Emacsa fija el mínimo vital de agua en tres metros cúbicos
El abastecimiento mensual por persona indispensable se dará en aquellos casos donde los Servicios Sociales acrediten la imposibilidad de hacer frente al pago de la tarifa
El consejo de administración de Emacsa ha aprobado en reunión de esta tarde el mínimo vital exento de tres metros cúbicos mensuales por miembro de la unidad familiar. El abastecimiento indispensable se dará en aquellos casos donde los Servicios Sociales acrediten la imposibilidad de hacer frente al pago de la tarifa. Para ello las personas de la unidad familiar tendrán que estar empadronadas en Córdoba, el suministro será siempre a la vivienda habitual y deberá acreditarse no disponer de medios económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de subsistencia, para lo que deberá acreditarse que los ingresos máximos de la unidad familiar sea inferior al IPREM en el caso de un miembro en la unidad familiar, del IPREM más 0,1 por cada miembro mayor de edad y el IPREM más 0,2 por cada integrante de la unidad familiar menos de edad.
Igualmente deberá acreditarse no ser propietarios de otros bienes muebles o inmuebles, con cuya venta podrían atenderse las necesidades básicas de los interesados. Además
todos los miembros desempleados de la unidad familiar deben encontrarse en búsqueda activa de empleo. Todas las condiciones anteriores serán revisadas cada seis meses por los servicios sociales municipales.
En el el caso de familias que que acrediten que todos los miembros de la unidad familiar se encuentran en situación de desempleo y que los ingresos de la unidas familiar no superen 1,5 veces el IPREM, se procederá a una reducción del 50 por ciento de los dos primeros bloques de consumo, o lo que es lo mismo de los primeros 36 metros cúbicos. La bonificación tendrá un periodo de vigencia anual. Igualmente se han aprobado las bonificaciones a las familias numerosas que contemplan la reducción del cincuenta por ciento del primero y segundos bloques de consumo, o lo que es lo mismo hasta 36 metros cúbicos por vivienda y bimestre, por un periodo de duración igual al que se mantenga la acreditación de familia numerosa.
La misma bonificación se tendrá en cuenta en el caso de jubilados y pensionistas que no superen el 1,4% del IPREM y para su domicilio habitual,
con un periodo de vigencia de tres años.
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