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Absuelto el Ayuntamiento tras la denuncia de una policía local que afirmaba haber tenido un accidente por la cera de la Magna

Los vecinos y la Policía cortan una calle tras varias caídas por la cera de las procesiones | MADERO CUBERO

Juan Velasco

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El juez del Juzgado contencioso administrativo número 4 de Córdoba ha absuelto al Ayuntamiento de Córdoba, a la empresa Sadeco y a una compañía aseguradora de indemnizar a una agente de la Policía Local que 5.204 euros en concepto de responsabilidad patrimonial tras haber sufrido un accidente en junio de 2015 del que culpaba a la cera vertida el día anterior durante la Magna Nazarena, que reunión decenas de procesiones.

Según la sentencia, que es firme, la demandante sostenía que había sufrido una accidente junto al arco del triunfo cuando al detener la motocicleta que conducía perdió el equilibrio por resbalar con los pies “a consecuencia de la gran cantidad de cera que existía en la vía, calentada por el sol”, lo que hizo que cayera y se lesionara. El depósito de cera en la calzada, siempre según la demandante, tenía su origen en la Magna Mariana “sin que se hubiera limpiado la misma al menos en el lugar en que ocurrieron los hechos”.

La agente acudió entonces a urgencias el 28 de junio y recibió una baja laboral. El 9 de julio se le diagnosticó una rotura fibrilar en fase de reparación y tuvo que recibir rehabilitación hasta conseguir el alta médica el 17 de septiembre de aquel año. La denuncia la interpuso un mes después de la caída.

Por su parte, el Ayuntamiento ha negado que la caída estuviera relacionada por la falta de limpieza diaria y defiende que la empresa Sadeco limpió los recorridos procesionales usando todos los medios disponibles. “No existe ni una sola fotografía que permitiera observar la abundante presencia de cera en la calzada”, dice el texto judicial, en el que se remarca que la denunciante no ha aportado “un informe médico de valoración” de las lesiones y solo aporta la baja laboral.

Además, el consistorio ha sostenido que es “un daño que la agente está obligada a soportar” al encontrarse de servicio cuando ocurrieron los hechos y que, como agente de policía, debía ser consciente “de la necesidad de extremar la precaución en la zona” pues “la eliminación total de la cera era casi imposible” y ella, de hecho, tenía “la obligación de detectar y señalizar el riesgo”.

En la sentencia, el magistrado acepta el vertido de cera del día anterior como “un hecho aceptable”, pero también certifica que se emplearon acciones y medios de limpieza suficientes. “No es posible concretar la densidad/intensidad del vestido a las 13:20 del día siguiente”, dice el juez, que recuerda en su sentencia que “no hubo otros accidentes” en la misma zona en la que lo tuvo la agente.

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