Huelga general de los funcionarios de Justicia por sus condiciones laborales
Trabajadores de la Administración de Justicia en Andalucía están llamados este viernes a secundar la huelga convocada a nivel estatal por las principales fuerzas sindicales en este sector contra el “ataque”, a su juicio, del Gobierno central a sus condiciones laborales con la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Las organizaciones convocantes de este paro nacional CSIF, STAJ, CCOO, UGT y SPJ-USO pretenden con esta iniciativa “trasladar a la sociedad el caos que atraviesa esta administración, como consecuencia del abandono y la política errática que han llevado a cabo los gobiernos de PSOE y PP los últimos años”.
“Los 50.000 trabajadores de la Justicia, de los cuerpos generales, gestores, tramitadores de auxilio y cuerpos especiales llevarán a cabo la primera huelga general en esta administración de los últimos 20 años”, celebración que coincidirá con una “gran manifestación” convocada en Madrid, en la que participarán funcionarios de toda España.
Los sindicatos convocantes resaltan que los trabajadores llamados a la huelga conforman el personal que “garantiza el funcionamiento diario de la justicia (trámites, procedimientos, análisis de pruebas y forenses, preparación de documentación, sentencias y autos, toma de declaraciones,...), mientras los políticos se reparten la cúpula judicial y acaban con la independencia de este poder del Estado y no afrontan los problemas estructurales: retrasos, caos informático, falta de medios materiales y personales, etc.”.
“La gota que ha colmado el vaso es la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que ultima el Senado y que abre la puerta a la movilización forzosa y discrecional del personal, lo que supone una flagrante vulneración del derecho fundamental a la negociación colectiva”, denuncian las organizaciones sindicales.
Esta reforma permitirá a la administración determinar, “sin haber negociado con los trabajadores, su puesto de trabajo en cada momento sin atender a su especialización y de forma arbitraria, además de destruir empleo por los límites que se establece para el nombramiento de personal de refuerzo e interinos”.
Dicha reforma, cuya finalidad inicial era la de modificar la Ley Orgánica en el sentido de restituir los nueve días de asuntos particulares que siempre habían disfrutado los funcionarios de Justicia, “ha sido utilizada por los gobiernos de
turno para hacer tabla rasa de importantes derechos laborales, empezando por una nueva modificación del artículo 521 que acaba con cualquier concreción de nuestros destinos“.
Además de este “brutal ataque” contra la concreción y seguridad de los destinos, esta reforma parlamentaria también incluye otras modificaciones “muy perjudiciales” como que la adscripción de jueces de refuerzo “no conllevará, por Ley, el aumento de funcionarios, es decir la misma plantilla tendrá realizar el doble de trabajo, en muchos casos”; “sólo se sustituirán las plazas ocupadas por titulares y no por interinos”; o “el personal de refuerzo interino será cesado en el plazo máximo de seis meses”.
Servicios mínimos
De otro lado, en una resolución firmada por la viceconsejera de Justicia, Isabel Mayo, publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y a la que ha tenido acceso Europa Press, la Junta establece los servicios mínimos para la huelga de este viernes con el fin de “garantizar el mantenimiento del servicio público” que presta este personal funcionario.
Para armonizar la huelga y el mantenimiento del servicio público, se establecen unos servicios “indispensables y suficientes” para garantizar la actividad ininterrumpida de la Administración de Justicia en aquellos aspectos cuya paralización pueda suponer “perjuicio no reparable para los derechos e intereses de los ciudadanos” y “un resultado abiertamente lesivo del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva”.
La Junta, con los servicios mínimos fijados, pretende “una proporcionalidad entre las necesidades que es preciso cubrir y la garantía del ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores”. En este sentido considera “esenciales” los actos necesarios del Registro Civil, las causas con preso, las medidas cautelares y, en general, todas aquellas actuaciones en las que venza un plazo preestablecido en la Ley o cuyo incumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos. De igual manera, los juzgados y fiscalías en servicio de guardia, así como los juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Así, determina como servicios mínimos, en el ámbito de competencia de la Consejería de Justicia e Interior, una persona del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o una persona del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en cada una de las salas del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en las fiscalías de capitales de provincia y en las fiscalías de Menores, así como en cada una de las Oficinas de Registro y Reparto u órgano asimilado de las Audiencias Provinciales, además de una persona del Cuerpo de Auxilio Judicial en las secciones penales.
Igualmente, fija una persona del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o una persona del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en los Decanatos de Málaga y Sevilla y en los Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos de estas capitales.
En los Decanatos y Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos de Almería, Córdoba, Granada, Huelva y Jaén, también una persona del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o una persona del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, así como otra para los Servicios Comunes de Partido Judicial de Cádiz, Algeciras, Jerez de la Frontera, Torremolinos y aquellos otros creados con posterioridad a junio de 2002.
También otra persona de estos cuerpos en los juzgados de Primera Instancia e Instrucción con competencias en Registro Civil o Violencia sobre la Mujer y en los juzgados de Primera Instancia con competencia en Registro Civil. En los Registros Civiles exclusivos de Málaga y Sevilla, una persona del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o una persona del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y una del cuerpo de Auxilio Judicial.
Mientras en los juzgados de Violencia sobre la Mujer, una persona de cada uno de estos dos cuerpos en cada juzgado. En los juzgados de lo Penal, una sola persona de estos cuerpos y una del Cuerpo de Auxilio Judicial cada cuatro Juzgados o fracción.
En los juzgados de Vigilancia Penitenciaria y de Menores, la Junta establece una persona del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o una persona del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, mientras en los juzgados de Menores.
Por último, las guardias de 24 horas o 48 horas y las de permanencia estarán cubiertas por la totalidad de la plantilla de guardia de los distintos cuerpos, incluido el de Médicos Forenses.
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