La Junta mantiene la bonificación de las matrículas universitarias
Los precios de los servicios académicos y administrativos en las universidades públicas de Andalucía no variarán el próximo curso 2019/2020 en relación con las tasas actuales, según el Decreto por el que se determinan los precios públicos de estas instituciones para dicho periodo académico. El texto, aprobado por el Consejo de Gobierno, también mantiene la bonificación del 99% del importe de los créditos correspondientes a las asignaturas aprobadas en primera matrícula, al igual que en el presente periodo lectivo. Esta medida se amplía a los estudiantes inscritos en centros asociados andaluces de la Universidad Nacional de Educación a Distancia empadronados en la comunidad autónoma.
El decreto se aprueba por primera vez en el mes de junio, antes de que los alumnos comiencen a matricularse. Establece que el precio del crédito para todos los grados en primera matrícula se mantiene en 12,62 euros, en el umbral más bajo de precios marcados por el Gobierno central, mientras que en el caso de los másteres universitarios, el valor del crédito queda fijado en 13,68 euros. Sólo dos comunidades autónomas (Galicia, con 11,81 euros por crédito, y Canarias, con 12,60 euros) tuvieron precios más bajos que Andalucía en el caso de los grados durante el curso 2018/2019.
En lo que respecta a los másteres, la comunidad se mantiene en el segundo puesto más barato, sólo por encima de Galicia, con un precio de 11,81 euros por crédito. Para el resto de las enseñanzas, las titulaciones de Máster no habilitante y la tutela académica del Doctorado, Andalucía sigue manteniendo los precios y se sitúa en el más bajo de todas las comunidades autónomas, con la tasa de 13,68 euros por crédito en el primero de los casos y de 60,30 euros en el segundo.
Además del coste de la actividad docente, las universidades públicas andaluzas también congelarán para el próximo curso los precios de sus servicios administrativos, tanto de evaluación y pruebas como de expedición de títulos y tasas de secretaría.
Junto con los precios públicos según el tipo de enseñanza, el Decreto también establece los precios para los estudiantes no nacionales de un Estado miembro del Espacio Económico Europeo o de Suiza, y detalla las modalidades de matrícula, así como las formas de pago. En este sentido, se puede abonar en un solo pago, al formalizar la matrícula; de forma fraccionada en dos plazos iguales, ingresando el primer plazo al formalizar la matrícula y el segundo durante la segunda quincena del mes de diciembre del año en curso; o de forma aplazada hasta en un máximo ocho plazos, de acuerdo con el procedimiento de ingreso que establezca cada universidad.
De igual forma, se concreta el abono de los precios públicos que deben realizar aquellos estudiantes que soliciten el reconocimiento o la transferencia de créditos conforme a lo previsto en los artículos 6 y 12.8 del real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y los supuestos en los que pueden resultar exentos del pago de estos precios.
Requisitos para la bonificación
En relación a la bonificación del 99% del importe de los créditos correspondientes a las asignaturas aprobadas en primera matrícula en el curso anterior, o en los dos últimos cursos en el caso de los másteres, instaurada en el curso 2017/2018, el Decreto especifica cuáles son los requisitos para beneficiarse de la medida, sus límites y su compatibilidad con las becas otorgadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, así como el modo de realizar los cálculos para la bonificación.
El Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), recoge igualmente la exención del pago de matrícula que las universidades públicas andaluzas mantendrán para los miembros de familias numerosas de categoría especial (un 50% de rebaja en el caso de familias numerosas de categoría general), para personas que puedan acreditar una discapacidad y para víctimas de terrorismo y violencia de género. También recoge los beneficios que obtendrán en el pago de las tasas los estudiantes que hayan obtenidos matrículas de honor, premios extraordinarios o medallas a causa de sus calificaciones.
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