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La Audiencia exime de pagar la deuda por el concurso culpable de Pérez Giménez a los antiguos dueños

Protesta de los trabajadores de Pérez Giménez, en una imagen de archivo | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La Audiencia de Córdoba ha estimado en parte el recurso interpuesto por los antiguos propietarios de los extintos Laboratorios Pérez Giménez contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba que, en septiembre de 2018, les condenó, como responsables del concurso “culpable” de dicha farmacéutica, al pago del 40 por ciento de la deuda pendiente de satisfacer, que suma millones de euros y que ahora ya no tendrán que abonar.

Así, en la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia cordobesa, a la que ha accedido Europa Press, se deja “sin efecto la condena al pago del porcentaje que se fija del déficit concursal”, y que el Juzgado de lo Mercantil impuso, “en forma solidaria”, a Diego Pérez Giménez S.A. y a cuatro miembros de la familia Pérez Giménez, en cuanto a “la cobertura de un 40 por ciento de las cantidades totales debidas a los acreedores tras concluir la fase de liquidación” de la que fuera su empresa.

De esta forma, la Audiencia ha tenido en cuenta los argumentos planteados en su recurso de apelación por los antiguos propietarios de Laboratorios Pérez Giménez, que consideraban indebida su condena a asumir el déficit en la liquidación de la farmacéutica, que ahora pertenece a la sociedad Pharmex, que la adquirió por 9,5 millones de euros en 2016, en la fase final del proceso concursal, iniciado en 2011, momento en el que la deuda que tenía se cifró en unos 50 millones de euros.

Teniendo en cuenta este hecho, en la sentencia de la Audiencia se señala, respecto a los antiguos dueños de los laboratorios, que “no hay conducta causa de culpabilidad y que, en su caso, se tenía que haber individualizado la responsabilidad de cada uno de los miembros del consejo de administración en relación a su intervención” en el ya declarado concurso “culpable” de la farmacéutica.

De esta forma, según recoge la sentencia de la Audiencia, los miembros de la familia Pérez Giménez procedieron, en julio de 2010, a la venta de acciones de la farmacéutica a la sociedad Tecris, que compra “la mayoría del capital social al precio simbólico de un euro, con compromiso de hacer frente a las deudas sociales”.

En consecuencia y lo entiende así la Audiencia, “no basta con que la persona afectada a la que va dirigida la condena por déficit concursal haya participado en la conducta que determina la calificación culpable del concurso”, sino que “hace falta algo más”.

En atención a todo ello, ha considerado la Audiencia que ha de “ser estimado” el recurso de los miembros de la familia Pérez Giménez, “dejando sin efecto la condena al pago del porcentaje que se le fija del déficit concursal”, a lo que se suma, por otro lado, que “se revoca” por la Audiencia la sentencia del Mercantil “en el sentido de dejar sin efecto la declaración como persona afectada” por la declaración de concurso “culpable” para uno de los cuatro miembros de la familia Pérez Giménez.

SE MANTIENE LA INDEMNIZACIÓN

En cualquier caso, la Audiencia Provincial de Córdoba sí que mantiene la condena, que también impuso el Juzgado de lo Mercantil a Diego Pérez Giménez S.A. y a varios miembros de la familia Pérez Giménez, en cuanto a que deben “indemnizar a la masa activa del concurso en la suma de 361.456 euros”.

También mantiene la Audiencia que “las personas afectadas” por la declaración “culpable” del concurso, tal y como estableció el Mercantil, “quedarán inhabilitadas para administrar bienes ajenos y para administrar o representar a cualquier persona por un tiempo de dos años” e, igualmente, “perderán cualquier derecho que tengan como acreedores

concursales o contra la masa“.

En este caso los afectados son Diego Pérez Giménez S.A., varios miembros de la familia Pérez Giménez, Tecris Consultors SL, Kabama Consulting S.L. y el que fuera último administrador único de la farmacéutica antes de hacerse cargo de la misma la Administración Concursal, al que la Audiencia ha condenado al pago “de las costas derivadas de su recurso de apelación”, que ha rechazado.

La sentencia del Mercantil declaró la culpabilidad del concurso de acreedores, que la Audiencia mantiene, por entender que hubo dinero negro en la gestión de la histórica farmacéutica cordobesa, así como salida fraudulenta de bienes, inexactitud grave en la presentación de documentos y demora en la solicitud de concurso.

Como resultado de ello, además de los acreedores de Laboratorios Pérez Giménez, que solo han recuperado una parte de lo que se les adeudaba, los principales afectados por el concurso “culpable” de la farmacéutica han sido sus ex trabajadores, que solo a través del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) han podido cobrar una parte de las hasta 30 nóminas que se les llegaron a adeudar, y que, en su mayoría, no han sido recolocados tampoco por la nueva propietaria de la farmacéutica.

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