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Condenada a dos años de prisión una banquera por apropiarse de unos 210.000 euros de una familia

Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Redacción Cordópolis

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La Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba ha condenado tras una conformidad a una pena de dos años de prisión y una multa de 1.080 euros a una directora de banco, acusada de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con un delito continuado de apropiación indebida, con las atenuantes de confesión y de reparación del daño, tras quedarse con unos 210.000 euros de las cuentas de una familia de la capital.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se da por probado, después del acuerdo entre las partes, que la procesada, de unos 48 años, aprovechó “la plena confianza” que tenían en ella un matrimonio y la hija de ambos como clientes de su sucursal, y entre los años 2011 y 2013 realizó “numerosas operaciones fraudulentas que llevaron al despojo paulatino de todos los ahorros que la familia tenía depositados en la entidad”.

Para ello, actuó “sin conocimiento de los titulares de las cuentas y falsificó su firma en los correspondientes documentos bancarios”, de manera que “realizó diversos reintegros en su beneficio propio, llegando, incluso, a cancelar, sin autorización alguna, las imposiciones a plazo fijo para incorporar a su patrimonio el saldo de las cuentas”.

Con carácter previo al juicio, la acusada ha consignado para pago a los perjudicados la cantidad de 30.000 euros, que se descontará de la cantidad de indemnización del total apropiado a la que tendrá que hacer frente. A raíz de una investigación interna de la entidad bancaria, antes de la iniciación del procedimiento penal, la procesada reconoció, en parte, los hechos imputados.

Cabe recordar que la Fiscalía había pedido para ella penas de cinco años de prisión y multa de 3.600 euros; las acusaciones particulares, entre siete años y seis meses y seis años de cárcel y multas de entre 6.000 y 5.400 euros, mientras que la defensa solicitaba la absolución o una pena no superior a dos años de prisión y multa no superior a 360 euros, “dada la precaria situación económica de la acusada”.

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