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IU tacha de inconstitucional la ley que permitió al clero inmatricular la Mezquita

Dos turistas en el interior de la Mezquita de Córdoba | MADERO CUBERO

Antonio Gutiérrez

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Alba Doblas presentó ayer la propuesta en el Parlamento andaluz y reclama el apoyo del PSOE para presentar un recurso al Constitucional contra los dos artículos de la normativa hipotecaria que fueron colados “a hurtadillas” por el gobierno de Aznar

El debate sobre la inmatriculación de bienes por parte de la Iglesia, entre ellos la Mezquita de Córdoba, podría llegar al Constitucional. Todo depende de que el PSOE apoye la propuesta presentada ayer por IU en el Parlamento andaluz para que la Cámara presente recurso de inconstitucionalidad contra los artículos de la Ley Hipotecaria que permiten a la Iglesia inmatricular bienes, en concreto el 206 y el 304 del citado reglamento.

La encargada de presentar la propuesta de recurso ha sido la parlamentaria por Córdoba, Alba Doblas, que ha señalado que la iniciativa de su grupo responde a la llamada de la Plataforma Mezquita-Catedral de todas y todos y a la Plataforma en defensa del patrimonio navarro, que fue la primera en denunciar esta práctica. Doblas ha insistido en que este debate “no es ideológico, sino patrimonial”

El escrito de IU al que ha tenido acceso este medio indica que según el artículo 206 se le confiere a la Iglesia la misma categoría que al Estado, la provincia o el municipio a la hora de inmatricular bienes, mientras que el 304 legitima “a los dioscesanos a emitir las certificaciones lo que les equipara como fedatarios públicos”. Según Doblas, en declaraciones a los periodistas, esto es posible gracias a la reforma legislativa “a hurtadillas” que aprobó el gobierno de Aznar apoyándose en precepctos preconstitucionales.

Según la propuesta presentada por IU, los citados artículos vulneran los principios de Igualdad y laicidad del Estado, recogidos en la Carta Magna. Esto se debe, siempre según el escrito de IU, porque ninguna otra confesión religiosa goza de estos privilegios y porque, en contra de lo que ocurre con las inmatriculaciones del Estado, las de la Iglesia Católica no benefician al bien común, solo al patrimonio eclesiástico. Junto a esto, se critica el poder de los obispos para certificar la propiedad de bienes, ya que cuando lo hacen “asumen funciones estatales y no religiosas”.

Para IU, “la sospecha de inconstitucionalidad” de estos artículos ya ha sido puesta de manifiesto por sentencias del Tribunal Supremo, así como por la doctrina del Constitucional “que veda cualquier confusión entre funciones religiosas y estatales”.

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