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La acusación recurre la absolución a la diseñadora Juana Martín

Juana Martín, a la izquierda, en los exteriores de la Audiencia | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La entidad Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía SCR (Inverseed) va a presentar a principios de esta semana un recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba que ha absuelto a la diseñadora de moda Juana Martín, al igual que a su padre -ya fallecido- y a su hermano, y también a las sociedades Juana Martín Andalucía SL y Juana Martón Diseño SL, del delito de alzamiento de bienes, o frustración de la ejecución de un embargo de bienes que se iba a hacer por Invercaria.

Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, la acusación particular en este caso, ejercida por Inverseed, va a presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba y entre los fundamentos recogen que “la sentencia solo se basa en las declaraciones de los acusados y en contra de la documentación que hay en el procedimiento, que contradice las declaraciones”.

En este sentido, en el recurso se argumentará que la resolución judicial “no es ajustada a la realidad de los hechos”, así como que “el Ministerio Público también estaba en el sentido de acusar y en este caso se absuelve solo en base a las declaraciones de los procesados”, según las fuentes.

En concreto, en la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, se da por probado que Invercaria, “a finales de 2008, contactó con la mercantil Juana Martín Andalucía SL”, administrada por Juana Martín, su padre y su hermano, “para financiar a la misma y entrar a formar parte de su capital” y, el 1 de septiembre de 2011, Invercaria “transmitió a la entidad Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía SCR (Inverseed)” los “derechos de crédito y la participación que ostentaba” en la citada sociedad de Juana Martín, “sucediendo por tanto a Invercaria en todos los derechos y acciones derivados de la financiación a la empresa acusada”.

En consecuencia, la sociedad Juana Martín Andalucía SL adeudaba a Inverseed “la suma de 702.943,84 euros de principal, más 210.883 euros de intereses y costas, como consecuencia del impago de los prestamos participativos concedidos por Invercaria y, dado que llegado el vencimiento de los mismos la entidad acusada no cumplió con sus obligaciones de pago, y tras fracasar los distintos intentos de solución extrajudicial”, Inverseed “interpuso la correspondiente demanda de ejecución de título no judicial” en enero de 2013.

De ello se ocupó el Juzgado de Primera Instancia número 25 de Sevilla, que acordó en abril de 2013 “despachar ejecución frente a la ejecutada por importe de 702.943,84 euros de principal, más 3.883 euros de intereses y costas, acordándose por decreto de igual fecha requerir de pago a la ejecutada, procediéndose igualmente, para el supuesto de impago, a designar la traba de los oportunos embargos” sobre una finca urbana en Córdoba sobre la que pesaba una hipoteca “de 371.800 euros de principal” y “una hipoteca unilateral constituida a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía para responder de 11.498,08 euros de principal”.

Sin embargo, se comprobó que en junio de 2013 “se había anotado un embargo” de la misma finca “a favor de la entidad Juana Martín Diseño SL -de la que los acusados son también sus representantes legales-, por importe de 168.162 euros, en virtud de un procedimiento seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Córdoba, sin que se haya acreditado que dicha deuda respondiera a una operación fraudulenta operada por la acusada Juana Martín para impedir el cobro del anterior crédito, pudiendo responder a deudas que Juana Martín Andalucía tenía contraídas con anterioridad con la mercantil Juana Martín Diseño”.

Ante todo ello, el juez entiende que los hechos anteriormente declarados como probados “no se estiman constitutivos del delito de alzamiento de bienes que se imputa a los acusados”, a la vez que apunta que “existen indicios más que razonables que permiten sostener que las deudas no eran ficticias”.

“Aconsejada por gestores”

En relación con todo ello y en su momento, la diseñadora Juana Martín declaró ante el juez que la sociedad de capital riesgo de la Junta de Andalucía la “engañó” al acordar una solución para el pago de deudas de la entidad Juana Martín Andalucía, a lo que ha añadido que en 2013 hizo pública una deuda de unos 168.000 euros, “aconsejada por los gestores”, pero no con la finalidad de que no le embargasen una finca de su propiedad.

Así, afirmó que en la sociedad Juana Martín Andalucía ella se dedicaba a “diseñar”, mientras que “la empresa era tutelada” por Invercaria, entre otras personas por el expresidente Tomás Pérez-Sauquillo, mientras que ella sí se encargaba de la sociedad Juana Martín Diseño, en la que “no había consejo de administración”, sino que era “una empresa familiar”. Pero ambas sociedades estaban “completamente divididas”, según su declaración.

Tras ello, relató que la primera entidad “empezó a tener déficit” y la segunda “pagó deudas”, con el fin de que “no muriera”, asegurando Juana Martín entonces que ello le dio “la vida prácticamente” a la primera sociedad, y eso después de que Invercaria se marchase del consejo de administración, según afirmó.

Al respecto, señaló que ella realizó toda la gestión “legalmente”, añadiendo que “incluso la mala gestión de Invercaria” es lo que estaba “pagando y todas las deudas”, remarcando que no se había inventado la deuda publicada y que quería pagar, pero que la “engañaron” desde Invercaria al decirle en una reunión que se fuera “tranquila, porque iban a buscar una solución de opción de pago”.

La acusación

La Fiscalía, por su parte, había solicitado tres años de cárcel y 5.400 euros de multa para cada una de las personas físicas, así como 7.200 euros para cada una de las dos jurídicas. Y la entidad Inverseed, personada como acusación particular, pidió para cada uno de los procesados cuatro años de prisión por la supuesta comisión de un delito de insolvencia punible, en su modalidad de alzamiento de bienes.

El presidente de Invercaria, Francisco Álvaro Julio, explicó en su momento que las reclamaciones judiciales, tanto de carácter civil, como de orden penal efectuadas a las sociedades Juana Martín Diseño y Juana Martín Andalucía, han sido realizadas por Inverseed, pues, “si bien fue Invercaria la que intervino como prestamista en las pólizas de préstamo de las que traen causa las reclamaciones efectuadas, los derechos y acciones derivados de las mismas fueron transmitidos” a Inverseed.

En concreto, el día 13 de marzo de 2013, Inverseed solicitó la devolución de varias pólizas de préstamos participativos por un montante total de casi un millón de euros, así como que se trabase embargo sobre un bien inmueble titularidad de la entidad Juana Martín Andalucía, lo que fue ordenado por el Juzgado de Primera Instancia número 25 de Sevilla.

El procedimiento fue suspendido ante la oposición formulada por dicha entidad, y durante el tiempo en que la ejecución instada por Inverseed permaneció en suspenso fue trabado embargo sobre dicha finca en favor de la entidad Juana Martín Diseño, “frustrándose con ello, momentáneamente, las expectativas de cobro” de Inverseed.

“A la vista de las maniobras llevadas a cabo” por ambas entidades “con el objetivo de impedir la ejecución legítimamente iniciada” por Inverseed frente a Juana Martín Andalucía, la primera presentó el 11 de julio de 2014 una querella contra la modista -investigada en el caso Invercaria- y dos miembros del consejo de administración de Juana Martín Andalucía, así como contra las mercantiles mencionadas.

Según el Ministerio Público, Juana Martín Andalucía SL adeudaba a Inverseed casi un millón de euros -702.943 euros de principal más 210.883 de intereses-, “como consecuencia del impago de los préstamos participativos concedidos por Invercaria”.

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