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Vecinos de Las Jaras presentan un requerimiento al Ayuntamiento para tener suministro público de agua

Urbanización Las Jaras, en una imagen de archivo

Carmen Reina

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Alrededor de una treintena de vecinos de la urbanización de Las Jaras, en la Sierra de Córdoba, han presentado un requerimiento formal ante el Ayuntamiento de Córdoba para demandar el suministro público de agua en sus viviendas.

En el escrito -presentado el 27 de septiembre y al que ha tenido acceso Cordópolis-, se realiza un “requerimiento para la prestación del servicio municipal obligatorio domiciliario de agua y depuración de residuales en Las Jaras”. Los vecinos argumentan que se trata de “servicios municipales obligatorios de acuerdo con la normativa de aplicación que se indica en el requerimiento en suelo urbano consolidado en el que se motiva y justifica la obligación municipal y el derecho de los vecinos a recibir dichos servicios”.

Los vecinos dan este primer paso para requerir el suministro público de agua que actualmente realiza en Las Jaras una empresa privada y, avanzan, si el Consistorio no atiende su petición en el plazo legal establecido de tres meses, presentarán una demanda en el contencioso administrativo “por inactividad”, demanda que ya está elaborada con la fundamentación jurídica, la documentación y fotografías oportunas, además de hemeroteca que recuerda cómo arrastran problemas de suministro de agua y residuales desde hace décadas.

Argumentación de su demanda

Los vecinos argumentan su requerimiento en normativa legal que avala la prestación del servicio público de suministro de agua y, en su escrito, apuntan que Las Jaras es una urbanización considerada como suelo urbano consolidado por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), y que la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía incluye, entre otros servicios, el “servicio urbano de suministro de agua potable y evacuación de aguas residuales”, además de distintas sentencias que apoyan su petición.

Asimismo, aducen que “la prestación del servicio del ciclo integral del agua no corresponderá nunca a la entidad (de conservación) al ser una obligación de competencia exclusivamente municipal”. Critican que “el Ayuntamiento, después de 28 años desde que se recepcionaron las obras (de la urbanización), no haya materializado la resolución de esta problemática cumpliendo sus obligaciones”.

Y recuerdan que “la concesión de abastecimiento de agua está anulada por parte del Organismo Hidráulico por lo que la situación actual es de total ilegalidad y sin que los propietarios afectados poco o nada puedan llevar a cabo habida cuenta de la reserva competencial en manos de ese Ayuntamiento, recibiendo en sus viviendas un líquido que mal puede llamarse agua potable”.

Por todo ello, requieren al Ayuntamiento para que “por razones de legalidad, salubridad, higiene y seguridad ciudadana, ejecute la competencia legal mínima y obligatoria de la prestación del servicio público de suministro y abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales a las viviendas situadas en el suelo urbano consolidado ubicadas en la urbanización Las Jaras en las mismas condiciones que lo hace para el resto de las zonas urbanas de esta localidad”.

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