecimientos de la Junta se creó en el año 2000 para reducir los índices de ludopatía.
Con esta cifra, Córdoba se sitúa en la provincia con la sexta tasa más alta de prohibiciones por 100.000 habitantes con un 326,95. En relación al número de salas de apuestas, la Asociación Andaluza de Asociaciones de Máquinas Recreativas, Salones y Ocio comunicó en mayo que Córdoba era la cuarta provincia con más salones de juegos por habitante. En total hay 82 registrados de los que 46 se encuentran en la capital.
Para conocer qué persona puede entrar o no a estas salas, la Delegación del Gobierno de la Junta en Córdoba remite a las salones, con una periodicidad máxima de un mes, la relación de los inscritos en el Registro. Principalmente son los ludópatas a petición propia quienes lo solicitan. No obstante, también puede realizarse a través del cónyuge, así como los padres respecto de los hijos que convivan con ellos bajo su dependencia económica, aunque la autorización debe contar con la conformidad del afectado. Tanto si es a petición propia como por parte del cónyuge o padres, la inscripción en el Registro es por tiempo indefinido.
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