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SOS Guadalcázar presenta una veintena de alegaciones contra la construcción de la planta solar fotovoltaica Silverio 1

Vista aérea de Guadalcázar

Redacción Cordópolis

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La Junta de Andalucía está tramitando varios proyectos para la instalación de plantas fotovoltaicas en la provincia de Córdoba, entre ellas una que afecta al término municipal de Guadalcázar. A mediados de mes, se pidió por parte de la empresa a la Delegación del Gobierno de la Junta en Córdoba la autorización de esta planta de generación fotovoltaica. La plataforma SOS Guadalcázar ha presentado una veintena de alegaciones contra su construcción.

Esta planta a la que se accedería por la carretera de la Alameda del Obispo lleva el nombre de Silverio 1 y es una actuación que desarrollará el grupo Ric Energy. El proyecto, en su primera fase, abarca una parcela de 60 hectáreas para la generación de 20 megawatios con un presupuesto inicial de 23 millones de euros.

Actualmente y hasta el 8 de octubre está abierto el periodo de alegaciones tanto al proyecto de ejecución de la planta solar como a la infraestructura eléctrica para la evacuación de la misma, que incluyen una línea subterránea de media tensión a 30 kV y una subestación 30/400 kV, promovidas por la entidad en los términos municipales de Guadalcázar y Almodóvar del Río.

La construcción de esta planta fotovoltaica no ha dejado indiferente al municipio. La Plataforma SOS Guadalcázar ha iniciado la presentación de alegaciones y hace una invitación a los vecinos a que igualmente se opongan a la construcción de la misma.

El Ayuntamiento de la localidad, en este sentido, afirma que “apostamos por las energías renovables, pero en zonas que no generen tal perjuicio” y aclara que su oposición negativa frente a la instalación de este tipo de plantas tiene que ver sólo y exclusivamente con los proyectos “que suponen impacto visual y consecuencias para la flora y la fauna” y añade que en esto se está trabajando dentro de las pocas competencias que tiene el ayuntamiento en negociar con la propia empresa para que los perjuicios en esos ámbitos sean nulos y sin embargo si se pueda beneficiar el municipio de otros aspectos. Los permisos no dependen de la localidad, si no de la Junta de Andalucía, que tendrá que velar porque se cumpla con la normativa.

SOS Guadalcázar, en el escrito presentado solicitan que se tengan presentes las alegaciones y sean incorporadas al expediente de referencia y que el promotor aporte información complementaria o en su defecto que deniegue la autorización del proyecto.

Las alegaciones

Los argumentos ya están sobre la mesa y se han presentado 19 alegaciones. Entre ellas la que hace referencia a la afección a la biodiversidad, ya que la planta se ubicaría a escasos metros de dos zonas de máxima sensibilización ambiental recogidas en el Modelo de Zonificación Ambiental. Esto a su juicio causaría un daño irreparable a estas zonas ambientalmente vitales en la campiña por su escasez y valor ecológico. Esta instalación quedará a 440 metros del embalse Dehesa de Yeguas y a 400 metros de la localidad de Guadalcázar, según se detalla en el documento.

Se alega también el impacto visual, ya que no se procura la conservación del paisaje rural, y se menciona la cercanía a unos 400 metros de la localidad de Guadalcázar, que hace absolutamente inviable la ubicación ya que lo que se produciría sería la devastación de un paisaje rural y agrícola y su transformación en un polígono industrial, se puede leer en las alegaciones.

Igualmente se alega que está planta no es aceptada por la mayoría de la población local y desde la plataforma explican que así lo demuestran las diferentes protestas y notas de prensa publicadas.

También entre las alegaciones los efectos no evaluados para proteger la salud humana. Según se explica en el escrito, la planta omite en sus informes ningún estudio sobre la salud humana ni contribuye a mejorar la calidad de vida del pueblo ya que el impacto visual, la pérdida de paisaje, y el aumento de la temperatura de la zona contribuiría a todo lo contrario, es decir la calidad de vida de las personas se vería afectada irremediablemente.

Otra de las alegaciones tiene que ver con el incumplimiento del principio de cautela y la utilización prudente y racional de los recursos naturales ya que la ubicación de la planta solar, su cercanía al pueblo y su colosal tamaño omite la utilización prudente y racional de los recursos naturales e incumple el principio de cautela.

La sexta alegación presentada tiene que ver con que no se evalúa las sinergias de las distintas fases del proyecto, que ha sido “intencionadamente” –añaden- fraccionado con el ánimo de eludir su evaluación ambiental por parte del MITERD, hecho que ocurriría al superar claramente las 50 hectáreas, así en la zona como evaluar las sinergias con otros proyectos de otros promotores. Ello se produce, resaltan, bajo el supuesto de que la administración andaluza es más laxa en el cumplimiento de sus funciones, ya sea por dejación intencionada o por incompetencia manifiesta. De hecho, la administración central está comenzando a requerir datos de los proyectos fraccionados para valorar su viabilidad.

Se consideran por parte de las entidades que se oponen, que no está sometida a una adecuada evaluación de sus repercusiones ya que forma parte de un conjunto de más de dos docenas de propuestas entregadas de otras fotovoltaicas y en diferentes estados administrativos que pueden llegar a sumar más de 2.000 hectáreas de transformación de suelo rústico a industrial en la comarca. A criterio de los solicitantes, es preceptivo hacer una evaluación ambiental, social y de transformación del paisaje del conjunto de solicitudes y de su impacto en la comarca.

También se presentan alegaciones haciendo referencia a que ni se conserva ni se minimiza el impacto en le paisaje rural y afecta gravemente al paisaje periurbano por su cercanía al pueblo.

Existe también en alegación el riesgo de incendio. Todas las instalaciones industriales, y con especial mención, las que se encuentran rodeadas o insertas dentro de espacios agrícolas y forestales suponen un riesgo efectivo de producir conatos de incendio.

Otro de los motivos de no aceptar esta planta tiene que ver con el patrimonio arqueológico, en este sentido según el escrito la planta solar fotovoltaica pretende asentarse en zonas documentadas con yacimientos arqueológicos. En todo el término, son frecuentes los yacimientos de origen prehistórico, íbero, romano, visigodo y medieval. Algunos de ellos, con hallazgos realmente interesantes

Alegan otros puntos que hacen referencia a que se omite la afección a distintos caminos públicos y al corredor verde del Guadalmazán.

Según las alegaciones también es posible que se produzca un despoblamiento gradual o que el pueblo deje de ser atractivo para el turismo y para los residentes, basándose en experiencias de pueblos similares. Y se considera también que la planta afectaría gravemente a los recursos naturales como el Corredor Verde del Guadalmazán o la Vereda de Villafranquilla

Se cree que es posible que afecte a la salud humana, ya que es previsible un aumento de la temperatura local por cercanía al núcleo urbano y por efecto acumulativo de las demás plantas. Esto sería, un efecto negativo en la salud humana de los vecinos y una pérdida del paisaje que repercutirá en la calidad de vida de la población.

Otro de los motivos que se alegan se refiere al tránsito de la fauna, ya que dadas las características del cerramiento que se pretende instalar a esta planta solar sería una barrera inequívoca para sus movimientos, vulnerando todas las directrices que lo regulan y suponiendo un riesgo de mortandad directa para muchas aves por causa de colisión.

Por otro lado, se daría una transformación en el hábitat, y especialmente si lo que se pretende cambiar es un suelo con vocación rustica a industrial, supone un grave impacto para todo tipo de fauna y flora, y no solo la existente en ese momento, también la potencial.

El deslumbramiento es otro de los motivos que se alegan contra esta instalación. Tanto las placas fotovoltaicas como sus marcos de aluminio y resto de elementos, producen una reflexión de la luz solar debido a la inclinación de la instalación que genera deslumbramientos en determinados ángulos, con graves molestias para la población y la fauna.

El consumo del agua es la base de otras de las alegaciones. El consumo de agua de estas plantas es un dato desconocido, pero real, porque necesitan limpiar periódicamente la superficie de los paneles.

Otra de las alegaciones presentadas es en referencia a la declaración de utilidad publica. A los firmantes les resulta curioso que se solicite una declaración de utilidad pública con el fin de favorecer un beneficio privado, que no un servicio público. Se altera un modo de vida productivo sostenible, se produce desarraigo de la población rural con la correspondiente pérdida de población, dinámica que en la zona que nos ocupa es bastante significativa a pesar de su proximidad a la capital. Se crean unos pocos puestos de trabajo solo durante la fase de instalación, además con personal especializado que difícilmente ocuparán los lugareños, dónde el trabajo principal corresponde al sector primario.

Por último, explican que no se entiende que los palés y tubos de plásticos generados tengan que ser llevados a Aragón para su gestión, lo que hace pensar que el proyecto es un “corta-pega” de otro realizado para ese territorio.

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